
La Corte Suprema de Justicia condenó en primera instancia al exgobernador de Arauca Julio Enrique Acosta Bernal, quien además es dirigente y coordinador de la campaña del candidato Abelardo de la Espriella en ese departamento, por irregularidades en la contratación de un proyecto hospitalario suscrito en 2005.
La decisión judicial lo sentenció a 51 meses de prisión, además de una inhabilidad de 62 meses y 18 días para ejercer derechos y funciones públicas, y al pago de una multa de $20.860.420.
PUBLICIDAD
El fallo también negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena, aunque concedió el beneficio de prisión domiciliaria. Sin embargo, esta medida no se hará efectiva de inmediato, sino únicamente cuando la sentencia quede en firme, según lo establecido por la Corte.
El proceso se deriva de la suscripción del Contrato 322 de 2005, relacionado con la ampliación de la primera etapa de la nueva torre del Hospital San Vicente de Arauca, por un valor aproximado de $7.026 millones.
PUBLICIDAD

De acuerdo con la sentencia citada por los medios, el alto tribunal concluyó que el contrato fue celebrado con fallas sustanciales en los principios de planeación y economía de la contratación pública.
La Corte determinó que, durante el proceso precontractual, se omitieron elementos técnicos clave que debieron ser evaluados antes de la firma del acuerdo, lo que derivó en un proyecto incompleto y con deficiencias estructurales desde su origen.
PUBLICIDAD
Uno de los puntos más relevantes del fallo señala que los ítems iniciales del proyecto fueron seleccionados sin un soporte técnico suficiente, a pesar de que el diseño original contemplaba la ejecución integral de la obra hospitalaria.
En esa misma línea, la Corte indicó que componentes esenciales como los sistemas de aire acondicionado y ventilación mecánica no fueron incluidos en la ejecución del contrato, pese a estar previstos en los diseños originales y en la solicitud elevada ante el entonces Ministerio de Protección Social.
PUBLICIDAD
El tribunal también advirtió que la obra fue contratada sin garantizar el suministro de energía eléctrica necesario para su funcionamiento, y sin contar con el concepto técnico exigido por la autoridad competente en ese momento, requisito indispensable para avanzar con este tipo de proyectos de infraestructura pública en salud.
Estas omisiones fueron consideradas determinantes dentro del análisis de responsabilidad, al evidenciar un incumplimiento de los estándares mínimos de planeación administrativa.
En su valoración jurídica, la Sala Especial de Primera Instancia señaló que el exmandatario contaba con plena capacidad para advertir las irregularidades del proceso contractual, pero decidió continuar con la suscripción del contrato y posteriormente avaló su incremento en 2007.
PUBLICIDAD
Según la sentencia, el entonces gobernador tenía los elementos suficientes para comprender que la actuación desconocía principios fundamentales de la contratación estatal, como la transparencia, la economía y la adecuada planeación del gasto público.
Uno de los apartes resume la posición del tribunal al afirmar que el procesado “contaba con todas las facultades necesarias para poder determinar su actuación de tal manera que se respetaran los principios de la contratación pública”, pero aun así optó por continuar con el proceso contractual pese a las advertencias y deficiencias identificadas.
PUBLICIDAD
La condena no implica la reclusión carcelaria inmediata, pues la Corte concedió el beneficio de prisión domiciliaria tras examinar el arraigo personal, la ausencia de antecedentes penales y la buena conducta procesal de Acosta. El cumplimiento efectivo de la sanción quedará en manos de un juez de ejecución de penas cuando la sentencia quede en firme.
Por disposición legal, el fallo es apelable ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. La defensa ya anticipó que recurrirá, abriendo una nueva etapa en uno de los episodios judiciales más prolongados y complejos sobre corrupción administrativa en la historia reciente de los departamentos fronterizos de Colombia.
PUBLICIDAD
La condena actual se suma a otro fallo previo emitido por la misma corporación. En noviembre de 2023, la Corte Suprema ya había condenado a Acosta Bernal a 75 meses de prisión por hechos relacionados con otro contrato suscrito durante su administración en 2005.
En ese caso, también fue hallado responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en un patrón de decisiones administrativas cuestionadas en materia de contratación pública.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Así quedó el cuadro de la fase final de la Copa Colombia 2026 tras disputarse la fase de grupos
Millonarios, Deportivo Cali e Independiente Medellín son los tres clubes más importantes que accedieron a los octavos de final desde la fase de 1A

Abelardo de La Espriella agradeció a Santiago Abascal, líder del partido de ultraderecha VOX en España, por su respaldo en las elecciones
El candidato colombiano respondió al mensaje de apoyo del dirigente español tras la primera vuelta y destacó coincidencias políticas en materia de seguridad, economía y relaciones internacionales

Cómo participar en Solve for Tomorrow, el concurso que apoya proyectos escolares tecnológicos
La convocatoria brinda a estudiantes y docentes mentorías y formación especializada para proyectos sociales como la siembra de café

Alfredo Saade se refirió a su suspensión por la Procuraduría y negó participación en política: “Me creí jefe de Armando Benedetti”
El suspendido embajador de Colombia en Brasil afirmó que un mensaje suyo sobre el ministro del Interior fue una ocurrencia personal y aseguró que no ha cometido faltas disciplinarias en su gestión

Gustavo Petro insiste en que el expresidente hondureño Juan Orlando Hernández busca “derrumbar” el progresismo en Colombia y México
El presidente colombiano ha criticado al exmandatario hondureño, a quien acusa de narcotráfico y de formar parte de una supuesta alianza internacional que buscaría debilitar el progresismo en ambos países



