
El Ministerio de Hacienda oficializó la reglamentación para la no causación del impuesto nacional a productos plásticos de un solo uso, mediante el Decreto 0509 de 2026. Para quedar exentos del impuesto, los productores e importadores de plásticos utilizados en envases, embalajes y empaques deberán obtener la Certificación de Economía Circular (CFC), expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
Dicho documento, con vigencia anual, requiere demostrar contenido mínimo de material reciclado, gestión y aprovechamiento de residuos, integración a sistemas colectivos de manejo ambiental y una inversión mínima del 10% en innovación o ecodiseño. El decreto detalla que, si la certificación se obtiene después del plazo de declaración, es posible corregir el trámite tributario y solicitar devolución del pago en exceso.
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Marco legal del impuesto a plásticos de un solo uso
La medida tiene origen en la Ley 2277 de 2022 o Reforma Tributaria, que introdujo el impuesto nacional a productos plásticos de un solo uso. El tributo se aplica a todas las empresas que fabrican, ensamblan, remanufacturan o importan estos materiales con el objetivo de envasar, embalar o empacar bienes.
El Decreto 0509 de 2026 cumple lo dispuesto en el artículo 52 de la ley y toma como referencia los lineamientos de la Corte Constitucional en la sentencia C-506 de 2023. Dicha sentencia especificó que la sujeción pasiva del tributo incluye a quienes venden, retiran para consumo propio o importan estos productos, y aclaró que el impuesto aplica únicamente sobre el material plástico de un solo uso destinado a envases y empaques.
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“El mecanismo de no causación requiere establecer un contenido mínimo para la Certificación de Economía Circular”, expuso el Ministerio de Hacienda en los fundamentos del decreto.
Cómo funciona la Certificación de Economía Circular y la no causación
La clave para acceder al beneficio es la Certificación de Economía Circular, que la Anla otorga al comprobar que se cumplen ciertos criterios ambientales. Entre estos, figuran:
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- Uso de material reciclado en el producto final.
- Manejo adecuado de residuos plásticos.
- Participación activa en planes colectivos de gestión ambiental.
- Inversión mínima del 10% del valor del plan de gestión en innovación o ecodiseño.

“El factor de no causación corresponde a un valor entre cero (0) y uno (1)”, afirmó el Ministerio de Hacienda en el decreto. La proporción determina el monto de la base gravable del impuesto que resulta exenta. La tarifa se mantiene en 0,00005 unidades de valores tributario (UVT) por gramo de plástico. Para que la no causación sea efectiva, la certificación CEC debe adjuntarse al presentar la declaración tributaria respectiva.
Y en caso de que la obtención de la certificación sea posterior al vencimiento del plazo para declarar, los contribuyentes podrán corregir la declaración y solicitar devolución del pago en exceso de acuerdo con el procedimiento dispuesto. El decreto especifica que la certificación solo se acepta si todas las metas de aprovechamiento, contenido mínimo y recolección de residuos son cumplidas de acuerdo con la normativa ambiental vigente.
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Aplicación retroactiva y procedimientos para contribuyentes
Existen mecanismos excepcionales de reconocimiento retroactivo de la no causación. Los contribuyentes que hayan presentado declaraciones tributarias entre el 13 de diciembre de 2022 y el 31 de diciembre de 2025 podrán corregir las declaraciones y solicitar devoluciones, siempre y cuando obtengan la CEC correspondiente.
Si el plazo para corregir una declaración vence, se permitirá imputar la cantidad de gramos exentos en declaraciones de años posteriores, sin superar los valores certificados para cada periodo. La certificación tiene vigencia anual, no se acumula para ejercicios fiscales posteriores y debe guardarse junto a los registros contables que respalden la no causación del impuesto.
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Qué dice el Ministerio de Hacienda sobre la economía circular
El Ministerio de Hacienda destacó el objetivo ecológico y tributario de la medida. “El impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes no se causará cuando el sujeto pasivo presente la Certificación de Economía Circular - CEC”, sostuvo la cartera en el decreto.
Las directrices resaltan que la certificación es otorgada solo si se verifican de manera rigurosa los criterios de economía circular.
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“La Certificación de Economía Circular será expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - Anla, previa verificación de los criterios”, puntualizó el Ministerio. Además, aclaró que “los contribuyentes podrán corregir sus declaraciones y solicitar devoluciones, si corresponde”.
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