
Una medida cautelar de urgencia frenó de manera provisional los efectos de la Resolución 72 de 2026, expedida por la Fiscalía General de la Nación, mediante la cual se levantaron órdenes de captura contra siete líderes de estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto en el Valle de Aburrá.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado adoptó la decisión el miércoles 20 de mayo, al resolver una solicitud que buscó detener la aplicación del acto administrativo mientras avanza el estudio de legalidad. El alto tribunal sostuvo la suspensión provisional como respuesta inmediata frente a los efectos de la resolución cuestionada.
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El expediente surgió tras una demanda de nulidad presentada por la Gobernación de Antioquia contra la determinación de la Fiscalía. Esa acción judicial se dirigió contra el acto del 27 de marzo de 2026, fecha en la que la entidad levantó 23 órdenes de captura contra cabecillas vinculados a procesos de diálogo de ‘Paz Urbana’ en Medellín y el Valle de Aburrá.
La decisión del Consejo de Estado recae sobre una selección de siete líderes dentro de ese grupo mayor de 23 personas cobijadas por la medida original de la Fiscalía. El análisis judicial se centra en la validez del levantamiento de las órdenes de captura y en el alcance de las facultades de la entidad acusadora frente a decisiones de esa naturaleza.
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El impacto inmediato del fallo del Consejo de Estado se concentra en siete individuos que todavía contaban con libertad de movimiento y con la suspensión de las órdenes de captura. Se trata de:
- Alberto Antonio Henao Acevedo, alias Albert.
- Andrés Dimaría Oliveros Correa, alias Mundo Malo.
- Fredy Alexander Henao Arias, alias Naranjo.
- Gustavo Adolfo Pérez Peña, alias El Montañero.
- Jhon Fredy Yepes Hoyos, alias Clemente.
- Mauricio de Jesús Morales Múnera, alias El Abogado.
- Rodrigo Henao Acevedo, alias Perica.
El tribunal consideró que la Fiscalía no realizó una verificación autónoma, suficiente y material de los requisitos legales necesarios para otorgar beneficios de suspensión de captura. La resolución, según los magistrados, carece de motivación adecuada y no valoró cada caso de forma individual, lo que vulnera los principios de legalidad y control judicial.
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En su fallo, el Consejo de Estado recordó que la Corte Constitucional ha establecido que la suspensión de órdenes de captura no puede aplicarse de manera “generalizada ni discrecional”. Cada medida debe contar con justificación clara y evaluación judicial independiente, según la Sentencia C-525 de 2023, de acuerdo al documento que logró conocer El Colombiano.
Con la suspensión provisional de la Resolución 72, el tribunal deja sin efecto los beneficios que mantenían en libertad a los siete cabecillas. Los magistrados enfatizan que la justicia no puede actuar como un “mero ejecutor” de directrices del Ejecutivo sin un análisis de proporcionalidad y necesidad.
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El proceso judicial seguirá su curso hasta que se dicte la sentencia definitiva de fondo; mientras tanto, Medellín se convierte nuevamente en un foco de debate sobre la autoridad del Gobierno, la Fiscalía y los riesgos de impunidad en la región.

La Resolución 72, emitida a finales de marzo, generó rechazo inmediato de autoridades locales. La suspensión temporal de capturas se enmarcó en la política de ‘Paz Urbana’, diseñada para buscar acuerdos con líderes de bandas criminales mediante beneficios jurídicos en procesos de diálogo sociojurídico.
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Las organizaciones involucradas incluyen La Oficina, Los Triana y Pachelly, cuyos cabecillas actuaron como facilitadores en mesas de negociación dentro de la cárcel de Itagüí. La Fiscalía, al modificar parcialmente la resolución, retiró los beneficios a 16 de los 23 cabecillas, lo que dejó la medida vigente únicamente para siete personas, incluyendo alias El Montañero, señalado por su papel en facilitar el diálogo.
‘Tarimazo’ en La Alpujarra reavivó el debate sobre la justicia para los criminales del país
El episodio conocido como el “Tarimazo” marcó un punto de quiebre en el debate sobre la ‘Paz Urbana’, una rama de la política de ‘Paz Total’. El hecho ocurrió el 21 de junio en la plazoleta de La Alpujarra, en Medellín, durante un acto público encabezado por el presidente Gustavo Petro; en ese escenario, varios de los principales cabecillas de estructuras criminales del Valle de Aburrá compartieron la tarima central junto al mandatario.
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La presencia de estos hombres, recluidos en la cárcel de Itagüí y condenados por delitos como narcotráfico, extorsión y homicidio, generó sorpresa inmediata. Figuras como alias Douglas, alias Tom y alias Carlos Pesebre aparecieron sentadas cerca del presidente, lo que desató una fuerte controversia nacional. La escena fue interpretada como una ruptura simbólica de las distancias entre el Estado y organizaciones criminales.
Autoridades, políticos y organismos de control criticaron el hecho por darle visibilidad y legitimidad a grupos criminales. El episodio se convirtió en símbolo del debate sobre los límites de la negociación con delincuentes y antecedió la polémica por la suspensión de órdenes de captura, que habían pedido el alcalde Federico “Fico” Gutiérrez y el gobernador Andrés Julián Rendón.
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