
La Procuraduría General de la Nación ordenó la suspensión de nueve concejales de Ipiales, Nariño, por irregularidades administrativas relacionadas con la realización de sesiones fuera de la sede autorizada.
“En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión del cargo por el término de cuatro y seis meses a nueve concejales del municipio de Ipiales (Nariño), quienes incurrieron en irregularidades administrativas al sesionar fuera de la sede establecida legalmente”, señaló el Ministerio Público.
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La decisión se dio tras la evaluación de los hechos ocurridos el 29 de febrero de 2024, cuando los funcionarios participaron en debates y aprobaron acuerdos en el corregimiento de La Victoria.

“Los hechos ocurrieron el 29 de febrero de 2024 en el corregimiento de La Victoria, de esta población, en donde los concejales debatieron y aprobaron proyectos de acuerdo, entre ellos el Acuerdo Municipal 002 de 2024, por medio del cual se estableció el reconocimiento y pago de honorarios para los miembros de la Junta de Acción Local (JAL) y se actualizó la escala de viáticos para el alcalde y concejales de Ipiales”, se lee en el comunicado.
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El órgano de control impuso sanciones de cuatro meses de suspensión a David Fernando Almeida Paredes, William Orlando Benavides Rosero, Iván Dario Chalaca Díaz, Adrián Alberto Guerrero Romero, Carlos Alberto Hualpa, Raúl Lizandro Malpud, Franco Mauricio Portillo Paredes y Edmar Antonio Rosero Estupiñán. Todos ellos participaron en la aprobación de proyectos como el Acuerdo Municipal 002 de 2024, que estableció pagos para los miembros de la Junta de Acción Local (JAL) y actualizó la escala de viáticos para las autoridades locales.
“La evaluación de los hechos llevó al ente de control a suspender del cargo por 4 meses a los concejales David Fernando Almeida Paredes, William Orlando Benavides Rosero, Iván Dario Chalaca Díaz, Adrián Alberto Guerrero Romero, Carlos Alberto Hualpa, Raúl Lizandro Malpud, Franco Mauricio Portillo Paredes y Edmar Antonio Rosero Estupiñán”, indicó la entidad
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La Procuraduría Provincial de Juzgamiento de Pasto determinó que los concejales infringieron normas del Código General Disciplinario y quebrantaron los principios de moralidad y legalidad que rigen la función pública.

“Los concejales infringieron normas del Código General Disciplinario y vulneraron principios de moralidad y legalidad que rigen el ejercicio de la función pública.”, señaló el Ministerio.
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Además, Miguel Alejandro Huertas Erazo, presidente de la corporación para la época, recibió una sanción de seis meses. Tras su renuncia, esta sanción fue reemplazada por una multa cercana a los $26 millones.
El proceso aún se encuentra en primera instancia, conforme a la información oficial suministrada por la Procuraduría.
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“Miguel Alejandro Huertas Erazo, como presidente de la corporación para la época de los hechos, fue suspendido del cargo por seis meses, pero al renunciar, su sanción fue convertida en multa cercana a los 26 millones de pesos. El fallo puede ser apelado por los ahora sancionados”, puntualizó la Procuraduría General de la Nación.
Si la decisión de la Procuraduría General de la Nación se confirma, los concejales deberán cumplir la sanción establecida. Según la Ley 1952 de 2019, artículo 259, cuando se ejecuta una suspensión, los funcionarios quedan separados de sus cargos por el tiempo determinado en el fallo. El presidente del concejo está obligado a hacer efectiva la suspensión y a llamar, en orden de lista, a los candidatos no elegidos para ocupar temporalmente las vacantes.
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Durante el periodo de suspensión, los concejales no podrán ejercer funciones ni tomar decisiones dentro de la corporación. Esta situación no implica pérdida de investidura, salvo que existan otras causales específicas como lo establece el artículo 61 de la Ley 136 de 1994.
La sanción quedará registrada en los antecedentes disciplinarios de los sancionados y, tras cumplir el periodo, podrán retomar sus funciones, salvo que surja una inhabilidad sobreviniente o se profiera otro fallo definitivo.
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