
El Ministerio de Comercio publicó el 16 de abril un proyecto de decreto que modifica el Decreto 0170 de 2026 y redefine la política arancelaria de Colombia frente a Ecuador.
El texto propone la imposición de aranceles diferenciados de 35%, 50% y hasta 75% a un amplio grupo de productos originarios o provenientes de ese país, en respuesta a las medidas comerciales adoptadas por el Gobierno ecuatoriano.
El artículo central del proyecto establece que se impondrá “un arancel del 35%, 50% y 75% a las mercancías originarias o provenientes de la República del Ecuador”, según una lista detallada de subpartidas. Entre los productos incluidos figuran bienes agroindustriales, alimentos, combustibles, productos químicos, plásticos, manufacturas, metales y maquinaria.
En el documento se especifica que algunos productos tendrán aranceles del 35%, como ciertas legumbres, alimentos para animales, medicamentos y productos químicos básicos.
Otros, como pescados, llantas, papel y textiles, quedarán con tarifas del 50%. La mayor carga, del 75%, recaerá sobre categorías más amplias que incluyen arroz, aceites, azúcares, combustibles, plásticos, manufacturas metálicas, maquinaria, electrodomésticos y café, entre otros.
El proyecto también introduce ajustes a la lista de productos afectados. Según el texto, en sesión 394 del Comité de Asuntos Aduaneros se recomendó “incluir cinco (05) subpartidas” adicionales, mientras que en la sesión 396 se propuso “incrementar la tasa arancelaria al 35%, 50% y 75%” y modificar el listado de mercancías. Estas medidas serán revisadas dentro de los dos meses siguientes a su entrada en vigencia.
El decreto establece que comenzará a regir el 1 de mayo de 2026 y que su adopción tiene carácter urgente. El Gobierno argumenta que “la presente medida reviste carácter estrictamente urgente, inmediato e inaplazable” debido al impacto de las decisiones tomadas por Ecuador sobre el comercio bilateral.
En los considerandos, el Ejecutivo sostiene que las acciones del país vecino vulneran compromisos internacionales. Señala que la denominada “tasa de seguridad” impuesta por Ecuador constituye “un incumplimiento flagrante” del Programa de Liberación de la Comunidad Andina y una violación de normas del comercio internacional. También indica que estas medidas afectan directamente a los exportadores colombianos.
El documento advierte sobre el impacto económico del conflicto comercial. Según las proyecciones incluidas, las importaciones desde Ecuador caerían 75%, lo que equivale a una reducción de USD 640 millones frente a cifras de 2025. En paralelo, las exportaciones colombianas hacia ese país disminuirían 79%, con una pérdida estimada de USD 1.452 millones.
Además, se señala que de los 20 principales productos importados desde Ecuador, 15 tenderían a desaparecer, mientras que de los 20 principales bienes exportados por Colombia, 12 dejarían de enviarse completamente.
El proyecto también hace referencia a las restricciones impuestas por Ecuador en la frontera y al aumento progresivo de aranceles por parte de ese país. Recuerda que el 21 de enero de 2026 se anunció una tarifa del 30% a productos colombianos, que luego fue incrementada al 50% el 1 de marzo y posteriormente al 100%, medida que entraría en vigor el 1 de mayo.
Según el texto, un arancel del 100% “impide que cualquier exportación colombiana a ese país sea económicamente viable”, lo que agrava la situación de los sectores dependientes de ese mercado.
En ese contexto, el Gobierno colombiano justifica la modificación arancelaria como una respuesta basada en el principio de reciprocidad y en la defensa de la seguridad nacional. También señala que busca “garantizar el equilibrio en las condiciones de competencia” y proteger la producción nacional frente a distorsiones en el comercio.
El decreto mantiene vigentes las demás disposiciones del Decreto 0170 de 2026 y establece que la nueva estructura arancelaria será objeto de seguimiento y revisión por parte de las autoridades competentes.
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