Polémica por impuesto al patrimonio: empresas deberán pagarlo mientras la Corte Constitucional estudia su legalidad

El impuesto, que busca recaudar entre 8 y 13,4 billones de pesos, sigue vigente porque no ha sido suspendido, pese a las demandas y las dudas jurídicas sobre su legalidad

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Empresas con patrimonios superiores a 10.475 millones de pesos están sujetas al impuesto decretado durante la emergencia económica por desastres naturales - crédito Nathalia Angarita/REUTERS
Empresas con patrimonios superiores a 10.475 millones de pesos están sujetas al impuesto decretado durante la emergencia económica por desastres naturales - crédito Nathalia Angarita/REUTERS

Las empresas en Colombia tendrán que pagar, incluso sin saber si el impuesto seguirá existiendo. Esa es la situación que enfrenta el sector empresarial con el impuesto al patrimonio decretado en medio de la emergencia económica, cuya primera cuota deberá pagarse desde el 1 de abril, mientras la Corte Constitucional aún no define si la medida es legal o no.

La incertidumbre jurídica es el tema que hoy más preocupa a abogados tributaristas, empresas y gremios. El motivo es sencillo, las compañías deberán desembolsar dinero por un impuesto que está siendo revisado por la Corte y que incluso podría ser declarado inconstitucional más adelante. Aun así, como no existe una suspensión provisional, el cobro sigue siendo legalmente exigible.

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La obligación de pagar el impuesto al patrimonio en Colombia inicia pese a la falta de definición de la Corte Constitucional sobre su legalidad - crédito Corte Constitucional
La obligación de pagar el impuesto al patrimonio en Colombia inicia pese a la falta de definición de la Corte Constitucional sobre su legalidad - crédito Corte Constitucional

Este impuesto surgió tras la declaratoria de emergencia económica para atender los desastres provocados por las lluvias e inundaciones en regiones como Córdoba, Antioquia y La Guajira. El tributo aplica a personas jurídicas con un patrimonio líquido superior a las 200.000 UVT, es decir, alrededor de 10.475 millones de pesos al 1 de marzo de 2026.

Las empresas deberán pagar una tarifa general del 0,5%, pero los sectores financiero y extractivo, especialmente petróleo y carbón, tendrán una tarifa mucho más alta del 1,6%. Según cálculos del centro de estudios económicos Anif, estos dos sectores terminarían aportando más de la mitad del recaudo total del impuesto.

Mientras tanto, la Corte Constitucional deberá revisar el decreto dentro del control automático de legalidad que se hace a las medidas tomadas durante estados de excepción. Además, varios ciudadanos ya presentaron demandas contra el impuesto. Sin embargo, el alto tribunal no ha tomado ninguna decisión por ahora, lo que mantiene la obligación de pago para las empresas.

En el mundo jurídico y tributario hay una expectativa fuerte de que el impuesto al patrimonio empresarial termine siendo declarado inexequible. La discusión no solo gira en torno a si la medida es legal o no, sino también sobre qué pasará con el dinero que ya hayan pagado las empresas si la Corte tumba el impuesto.

El sector financiero y extractivo, incluidos petróleo y carbón, enfrentan la tarifa más alta del impuesto al patrimonio, con un 1,6% aplicable - crédito Nelson Bocanegra/REUTERS
El sector financiero y extractivo, incluidos petróleo y carbón, enfrentan la tarifa más alta del impuesto al patrimonio, con un 1,6% aplicable - crédito Nelson Bocanegra/REUTERS

No sería la primera vez que algo así ocurre. Un caso reciente fue el impuesto solidario creado durante la pandemia del COVID-19, que obligaba a funcionarios públicos y contratistas del Estado con ingresos superiores a 10 millones de pesos a hacer un aporte obligatorio de entre el 15% y el 20%. La Corte Constitucional lo declaró inexequible con efectos retroactivos y permitió que lo pagado se compensara en el impuesto de renta del año siguiente, es decir, no hubo devolución en efectivo, pero sí saldos a favor para los contribuyentes.

Otro antecedente es el impuesto de timbre que el Gobierno revivió el año pasado durante la emergencia económica por la crisis en el Catatumbo. En ese caso, la Corte declaró la medida como constitucional condicionada, pero determinó que hubo un recaudo mayor al dinero que realmente se invirtió en la región, por lo que ordenó devolver el excedente a los contribuyentes que lo solicitaran.

El impuesto al patrimonio actual también ha generado una fuerte reacción del sector empresarial. El Consejo Gremial Nacional aseguró que el decreto sería inconstitucional porque, según su postura, se están imponiendo tributos sin pasar por el Congreso, lo que vulneraría los principios de legalidad y equidad del sistema tributario. Además, advirtieron que este tipo de medidas puede afectar la inversión, el empleo y el crecimiento económico.

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El recaudo del impuesto al patrimonio genera debate entre las estimaciones, desde 8 billones de pesos según el Ministerio de Hacienda hasta 13,4 billones según Anif - crédito Anif

En términos de recaudo, las cifras también generan debate. El Ministerio de Hacienda estima que el impuesto podría recaudar cerca de 8 billones de pesos, pero Anif calcula que la cifra podría ser mucho mayor, alrededor de 13,4 billones. Según ese centro de estudios, este nuevo impuesto aumentaría la tasa efectiva de tributación empresarial del 29,8% al 35,5%, lo que podría enviar una señal negativa a la inversión extranjera y frenar el crecimiento de las empresas en el país.

Así, mientras la Corte Constitucional toma una decisión definitiva, las empresas tendrán que pagar primero y esperar después si el impuesto sobrevive o no jurídicamente, en medio de una de las mayores incertidumbres tributarias de los últimos años en Colombia.