
El Senado de la República de Colombia avanza en una reforma legal orientada a fortalecer la protección, atención y bienestar de los adultos mayores en el país.
El proyecto de ley 250 de 2024, pendiente de ponencia para segundo debate, propone modificar las Leyes 1276 de 2009 (Centros Vida) y 1850 de 2017 (Protección al Adulto Mayor), endureciendo las medidas contra el maltrato y abandono, y optimizando la financiación y funcionamiento de los servicios destinados a esta población.
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¿Qué cambia con la reforma?
El proyecto busca optimizar los recursos de la llamada “estampilla para el bienestar del adulto mayor”, un recaudo obligatorio que las entidades territoriales pueden destinar, tras aprobación en sus corporaciones públicas, a la construcción, dotación, operación y desarrollo de programas para personas de la tercera edad.

A partir de la modificación, asambleas departamentales y concejos municipales estarán autorizados a emitir la estampilla y asegurar que la totalidad de los fondos se inviertan en:
- Centros de Bienestar del Anciano
- Centros Vida para la Tercera Edad
- Granjas para Adultos Mayores
- Programas y proyectos de atención integral, incluyendo albergue, alimentación, recreación y cuidado digno
El texto señala que la responsabilidad directa sobre el uso de los recursos recae en el gobernador o alcalde del respectivo territorio, quienes deberán rendir cuentas sobre la ejecución de los programas derivados de la inversión de la estampilla.
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La reforma también amplía la posibilidad de destinar estos recursos a la atención de adultos mayores en situación de descuidos, abandono, violencia intrafamiliar, indigencia, extrema pobreza, desastres o emergencias sanitarias, reforzando la respuesta institucional ante escenarios de vulnerabilidad.
Endurecimiento de las sanciones contra el abandono y el maltrato
El abandono de personas mayores de 60 años ya es un delito penal en Colombia, conforme a la Ley 1850 de 2017. Sin embargo, el nuevo proyecto busca endurecer las sanciones y mejorar los mecanismos de prevención y denuncia. Quienes incurran en abandono, descuido o negligencia —afectando la higiene, vestuario, alimentación o salud de una persona mayor— se enfrentan a penas de prisión entre 4 y 8 años y multas de 1 a 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).
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La ley también responsabiliza a hijos, nietos, hermanos y cónyuges como primeros llamados a proteger y cuidar a los adultos mayores, según lo establecido en el Código Civil colombiano. Cuando el abandono o maltrato se produce dentro de instituciones, estas pueden ser sancionadas con la cancelación de permisos y multas, y sus responsables individuales pueden enfrentar procesos penales.
El proyecto subraya que, además del abandono, el maltrato físico o psicológico, el descuido o la negligencia hacia los adultos mayores constituyen figuras de violencia intrafamiliar, lo que permite la intervención de la Fiscalía y el sistema judicial para proteger a las víctimas.
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Mejoras en la atención y en la financiación
El articulado propone que los recursos de la estampilla se utilicen también para la creación de Granjas para Adultos Mayores, espacios rurales o semiurbanos que brinden, en condiciones dignas, albergue, alimentación, actividades productivas y recreación. Así, se diversifica la oferta de servicios y se promueve un modelo de cuidado integral, especialmente para quienes no cuentan con red familiar o viven en zonas rurales.

La reforma establece que el recaudo de la estampilla será aplicado en su totalidad a la dotación y funcionamiento de los centros y programas para adultos mayores, evitando así la dispersión de recursos y garantizando su destinación exclusiva para el bienestar de esta población.
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La reforma, impulsada por la senadora Karina Espinosa, está a la espera de su siguiente debate en el Senado, con el objetivo de transformar la realidad de cientos de miles de adultos mayores en situación de vulnerabilidad en Colombia.
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