Tribunal declaró responsable al Estado por ‘chuzadas’ del DAS al Polo Democrático: ordenó el pago de una indemnización

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó el fallo proferido por el Juzgado 62 Administrativo de Bogotá en 2024, mediante el cual negó las pretensiones de una demanda que presentó el partido

El Polo Democrático Alternativo reafirmó su promesa de unidad en la izquierda colombiana según el Comité Ejecutivo Nacional - crédito Jorgerobledo.com
Las chuzadas al Polo Democrático y otras organizaciones se registraron entre 2003 y 2009 - crédito Jorgerobledo.com
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró responsable al Estado colombiano de interceptaciones ilegales que se realizaron en contra del partido Polo Democrático Alternativo y de varios de sus dirigentes.

La Subsección B de la Sección Tercera del tribunal le dio la razón al Polo Democrático Alternativo, agrupación política que había presentado una demanda por las operaciones en cuestión, y revocó el fallo proferido por el Juzgado 62 Administrativo de Bogotá el 18 de noviembre de 2024, mediante el cual negó las pretensiones de la demanda radicada por la colectividad.

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En el acto procesal en cuestión, el Polo hizo la siguiente solicitud: “Que se declare que la Nación Colombiana -Departamento Administrativo de Seguridad - DAS, es responsable administrativamente de todos los daños y perjuicios tanto materiales como inmateriales ocasionados al Partido Político Polo Democrático Alternativo -PDA- por las actividades ilegales de inteligencia desplegadas en su contra”.

DAS - Colombia
El alto tribunal ordenó el pago de una indemnización por chuzadas del DAS - crédito Colprensa

Los hechos: interceptaciones ilegales

De acuerdo con el tribunal, entre 2003 y 2009, el DAS adelantó una operación ilegal de inteligencia que salió a la luz en 2009 por denuncias que expuso la revista Semana. Se trató de la realización de interceptaciones sin orden judicial, las cuales tuvieron como blanco organizaciones y personas que representaban un problema para la administración.

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La operación se dirigió contra defensores de derechos humanos, periodistas y columnistas independientes, magistrados de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, líderes y partidos políticos de la oposición, como el PDA (Polo Democrático Alternativo), y sindicalistas, entre otros miembros de la sociedad civil, con el propósito de eliminar cualquier disenso con el gobierno de turno”, precisó el alto tribunal en la providencia.

Por estos hechos ilegales, las autoridades competentes iniciaron los respectivos procesos penales y disciplinarios.

Miembros de la Corte Suprema de Justicia también fueron víctimas del DAS - crédito Luisa González/Reuters
Miembros de la Corte Suprema de Justicia también fueron víctimas del DAS - crédito Luisa González/Reuters

Decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Así las cosas, el Polo Democrático Alternativo pidió que se declarara responsable a la Nación por estos crímenes y el Tribunal de Cundinamarca respaldó esa solicitud. En la providencia del alto tribunal, con ponencia del magistrado Franklin Pérez Camargo, se indica que se pudo comprobar que servidores del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) llevaron a cabo una operación ilícita de inteligencia, ordenada y coordinada desde los niveles directivos más altos de la entidad, sin que existiera justificación legal ni orden judicial previa.

Según precisó, estas acciones violaron los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad exigidos para este tipo de procedimientos.

En consecuencia, resolvió: “DECLARAR administrativamente responsable al Departamento Administrativo de Seguridad – DAS – Extinto y su sucesor procesal Patrimonio Autónomo PAP Fiduprevisora S.A. por el daño antijurídico causado al Polo Democrático Alternativo por las actividades ilegales de inteligencia desplegadas en su contra materia de este asunto, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia".

De igual manera, condenó al DAS y al Patrimonio Autónomo PAP Fiduprevisora S.A., su sucesor procesal, a indemnizar a la parte actora por los perjuicios causados con las interceptaciones ilegales. Condenó también a María del Pilar Hurtado Afanador, exdirectora del DAS, tras quedar demostrada su participación directa en las interceptaciones y seguimientos ilícitos. La exfuncionaria tendrá que asumir el 20% del monto de la condena.

Asimismo, condenó “en costas de primera y segunda instancia al extremo pasivo de la demanda”. Esas costas deben ser liquidadas por la Secretaría del Juzgado 62 Administrativo de Bogotá.

“Se concede a título de reparación a la parte actora por violación a los derechos al buen nombre, intimidad, seguridad personal, inviolabilidad de documentos privados e inviolabilidad de correspondencia, la suma de 400 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de esta sentencia”, añadió el alto tribunal.

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