CNE falló a favor de Dilian Francisca Toro y ordenó al representante Duvalier Sánchez ofrecer excusas públicas por violencia política de género

La decisión se da tras un video publicado en redes sociales, en el que el congresista hizo comentarios sobre el aspecto físico de la gobernadora y la comparó con otra líder política del Valle del Cauca

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La publicación del 13 de
La publicación del 13 de enero de 2026 contenía alusiones al aspecto físico de Toro y comparaciones con Clara Luz Roldán - crédito @duvaliersan/Facebook y Colprensa

El Consejo Nacional Electoral (CNE) falló a favor de la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, y ordenó al representante a la Cámara Duvalier Sánchez retirar una publicación en Instagram y presentar excusas públicas.

La decisión se da luego de un proceso que analizó diversas publicaciones realizadas por el congresista en sus redes sociales durante 2025 y 2026.

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El fallo, emitido el 25 de febrero de 2026 mediante la Resolución de Sala Plena, se centra en un video publicado el 13 de enero de 2026 en el que Sánchez hizo alusiones al aspecto físico de Toro y la comparó con la líder política Clara Luz Roldán.

La denuncia fue presentada el 21 de enero de 2026 por Antonio Abel Calvo Gómez, presidente del Consejo Nacional Disciplinario y de Control Ético del Partido de la U. En su escrito, Calvo solicitó la activación de facultades de inspección, vigilancia y control para garantizar el retiro inmediato de propaganda, publicaciones digitales y contenido multimedia que configurara violencia simbólica o hostigamiento contra Toro.

Sobre las publicaciones analizadas

La gobernadora del Valle del
La gobernadora del Valle del Cauca recibió la medida de protección del CNE - crédito Colprensa

Según la resolución, el proceso comenzó con la revisión de publicaciones realizadas entre marzo y septiembre de 2025. La primera de ellas, del 29 de marzo, mostraba al congresista junto a una caricatura de Toro con el mensaje: “Gober, Dilian Francisca, mirá cómo quedamos, en el anime no te ves tan villana”. Otras publicaciones se registraron los días 11 y 27 de abril, y el 15 de septiembre del mismo año.

El CNE determinó que estas publicaciones iniciales “si bien pueden resultar incómodas, llamativas, punzantes o chocantes, no constituyen por ese solo hecho violencia política de género. Se tratan, por el contrario, de usos retóricos legítimos dentro del debate público, especialmente en el marco del ejercicio de control político, por las razones ya expuestas”.

No obstante, la publicación del 13 de enero de 2026 fue calificada de manera distinta, ya que, según la Sala Plena, constituye una conducta que vulnera los derechos de Toro al ser una acción de violencia política de género.

La denuncia fue presentada por
La denuncia fue presentada por Antonio Abel Calvo Gómez, presidente del Consejo Nacional Disciplinario y de Control Ético del Partido de la U - crédito Colprensa

En su ponencia, el magistrado Altus Baquero señaló que “las referencias al cabello, arreglos estéticos, cirugías y, especialmente, la expresión ‘aumentar su capital erótico con la plata de los vallecaucanos’ incorporan una dimensión corporal y sexualizada innecesaria para el cuestionamiento político”.

No autoriza el uso de expresiones que cosifiquen el cuerpo femenino ni la reproducción de estereotipos que vinculen el ejercicio del poder de las mujeres con su apariencia o sexualidad. Las denuncias por presunta corrupción podían formularse sin recurrir a tales referencias, cuya inclusión evidencia un trato diferenciado basado en el género”, añadió el togado en la ponencia.

Medidas ordenadas por el CNE

El CNE destacó que la
El CNE destacó que la decisión busca reparar derechos vulnerados y garantizar estándares de respeto y no discriminación en política - crédito CNE

En la resolución, el CNE ordenó al representante Sánchez retirar el contenido de Instagram y cualquier otra red social donde pudiera estar alojado. Además, el congresista debe presentar excusas públicas dentro de los cinco días siguientes a la notificación, las cuales deberán permanecer visibles en su cuenta oficial durante un mínimo de treinta días calendario.

Asimismo, exhortó al representante a la Cámara a abstenerse de realizar cualquier actuación que constituya violencia política de género contra cualquier mujer, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política y la Ley 2453 de 2025.

El CNE acumuló este expediente con otro anterior, dado que ambos procesos se originan en hechos relacionados con presuntos actos de violencia política basada en género contra la gobernadora del Valle. El tribunal electoral destacó que la decisión no solo busca reparar los derechos vulnerados de la gobernadora, también garantizar estándares de respeto y no discriminación en el marco de la política colombiana.

De esta manera, el CNE reafirmó su función de proteger a las mujeres frente a conductas que puedan menoscabar su participación política y su imagen pública.