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Fiscalía trasladó petición sobre la mención de Andrés Pastrana en los archivos del caso Epstein: estas son las preguntas planteadas

La solicitud pide, entre otras cosas, que se precise si existen actuaciones y/o requerimientos de cooperación con Estados Unidos y cuál es el protocolo cuando exjefes de Estado aparecen referenciados en documentos judiciales extranjeros

El caso tomó nuevo impulso tras la desclasificación de más de tres millones de páginas por parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos - crédito AP y Colprensa
El caso tomó nuevo impulso tras la desclasificación de más de tres millones de páginas por parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos - crédito AP y Colprensa
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La Fiscalía General de la Nación aceptó y trasladó a la Dirección de Asuntos Internacionales un derecho de petición en el que se solicita información sobre la mención del expresidente Andrés Pastrana en archivos judiciales internacionales vinculados al caso Jeffrey Epstein.

El caso volvió a ocupar la atención pública tras nuevas divulgaciones en Estados Unidos. A comienzos de 2026, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos publicó más de tres millones de páginas adicionales relacionadas con el proceso contra Epstein.

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Entre el material desclasificado se incluyen más de 2.000 videos y 180.000 imágenes, que, sumadas a publicaciones anteriores, elevan el total a cerca de 3,5 millones de páginas de archivos. En esos documentos aparece mencionado en varias ocasiones el nombre de Andrés Pastrana, tanto en archivos recientemente divulgados como en otros conocidos desde años atrás.

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En días recientes también se hicieron públicas fotografías en las que el exmandatario colombiano aparece junto a Ghislaine Maxwell, que fue pareja de Epstein y es la única persona que cumple condena en prisión por pertenecer a la red de explotación sexual vinculada al caso.

El traslado quedó consignado en un correo oficial conocido por Infobae Colombia; y de acuerdo con la comunicación de la Fiscalía, se informó que fue formalmente recibida la petición elevada por el ciudadano y veedor Inder Alonso Ramírez Pérez y que, en atención al contenido de algunos de sus puntos, la remitió a la instancia competente dentro de la entidad.

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El mensaje está suscrito por Mayra Alejandra Ruiz, del Grupo Jurídico del Despacho Dirección Seccional Bogotá.

El traslado se realizó al considerar que los puntos sobre cooperación judicial y protocolos no eran competencia de la Dirección Seccional Bogotá - crédito suministrado a Infobae Colombia
El traslado se realizó al considerar que los puntos sobre cooperación judicial y protocolos no eran competencia de la Dirección Seccional Bogotá - crédito suministrado a Infobae Colombia

Qué solicita el derecho de petición

El derecho de petición fue presentado con fundamento en el artículo 23 de la Constitución Política y en la Ley 1755 de 2015. En el documento, el ciudadano solicita información clara y verificable sobre eventuales actuaciones institucionales relacionadas con la mención del expresidente Pastrana en archivos judiciales internacionales asociados al caso Epstein.

En términos generales, la solicitud que conoció este medio pide que la Fiscalía informe:

  • Si existe o ha existido alguna indagación preliminar, investigación, actuación administrativa o evaluación interna relacionada con la mención del exmandatario en los archivos vinculados al caso.
  • En caso de no existir actuaciones, si la entidad ha evaluado o revisado el contenido de dichos archivos en lo que respecta a posibles implicaciones para Colombia y cuáles serían las razones jurídicas o institucionales para no iniciar una verificación preliminar.
  • Si la Fiscalía ha solicitado, recibido o considerado solicitar cooperación judicial internacional a autoridades de Estados Unidos u otros Estados para acceder oficialmente a los documentos donde se menciona a ciudadanos colombianos o exfuncionarios.
  • Cuál es el protocolo institucional que se aplica cuando en archivos judiciales internacionales aparecen mencionados exjefes de Estado colombianos en contextos relacionados con criminalidad transnacional.

En el texto se aclara que la solicitud “no constituye denuncia penal ni imputación alguna, sino que tiene como finalidad dejar constancia formal y solicitar verificación institucional” para, conforme se determine, avanzar en una pósible investigación desde Colombia.

Así mismo, el derecho de petición señala que la aparición de un nombre en archivos internacionales no implica por sí misma la comisión de un delito ni constituye prueba penal. Sin embargo, plantea que cuando se trata de un exjefe de Estado, corresponde a las autoridades competentes informar si existen verificaciones o mecanismos institucionales activados frente a ese tipo de menciones.

En el apartado de fundamentos jurídicos, la solicitud invoca, además del derecho fundamental de petición, principios como la transparencia, la igualdad ante la ley y la responsabilidad de los servidores públicos.

La Fiscalía General de la Nación canceló la inspección que iba a hacer en el CNE - crédito Colprensa
La Dirección de Asuntos Internacionales deberá responder dentro de los términos legales establecidos para solicitudes de información - crédito Colprensa

Con el traslado efectuado, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía deberá pronunciarse, en un término de 10 días hábiles contados a partir de la recepción de la petición, sobre los puntos relacionados con cooperación judicial internacional y protocolos institucionales frente a menciones de exjefes de Estado en archivos judiciales extranjeros.

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