
El 13 de febrero de 2026, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto del Gobierno de Gustavo Petro que fijaba un aumento del salario mínimo legal de 23,78% para 2026, y ordenó la expedición de un nuevo decreto ajustado estrictamente a los criterios técnicos y legales. Esta decisión mantiene bajo revisión judicial la medida que, de momento, queda sin efecto hasta tanto no se dicte sentencia definitiva.
El alto tribunal dispuso que el Ejecutivo nacional tiene un plazo de ocho días para emitir y publicar una nueva regulación con un porcentaje transitorio de incremento salarial, tomando como base la Ley 278 de 1996 y los parámetros económicos y constitucionales allí previstos. Este nuevo valor regirá a título provisional solo mientras el proceso judicial continúa en curso.
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El criterio central de la providencia es que el aumento salarial debe sustentarse en elementos técnicos definidos por la legislación nacional, descartando la prevalencia de decisiones políticas o la adopción de referencias de organismos internacionales que carezcan de obligatoriedad en el país.
En reacción a la decisión del alto tribunal, el presidente de la República, Gustavo Petro, manifestó vía redes sociales que el “salario mínimo vital” debería situarse en $2.155.000 mensuales (USD588,66, a la tasa de cambio del día), cifra considerablemente mayor que el monto actual.
Esta propuesta es necesaria, según su análisis, para ajustar la remuneración de los trabajadores al nivel de productividad alcanzado por la economía durante las últimas décadas.
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“Desde el año 2002, en contravía de la sentencia de la corte constitucional C- 187 del año 1999, se separan las tasas de productividad laboral y en el salario real en favor de la productividad y no del salario. Si queremos cerrar la brecha ahora, el salario mínimo vital debería ser de 2.155.000 pesos mensuales (sic)”, escribió en su cuenta de X.
En su mensaje, precisó que el ajuste del salario minimo vital decretado se mantiene hasta la expedición de un decreto transitorio de la Presidencia que regirá hasta que el Consejo de Estado tome decisión de fondo .
El primer mandatario sostuvo que respetará la decisión del máximo tribunal de la administración pública y actuará de acuerdo a la Constitución Política de 1991. “Pondremos unos recursos para que se aclare el auto porque el magistrado no pone en él, el texto completo de la sentencia de la corte constitucional que obliga como criterio prevalente, entre los demás, el criterio del salario vital y móvil, del art 53 de la constitución nacional, para determinar el salario así que el presidente respetará esa prevalencia (sic)”.
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En esa medida, el Gobierno solicitará precisiones sobre el alcance del auto expedido por el Consejo de Estado, ya que, según explicó, el documento no incluye el texto completo de la sentencia de la Corte Constitucional.

En este contexto, invitó abiertamente al sector empresarial a participar en una comisión de concertación, convocada por decisión unilateral del Gobierno, para establecer un diálogo antes de promulgar un decreto transitorio. Su objetivo alienta la búsqueda de “un pacto por la vida” entre todos los actores sociales y económicos del país.
“Aprovecho para invitar al gran empresariado a usar la comisión de concertación que por decisión unilateral del gobierno se convoca para establecer dialogo y acuerdo, antes del decreto transitorio. Es un Pacto por la Vida lo que se ha propuesto”, expuso.
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En la misma línea, Petro valoró positivamente que la postura deel expresidente Álvaro Uribe de no oponerse al debate sobre el salario vital, aunque sí a la propuesta de nuevos impuestos. “Es un avance; los impuestos en la emergencia económica van en contra de la acumulación de rentas, dado que estos acaban la ganancia y salarios productivos y estancan la economía, y dado que es imprescindible reducir el déficit primario. Así que un pacto por la vida y la producción es posible”, concluyó el presidente colombiano.
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