
El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió por unanimidad la revocatoria de la candidatura al Senado de Marelen Castillo Torres, quien integraba la lista del Centro Democrático en la posición número 20 para las elecciones legislativas de 2026. La decisión se fundamentó en una supuesta inhabilidad por doble militancia, ya que la actual representante mantiene su curul por la Liga de Gobernantes Anticorrupción. El proceso, que aún no concluye, abre un debate jurídico y político en el país sobre los límites de la militancia y los derechos de participación.
Según el CNE, Castillo incurre en doble militancia al mantenerse como representante de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, partido por el que accedió a la Cámara tras ser fórmula vicepresidencial de Rodolfo Hernández en las elecciones presidenciales de 2022.
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El tribunal electoral argumentó que la dirigente debió renunciar a su curul por ese movimiento político, al menos un año antes de inscribirse como candidata al Senado por otro partido. En la resolución, los magistrados sostuvieron que el proceso de conversión de la Liga de Gobernantes de movimiento ciudadano a partido político la vincula formalmente, impidiéndole aspirar por otra colectividad en el actual ciclo electoral.

La defensa de Marelen Castillo: argumentos y recursos legales
El abogado Pedro Felipe Gutiérrez, apoderado de Castillo, anunció la interposición de un recurso de reposición ante el mismo órgano electoral. Según explicó, la decisión del CNE se basa en que el grupo significativo de ciudadanos, Liga de Gobernantes Anticorrupción, se transformó en partido meses después de que Castillo asumió su curul, lo que para la defensa no genera afiliación automática.
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“En este caso ni el grupo significativo invitó a la doctora Marelen a participar en la asamblea fundacional, ni la doctora Marelen pudo participar en esa asamblea, ni nunca con posterioridad solicitó la incorporación en ese partido”, señaló Gutiérrez.
En declaraciones oficiales, Marelen Castillo Torres afirmó: “Respeto las instituciones y creo profundamente en el Estado Social de Derecho. Precisamente por eso ejerceré todos los mecanismos legales para defender mis derechos fundamentales y los de los ciudadanos que creen en una política decente y transparente”.
Añadió que su llegada a la Cámara de Representantes se dio por un “derecho constitucional personal, consagrado en el artículo 112 de la Constitución y desarrollado por el Estatuto de la Oposición, y no como resultado de militancia en partido político alguno”.
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Estatuto de la Oposición y naturaleza de la curul
El origen de la curul de Castillo se remonta al Estatuto de la Oposición, norma que otorga un escaño en el Congreso a quienes, como ella, resultaron segundos en la elección presidencial. “Participé en el proceso electoral desde un grupo significativo de ciudadanos, una figura de naturaleza ciudadana y coyuntural, que no implica afiliación partidista, militancia formal ni estructura orgánica permanente”, afirmó la representante en su comunicado de prensa.
Castillo también destacó: “Nunca he estado afiliada a un partido. Nunca he sido militante registrada. Nunca he ejercido cargos directivos en ninguna colectividad política”. A su juicio, la personería jurídica otorgada posteriormente a un movimiento ciudadano no puede tener efectos retroactivos ni convertir a una persona en militante contra su voluntad, una posición que, sostiene, cuenta con respaldo jurisprudencial.
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El proceso sigue abierto
El equipo jurídico de Marelen Castillo sostiene que, si el Consejo Nacional Electoral mantiene su decisión, acudirán a otras instancias judiciales. La representante insiste en que el fondo del caso trasciende lo personal y afecta principios fundamentales del sistema democrático: “Lo que está en juego es el respeto al derecho fundamental a la participación política y a la voluntad de los ciudadanos. Este proceso continúa en sede administrativa y judicial, y lo asumiré con serenidad, con argumentos y con confianza en la justicia”.
A raíz de la decisión del CNE, la candidata queda por fuera de la contienda al Senado, al menos mientras se resuelve la apelación. La representante ha reiterado su compromiso con las causas que ha defendido desde la Cámara, como la educación, las oportunidades para los jóvenes y la defensa del voto ciudadano. “Las decisiones administrativas no extinguen las causas justas. Las causas nacen de la gente, y esa fuerza permanece”, concluyó en su comunicado.
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Implicaciones para el proceso electoral
La revocatoria de la candidatura de Marelen Castillo Torres se inscribe en el marco de un estricto control del Consejo Nacional Electoral sobre las listas y postulaciones a cargos de elección popular, en particular en lo relativo a la doble militancia. El caso pone en discusión los alcances de la afiliación política cuando un movimiento ciudadano se transforma en partido y el derecho de quienes acceden a cargos por estatuto de oposición.
La representante no podrá participar en las elecciones al Congreso del próximo 8 de marzo, en las que buscaba una curul en el Senado por el Centro Democrático, mientras se resuelve el recurso interpuesto. El proceso continuará en los tribunales y podría sentar precedente para futuras controversias sobre la doble militancia y la interpretación de la participación política en Colombia.
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