
El médico general Gabriel Agámez Moreno fue condenado a 48 meses de prisión por su responsabilidad en la muerte de Luz Dary Silva Buitrago, una mujer de 32 años tras realizarle una intervención estética en Barrancabermeja, en el departamento de Santander.
El fallo judicial, basado en la investigación de la Fiscalía General de la Nación, determinó que el profesional no contaba con la especialización requerida para practicar este tipo de procedimientos, lo que resultó fatal para la paciente.
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Los hechos ocurrieron el 28 de febrero de 2020, cuando la mujer acudió a una clínica privada para someterse a una cirugía estética en abdomen, espalda y glúteos. Poco después de la operación, la paciente comenzó a evidenciar un deterioro severo en su salud por una infección crítica en la pared abdominal y lesiones internas traumáticas, lo que derivó en su muerte tres días más tarde.
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La fiscal del caso, así lo explicó en la digencia: “Probará que el día 2 de marzo del 2020 en el Hospital Regional-- se produce la muerte de la señora--, quien fallece tres días después como consecuencia de haberse practicado un procedimiento de cirugía plástica tipo lipólisis de abdomen, espalda y glúteos. Intervención médica practicada por el médico aquí acusado, Gabriela Gámez Moreno, quien faltó al deber objetivo de cuidado al practicarle una cirugía estética sin tener la idoneidad requerida, atendiendo que no era especialista como cirujano estético, actuando irresponsablemente, generando la muerte a la víctima.
Asimismo, se probará en este juicio oral que la intervención médica estética se le practicó a la paciente el día 28 de febrero del 2020 en un centro médico privado dirigido por el médico Gabriela Gámez Moreno y, un día después de practicado el procedimiento médico invasivo de lipólisis por succión, la salud de Ludary Silva Buitrago empieza a deteriorarse".
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El dictamen del Instituto Colombiano de Medicina Legal fue determinante: la muerte se produjo de manera directa debido a la cirugía practicada por Gabriel Agámez Moreno. El informe también resaltó que el médico no tenía la idoneidad necesaria para efectuar intervenciones de ese tipo.
En la udiencia se especificaron las causas: “Precisamente con ocasión a ese procedimiento quirúrgico realizado por parte del médico Gabriela Gámez Moreno, es que se presentan estas, complicaciones a la víctima y dentro del diagnóstico legal sobre la causa y manera de muerte, se indica que la causa de muerte es por embolismo graso y manera de muerte accidental. Y dice que es por una responsabilidad médica que precisamente es con ocasión a ese procedimiento quirúrgico”.
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La investigación destapó otra irregularidad, al constatarse que la clínica donde se realizó la operación quedó desmantelada tras los hechos, lo que dificultó la recolección de pruebas y el seguimiento del caso.
La sentencia de primera instancia impuesta por el juez incluyó no solo la condena a prisión de 48 meses, sino también el pago de 42 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación del médico para ejercer la profesión durante 60 meses. El fallo subrayó que Gabriel Agámez Moreno actuó sin la acreditación legal exigida, poniendo en riesgo la vida de la paciente.
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Esta decisión aún admite recursos legales de acuerdo con el proceso judicial colombiano, por lo que la condena podría ser revisada en instancias superiores.

La condena impuesta al médico Gabriel Agámez Moreno por la muerte de Luz Dary Silva Buitrago establece responsabilidad penal y profesional ante la realización de procedimientos estéticos sin la debida especialización.
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El fallo judicial, sustentado en pruebas periciales y legales, señala la falta de idoneidad del profesional como factor determinante en el desenlace fatal, e impone sanciones que incluyen prisión, inhabilitación y multa, en un caso que resalta la importancia de cumplir con los requisitos legales y éticos en el ejercicio de la medicina estética. La sentencia permanece sujeta a revisión en instancias superiores del sistema judicial colombiano.
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