
El debate sobre los efectos del aumento del salario mínimo en 2026 alcanzó un nuevo nivel tras la publicación de un mensaje oficial del Ministerio del Trabajo en X, en el que invita a reportar posibles despidos asociados a este ajuste salarial.
Las reacciones no se hicieron esperar, y la incertidumbre sobre la legalidad de estas prácticas llevó al viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo Jassir, a precisar las condiciones bajo las cuales un despido puede ser cuestionado ante la autoridad laboral.
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Jaramillo Jassir señaló, en entrevista con Blu Radio, que en el país el despido es libre, siempre que el empleador pague la indemnización correspondiente.
No obstante, puntualizó que esta facultad no es absoluta y no puede ejercerse de manera arbitraria. “El Ministerio del Trabajo siempre está vigilante en materia de realización de derechos y protección de las garantías que emanan del ordenamiento laboral”, afirmó el viceministro en declaraciones al medio citado.

El funcionario precisó que despedir a un trabajador únicamente por el aumento del salario mínimo no es automáticamente ilegal, pero sí puede ser objeto de revisión por parte de la autoridad laboral.
Según Jaramillo Jassir, la invitación del ministerio a denunciar no implica que todo despido relacionado con mayores costos laborales constituya una vulneración de derechos. El objetivo es advertir que los despidos pueden ser controlados administrativa y judicialmente, incluso cuando en principio resultan legales.
Jaramillo Jassir explicó: “Lo que se está advirtiendo es que, si se hace un uso arbitrario de esa facultad de despido, se ponga en conocimiento del Ministerio del Trabajo para que investigue”.
El viceministro detalló que un despido vulnera los derechos del trabajador en casos como el no pago de la indemnización correspondiente, la falta de reconocimiento de cesantías, primas, intereses o vacaciones, la discriminación o el despido de personas con estabilidad laboral reforzada —como personas con discapacidad, prepensionados o mujeres embarazadas—. “Cualquier despido tiene consecuencias: hay que pagar la liquidación completa y la indemnización”, recalcó.
Ante la consulta sobre la situación de empresas o conjuntos residenciales que ya no puedan asumir el costo de un trabajador tras el aumento del salario mínimo, Jaramillo Jassir indicó que el trabajador puede presentar una queja, la cual será investigada por el Ministerio.

Si el empleador demuestra que el despido fue legal y cumplió con todas las obligaciones, no habrá sanción. El viceministro puntualizó: “Si ese despido no tiene ninguna condición de discriminación y se pagó la indemnización, se determinará que es conforme a derecho”.
En cuanto a los despidos colectivos, Jaramillo Jassir enfatizó que cuando una empresa despide a un número significativo de trabajadores —según el tamaño de la planta— debe solicitar autorización previa al Ministerio del Trabajo.
Si se supera el porcentaje establecido por la ley, el despido no es libre y requiere este permiso; de lo contrario, puede declararse nulo. Esta regla aplica principalmente a empresas medianas y grandes y busca evitar despidos masivos sin justificación.

El viceministro reiteró en la entrevista que el mensaje del Ministerio no pretende generar alarma, sino recordar el control institucional existente para evitar abusos. “El ingreso de los trabajadores es vital; de eso depende su subsistencia”, enfatizó Jaramillo Jassir, al destacar el papel del Ministerio como autoridad de policía administrativa encargada de verificar el respeto de los derechos laborales.
Abogado retiró demanda contra el aumento del salario mínimo de 2026
El abogado Germán Eduardo Castro Marín retiró la demanda de nulidad contra el decreto que fijó el salario mínimo para 2026, decisión que atribuyó a supuestas amenazas directas y mensajes de odio recibidos tras la admisión del proceso por el Consejo de Estado.
En un comunicado emitido el 14 de enero de 2026, Castro Marín señaló que la situación puso en riesgo la seguridad de su familia y lamentó el ambiente de intolerancia generado.

La acción judicial, que cuestionaba el Decreto 1469 de 2025 firmado por el presidente Gustavo Petro —con el que se estableció un aumento del 23% en el salario mínimo—, fue presentada tras un análisis técnico de la Ley 278 de 1996 y la jurisprudencia vigente, según explicó el abogado.
En su comunicado, Castro Marín insistió en que la demanda no tenía motivaciones políticas o personales y defendió su derecho a ejercer la profesión en el marco de la ley. El abogado enfatizó que ninguna controversia jurídica justifica poner en riesgo la seguridad familiar y pidió respeto por el papel del litigante en la democracia.
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