Cuota alimentaria 2026: este es el valor máximo fijado para quienes devengan un salario mínimo en Colombia

El valor de la cuota alimentaria en 2026 se ajustó conforme al salario mínimo y al IPC. La obligación depende de las necesidades del menor y la capacidad económica del responsable, según lo establecido por la ley colombiana

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En Colombia, la cuota alimentaria es una obligación legal que deben cumplir los padres o madres que no conviven con sus hijos menores de edad, una figura que se fija tras agotar instancias administrativas o judiciales y que se actualiza de manera anual conforme a variables económicas oficiales.

Miles de personas se encuentran sujetas a este compromiso económico, cuya finalidad es garantizar el bienestar integral de los niños, niñas y adolescentes.

De acuerdo con información publicada por Semana, el monto de la cuota alimentaria para el año 2026 se ajustó teniendo en cuenta el incremento del salario mínimo legal mensual vigente y la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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Este ajuste responde a los parámetros que utilizan jueces, comisarios de familia y conciliadores para determinar el valor que debe consignarse de manera periódica.

La determinación de la cuota alimentaria parte del análisis de dos factores centrales: las necesidades del beneficiario y la capacidad económica de la persona obligada al pago. En el primer caso, se evalúa el nivel de vida que tenía el menor antes de la separación de sus padres, los gastos actuales y aquellos que se prevén de acuerdo con su edad y etapa de desarrollo.

Por ejemplo, los requerimientos de un niño en edad escolar no son los mismos que los de un adolescente que se prepara para ingresar a la educación superior, ya que cambian los costos asociados a educación, alimentación, transporte, salud y actividades complementarias. Estas variables son tenidas en cuenta por la autoridad competente al momento de fijar el monto.

En cuanto a la persona responsable del pago, se revisa su situación económica de manera integral, lo que incluye salario mensual, ingresos adicionales, propiedades, bienes, actividades comerciales y cualquier otra fuente que permita establecer su real capacidad de pago. Este análisis busca que la obligación sea proporcional y acorde con la realidad financiera del obligado.

Según lo reportado por Semana, cuando el ingreso del padre o madre equivale a un salario mínimo, el valor de la cuota alimentaria para 2026 se encuentra directamente relacionado con el aumento decretado por el Gobierno nacional. Para este año, el salario mínimo mensual, sin auxilios, quedó fijado en $1.750.905.

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Con base en ese monto, el tope máximo de la cuota alimentaria corresponde al 50 % del salario mínimo, lo que equivale a $875.452 mensuales. Este porcentaje funciona como un límite legal y no como un valor automático, ya que la cifra final depende de la evaluación particular de cada caso.

Para quienes pactaron el incremento de la cuota con base en la inflación, el ajuste debe realizarse teniendo en cuenta el IPC certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). La entidad informó que la inflación correspondiente al año 2025 fue de 5,10 %, porcentaje que sirve como referencia para la actualización de los pagos en 2026.

El incumplimiento de la cuota alimentaria puede derivar en consecuencias legales. Cuando el responsable no realiza los pagos establecidos, la otra parte puede acudir inicialmente a la autoridad que fijó la obligación para reportar la situación y solicitar las medidas correspondientes.

Adicionalmente, es posible iniciar acciones ante la Fiscalía, instancia encargada de adelantar los procesos penales relacionados con el incumplimiento de obligaciones alimentarias. Estos trámites requieren la presentación de soportes que acrediten la falta de pago.

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En el evento de incumplimiento de la cuota alimentaria, el trámite para iniciar el proceso es acudir ante la Fiscalía General de la Nación y adjuntar los documentos que prueben el incumplimiento, anexando el acta de conciliación o la sentencia del Juez de Familia que fijó la cuota alimentaria, así como las facturas de los gastos de educación, alimentación, salud, etc., relacionados con el menor de edad”, señalan las notarias del país.