
La Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable a la extradición de dos ciudadanos colombianos requeridos por autoridades judiciales de los Estados Unidos para que comparezcan ante cortes federales por delitos asociados al tráfico internacional de drogas y al concierto para delinquir.
Se trata de Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, conocido como alias Chiquito Malo, y de Camilo Esteban Betancourt Rosero, alias Max. En ambos casos, el alto tribunal avaló las solicitudes tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales y fijó condicionamientos que deberán ser observados si el Gobierno nacional concede la entrega.
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Extradición de ‘Chiquito Malo’

En el caso de “Chiquito Malo”, la Corte conceptuó de manera favorable frente a la solicitud presentada por el Gobierno de los Estados Unidos para que sea juzgado ante la Corte Distrital de ese país para el Distrito Sur de Florida, por los delitos de tráfico de drogas ilícitas y concierto para delinquir, de acuerdo con una acusación formal emitida el 28 de junio de 2022.
De acuerdo con la información judicial conocida dentro del proceso, Ávila Villadiego ha sido señalado por las autoridades como integrante del Clan del Golfo, organización criminal vinculada a la producción y envío de cargamentos de cocaína desde la costa norte de Colombia hacia Centroamérica, México y Estados Unidos, mediante el uso de lanchas rápidas y contenedores marítimos.
Dentro de los antecedentes reseñados por la Corte, se indica que el Gobierno de los Estados Unidos había solicitado previamente su arresto provisional con fines de extradición en 2015, a través de una nota verbal remitida por su embajada. Posteriormente, en noviembre de 2022, se presentó una nueva solicitud de arresto y detención con fines de extradición, con base en la acusación radicada ante la corte federal de Florida.
El alto tribunal estableció condicionamientos en caso de que el Ejecutivo conceda la extradición. Entre ellos, que se garantice su permanencia en el país requirente y “el retorno a Colombia en condiciones de dignidad y respeto de ser sobreseído, absuelto, declarado no culpable o eventos similares”, incluso tras el cumplimiento de una eventual pena. Asimismo, precisó que no podrá ser juzgado por hechos distintos a los que motivaron la solicitud ni sometido a sanciones diferentes, y que no podrá imponérsele la pena de muerte.
Caso de Camilo Esteban Betancourt, alias Max

En una decisión separada, la Corte Suprema de Justicia también dio luz verde a la extradición de Camilo Esteban Betancourt Rosero, alias Max, solicitado por el Gobierno de los Estados Unidos para que comparezca ante una corte federal del Distrito Este de Texas. En este caso, el requerimiento se relaciona con delitos de tráfico internacional de drogas, concierto para delinquir y lavado de activos.
De acuerdo con la acusación estadounidense, Betancourt Rosero estaría vinculado presuntamente al lavado de dinero proveniente del narcotráfico y tendría nexos con el cartel de Sinaloa, así como con estructuras asociadas a la Segunda Marquetalia. Según lo expuesto en el proceso, alias Max habría actuado como blanqueador de capitales de una organización señalada de producir grandes volúmenes de cocaína.
La Corte indicó que el procesado aceptó voluntariamente someterse al trámite de extradición simplificada, mecanismo que permite renunciar al procedimiento ordinario siempre que la decisión sea libre, informada y cuente con el respaldo de la defensa y del Ministerio Público. En este caso, la Procuraduría General de la Nación verificó que no se presentaron vulneraciones a sus garantías fundamentales.

Dentro del expediente, se incorporó como soporte del indictment la declaración jurada del agente especial de la Agencia Antidroga de los Estados Unidos (DEA) en Galveston, Sammy A. Parks. En ese documento se señala que una organización denominada Bloque Occidental Alfonso Cano produciría entre 15 y 20 toneladas de cocaína mensualmente y que parte de ese estupefaciente sería enviado a los Estados Unidos a través del cartel de Sinaloa.
Al tratarse de un ciudadano colombiano, el alto tribunal fijó condicionamientos similares a los establecidos en otros casos. La Corte precisó que la decisión final sobre la entrega de Betancourt corresponde al presidente de la República, Gustavo Petro, que deberá evaluar el concepto favorable emitido por el alto tribunal, conforme a las competencias constitucionales y legales vigentes.
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