Vence el plazo para que los partidos y movimientos soliciten anticipos para las consultas interpartidistas de 2026

Según la resolución del CNE, las agrupaciones políticas deberán cumplir con los requisitos legales y presentar las garantías necesarias para acceder a recursos destinados a la campaña presidencial

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El Consejo Nacional Electoral de
El Consejo Nacional Electoral de Colombia fijó el 29 de diciembre de 2025 como fecha límite para solicitar anticipos para financiar consultas presidenciales - crédito Registraduría

Hasta el 29 de diciembre de 2025 está estipulado el plazo para que los partidos y movimientos políticos puedan solicitar anticipos de financiación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), siendo un requisito indispensable para participar en las consultas interpartidistas programadas para el 8 de marzo de 2026.

Según la resolución 11745 de 2025, el órgano electoral definió las condiciones que regirán la entrega de recursos públicos a aquellos que busquen participar en la herramienta de elección previa al proceso presidencial.

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“Los Partidos y Movimientos políticos con personería jurídica, así como para los Grupos Significativos de Ciudadanos, que tengan la intención de participar con sus precandidatos en las consultas presidenciales, deberán allegar a más tardar el 29 de diciembre de 2025 la solicitud de anticipo en la ventanilla única del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales del Consejo Nacional Electoral”, se lee en la normativa.

El recurso podrá ser solicitado hasta por el 80% del monto de financiación estatal asignado, aunque la cifra exacta dependerá de la disponibilidad presupuestal y del valor de recursos recibidos en campañas anteriores para el cargo en cuestión, conforme a lo estipulado en el artículo 22 de la Ley 1475 de 2011.

Entre los requisitos fundamentales se encuentra la obligación de presentar pólizas o garantías bancarias que cubran el valor anticipado en caso de no alcanzar los votos mínimos necesarios para la reposición de gastos.

En cuanto al mecanismo para la entrega, el CNE detalló que el giro solo puede gestionarse a través de los partidos o movimientos políticos y, en el caso de los grupos ciudadanos, mediante un representante designado del comité inscriptor.

“Para el giro de los recursos por concepto de anticipo, los Partidos y Movimientos Políticos, con personería jurídica y Grupos Significativos de Ciudadanos, deberán cumplir con las demás disposiciones establecidas en la Resolución No. 10297 de 2025, incluida la formalización de inscripción de los candidatos para las consultas Presidenciales”, indicó el organismo.

El CNE estableció que los
El CNE estableció que los anticipos se girarán únicamente a través de partidos, movimientos o representantes designados por los grupos de ciudadanos - crédito Colprensa

De forma paralela, la autoridad electoral dispuso la fecha límite para recibir solicitudes de anticipos de los aspirantes a las curules de paz (Citrep), estableciendo que ese plazo también vence el 29 de diciembre, después de una prórroga frente al plazo original del 17 de diciembre.

“Ampliar el plazo previsto en el artículo segundo de la Resolución No.10298 de 2025, para la presentación de la solicitud de anticipo de la financiación estatal por parte de las organizaciones promotoras de listas de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, hasta el 29 de diciembre de 2025”, señaló el CNE.

Así mismo, la corporación detalló que “el número de solicitudes de anticipo presentadas no resultó proporcional a la cantidad de organizaciones promotoras de listas debidamente inscritas para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz”.

Resolución Anticipo de financiación para
Resolución Anticipo de financiación para candidatos a las curules de paz - crédito Captura de Pantalla CNE

Topes de gastos permitidos para candidatos en consultas

Por otra parte, el Consejo Nacional Electoral (CNE) fijó el límite máximo de gasto permitido para las campañas de los candidatos presidenciales que participarán en las consultas interpartidistas previstas para marzo de 2026.

Según la resolución número 12111 de 2025, la entidad electoral establece como tope $18.555.000.000, cifra equivalente a la mitad del monto autorizado para la primera vuelta de las elecciones presidenciales del 2026 y que, al mismo tiempo, supera en $1.200 millones la suma designada para una eventual segunda vuelta.

Esta medida busca anticipar una contienda destacada por controles financieros específicos, según documentó el CNE.

El tope de gastos para
El tope de gastos para candidaturas presidenciales en consultas de marzo de 2026 quedó en $18.555 millones, equivalente al 50% del límite de la primera vuelta - crédito Registraduría

La normativa dispone que el límite de gasto no corresponde a cada aspirante de forma individual, sino que se aplica conjuntamente a cada partido, coalición o grupo significativo de ciudadanos que inscriba a uno o más precandidatos. De esta manera, todos los participantes dentro de una misma colectividad deberán distribuir ese techo de gasto en partes iguales.

“Debe ser gastado de manera conjunta por las campañas que adelanten todos los candidatos del respectivo partido o movimiento político, grupo significativo de ciudadanos o coalición prorrateada a partes iguales entre cada uno de los precandidatos, que sean inscritos y participen en la Consulta a realizarse el 8 de marzo de 2026”, se lee en la resolución.

En cuanto a los incentivos económicos, el organismo regulador determinó que la reposición por cada voto válido en la consulta será de $8.287, monto que recibirán las campañas en función de los resultados.

Del mismo modo, la resolución estipula que cada precandidato dispondrá de hasta tres participaciones en debates organizados por el Canal Institucional y la radiodifusora nacional durante las semanas previas a la jornada electoral.

Según la disposición del tribunal electoral, cada aspirante podrá exponer su programa de gobierno durante cinco minutos y tendrá derecho a una intervención adicional de hasta diez minutos para el discurso de cierre en la semana final antes de la votación; todos los gastos generados por estos espacios deberán cubrirlos las propias colectividades.

La normativa abarca además la regulación de la cantidad máxima de vallas publicitarias, los límites de pauta radial y en prensa escrita, y otros elementos vinculados con la promoción electoral, estableciendo así un marco normativo que, de acuerdo con la documentación del CNE, busca garantizar unas consultas equitativas, transparentes y ajustadas a los estándares legales colombianos.

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