Reforma laboral 2026 fija cuatro permisos remunerados obligatorios para trabajadores y amplía licencias pagadas

La Ley 2466 de 2025 introduce desde 2026 cuatro permisos remunerados obligatorios que deberán conceder los empleadores,

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La reforma laboral aprobada mediante la Ley 2466 de 2025 incorporó una serie de ajustes en materia de contratación y derechos laborales que empezarán a aplicarse desde enero de 2026, entre ellos la creación de cuatro permisos remunerados que deberán ser concedidos por los empleadores a sus trabajadores bajo condiciones específicas establecidas en la norma.

La disposición hace parte de los cambios orientados a regular la relación laboral y a definir nuevas obligaciones para las empresas en Colombia.

De acuerdo con el contenido de la ley, los permisos remunerados quedaron consignados en el artículo 15, dentro del apartado denominado “Obligaciones especiales del empleador”, donde se señala que el trabajador tendrá derecho a ausentarse de sus labores sin afectación salarial cuando se presenten determinadas situaciones personales, familiares o legales, siempre que se cumplan los requisitos previstos.

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FOTO DE ARCHIVO. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambio en Bogotá, Colombia, 11 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González
FOTO DE ARCHIVO. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambio en Bogotá, Colombia, 11 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González

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Uno de los permisos incluidos corresponde a la asistencia a citas médicas, tanto de urgencia como programadas con especialistas.

La norma establece que el trabajador deberá informar previamente al empleador y presentar el certificado correspondiente, requisito que también aplica para los casos relacionados con diagnósticos y tratamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

En este punto, la ley incorpora expresamente lo dispuesto para la atención de la endometriosis, conforme a la Ley 2338 de 2023, integrando este escenario dentro de las licencias remuneradas obligatorias.

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Otro de los permisos reconocidos está relacionado con las obligaciones escolares. La reforma indica que el empleador deberá autorizar la ausencia remunerada cuando el trabajador actúe como acudiente y la asistencia sea requerida de manera obligatoria por la institución educativa. Esta disposición cubre actividades académicas, citaciones formales y otros eventos en los que la presencia del acudiente resulte necesaria, de acuerdo con lo informado por el centro educativo correspondiente.

La decisión fue tomada teniendo en cuenta que "la actividad económica continuó recuperándose a un mayor ritmo de lo esperado" y el "crecimiento económico refleja el fortalecimiento de la demanda interna. En la imagen un registro de archivo del conteo de billetes de cien mil pesos colombianos. EFE/Leonardo Muñoz
La decisión fue tomada teniendo en cuenta que "la actividad económica continuó recuperándose a un mayor ritmo de lo esperado" y el "crecimiento económico refleja el fortalecimiento de la demanda interna. En la imagen un registro de archivo del conteo de billetes de cien mil pesos colombianos. EFE/Leonardo Muñoz

La ley también contempla un permiso remunerado para la atención de citaciones judiciales, administrativas o legales. Este punto incluye diligencias ante autoridades judiciales, entidades administrativas u otros organismos públicos que exijan la comparecencia personal del trabajador. El texto no diferencia entre jurisdicciones ni tipos de proceso, siempre que la citación sea formal y de obligatorio cumplimiento.

Como novedad adicional, la reforma incorpora un permiso vinculado a la movilidad sostenible. Según la disposición, los trabajadores de empresas privadas regidos por el Código Sustantivo del Trabajo podrán acordar con el empleador un (1) día de descanso remunerado por cada seis (6) meses de trabajo, siempre que certifiquen el uso de la bicicleta como medio de transporte para el desplazamiento diario hacia y desde el lugar de trabajo. Este permiso queda sujeto a verificación y a los acuerdos internos entre las partes.

Además de los permisos remunerados, la Ley 2466 de 2025 introdujo otros ajustes que entrarán en vigencia de manera progresiva. Entre ellos se encuentra la reducción de la jornada laboral, que quedará en 42 horas semanales en 2026, así como la redefinición de los horarios de la jornada diurna y nocturna. De acuerdo con la norma, la jornada diurna irá de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., mientras que la jornada nocturna se establecerá entre 7:00 p. m. y 6:00 a. m. del día siguiente, con la aplicación de los recargos correspondientes.

La reforma también dispuso que el contrato a término indefinido sea la forma general de vinculación laboral, y eliminó el pago por horas, al establecer que el salario mínimo será el punto de partida para cualquier relación laboral. En el caso de los aprendices del SENA, se definió que contarán con contrato laboral, recibirán el 75 % del salario mínimo durante el primer año y el 100 % en el segundo, además de acceso a seguridad social y ARL.

Otras medidas incluidas son la obligación de contratar formalmente a trabajadores del servicio doméstico, el pago del 100 % de recargo por trabajo en domingos y festivos, el reconocimiento de un salario mínimo legal mensual a los estudiantes de carreras en salud durante su internado, y la exigencia a las plataformas de reparto de garantizar seguridad social y riesgos laborales. Los teletrabajadores también recibirán un subsidio de conectividad, según lo establecido en la ley.

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