Consejo de Generales de la Reserva habría puesto en duda la imparcialidad de la JEP tras condena a coronel Publio Mejía por falsos positivos

Oficiales retirados del Ejército habrían advertido presuntos desequilibrios en la justicia transicional y un trato diferenciado a miembros de la Fuerza Pública frente a otros actores del conflicto armado

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Sede de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tribunal que investiga y juzga los crímenes más graves cometidos en el desarrollo del conflicto armado colombiano - crédito Europa Press
Sede de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), tribunal que investiga y juzga los crímenes más graves cometidos en el desarrollo del conflicto armado colombiano - crédito Europa Press

El Consejo de Generales de la Reserva del Ejército Nacional habría cuestionado las actuaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) frente a miembros de la Fuerza Pública, al considerar que podrían estarse presentando desequilibrios procesales en comparación con el tratamiento otorgado a otros actores del conflicto armado.

De acuerdo con el medio Semana, la postura se conocería tras la condena de 20 años de prisión impuesta al coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez, por 72 casos de ejecuciones extrajudiciales ocurridos entre 2002 y 2005 en el Batallón de Artillería No. 2 La Popa, en Valledupar.

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De acuerdo con esa interpretación, el Consejo de Generales de la Reserva habría advertido que algunas decisiones del tribunal de paz estarían afectando principios constitucionales como la igualdad material, la uniformidad procesal y la seguridad jurídica, en especial cuando se trata de oficiales de alto rango.

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Según esa lectura, la justicia transicional estaría concentrando su accionar en mandos militares, con el objetivo de declararlos “máximos responsables” dentro de los macrocasos, aun cuando —según la organización— no siempre existirían pruebas directas de órdenes explícitas para cometer los crímenes.

Juicio Adversarial Transicional de la JEP contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez - crédito JEP
Juicio Adversarial Transicional de la JEP contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez - crédito JEP

La inquietud del Consejo se habría centrado en la aplicación de figuras jurídicas como la coautoría mediata y la construcción de patrones de macrocriminalidad, herramientas que —a su juicio— podrían ampliar de forma excesiva la responsabilidad penal de quienes ejercieron funciones de comando en contextos operacionales complejos.

En ese sentido, los generales en retiro habrían señalado que este enfoque corre el riesgo de diluir responsabilidades individuales y de trasladar al nivel estratégico conductas que, según su versión, deberían analizarse caso por caso.

El pronunciamiento habría surgido luego de que la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz concluyera que Mejía Gutiérrez fue penalmente responsable como coautor mediato de un patrón sistemático de ejecuciones extrajudiciales, articulado mediante alianzas con estructuras paramilitares y prácticas institucionales que privilegiaban el número de bajas como indicador de éxito operacional.

La sentencia calificó los hechos como crímenes de guerra y de lesa humanidad y los caracterizó dentro de un aparato organizado de poder que operó de manera sostenida durante varios años.

El riesgo de pactos de no agresión entre funcionarios y estructuras armadas representa una amenaza directa a la seguridad nacional de Colombia - crédito composición fotográfica
Oficiales en retiro han cuestionado decisiones recientes de la justicia transicional contra integrantes del Ejército - crédito composición fotográfica

Los hechos investigados se habrían producido cuando el Batallón de Artillería No. 2 La Popa tenía jurisdicción en amplias zonas del Cesar y parte de la Sierra Nevada de Santa Marta, una región estratégica por la presencia de guerrillas, estructuras paramilitares y corredores del narcotráfico.

Según lo documentado por la JEP, durante ese periodo la unidad militar habría operado en coordinación con el frente Mártires del Cesar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), mediante un esquema en el que civiles eran señalados, retenidos o asesinados y posteriormente presentados como bajas en combate.

De acuerdo con la reconstrucción judicial, las víctimas del Batallón La Popa habrían sido en su mayoría campesinos, jóvenes en condición de vulnerabilidad, así como integrantes de comunidades indígenas y afrodescendientes, quienes fueron reportados falsamente como combatientes muertos en enfrentamientos inexistentes.

La Popa
Instalaciones del Batallón de Artillería No. 2 La Popa, en Valledupar, unidad vinculada a investigaciones por falsos positivos durante el conflicto armado - crédito red social X

El tribunal también habría identificado prácticas sistemáticas de encubrimiento, como la manipulación de informes operacionales, la alteración de escenas y la obstrucción de investigaciones en la justicia penal militar y ordinaria.

Desde la óptica del Consejo de Generales de la Reserva, este caso podría evidenciar una asimetría en las sanciones dentro del sistema transicional.

Como ejemplo, habrían recordado que militares de menor rango adscritos al Batallón La Popa, que reconocieron su participación en más de 135 falsos positivos, recibieron sanciones restaurativas de ocho años, mientras que el entonces comandante de la unidad, al no aceptar responsabilidad, fue condenado a la pena máxima prevista por la JEP.

Aunque el tribunal ha sostenido que esta diferencia responde al régimen de condicionalidad y al reconocimiento de verdad, los oficiales retirados habrían considerado que el contraste refuerza la percepción de un trato desigual.

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