El Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá ha dado curso a un incidente de desacato presentado contra el presidente Gustavo Francisco Petro Urrego.
La acción fue interpuesta el 1 de diciembre de 2025 por Jaime Miguel González Montaño, que, a través de su apoderado, denunció el presunto incumplimiento de una orden judicial emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda-Subsección “F”.
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El origen de este proceso se remonta al fallo del 11 de noviembre del presente año, en el que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó una sentencia previa dictada el 2 de octubre de ese mismo año por el propio Juzgado Veinticuatro Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá.
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En esa decisión, el tribunal concedió el amparo de los derechos fundamentales de Jaime Miguel González Montaño, exgerente de Coosalud: la honra, el buen nombre, el debido proceso y la presunción de inocencia, según consta en la providencia.
Como parte de las medidas ordenadas, el tribunal dispuso que el presidente Gustavo Francisco Petro Urrego debía, en un plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la sentencia, retractarse y presentar excusas públicas al accionante por declaraciones realizadas en una fecha de noviembre de 2025, difundidas a través de una red social.

El incidente de desacato radicado por Jaime Miguel González Montaño busca que se haga efectivo el cumplimiento de la orden judicial, ante la presunta omisión del presidente en retractarse y ofrecer las disculpas públicas exigidas por el tribunal.
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La orden judicial especifica que el presidente debe abstenerse de emitir mensajes o manifestaciones públicas contra Jaime Miquel González Montaño a través de cualquier medio bajo su titularidad o el de la Presidencia de la República, así como evitar la publicación de contenidos que vulneren los derechos fundamentales del accionante.
El tribunal subraya que el pronunciamiento de retractación y excusas debe realizarse en el mismo formato en que se difundieron las afirmaciones originales, es decir, mediante la red social X y una alocución presidencial, según corresponda.

El expediente revisado por el tribunal, junto con el escrito presentado por el apoderado de Jaime Miquel González Montaño, permitió concluir que el presidente no ha dado cumplimiento al mandato judicial. Por ello, antes de iniciar un incidente de desacato, la autoridad judicial ha requerido formalmente a Gustavo Francisco Petro Urrego para que detalle las actuaciones realizadas en cumplimiento de la sentencia.
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La declaración objeto de controversia, difundida el 6 de noviembre de 2024 a través de la red social X, hacía referencia a presuntas irregularidades en la EPS Cooraind, señalando: “Se ha descubierto que en EPS Cooraind, para exmuer dimeres de la Nachés, y enviarles a peranan fhealer en el exterior. El método se detecta desde el año 2020. Las asesores de asta EPS privada y na interventia, fecim zus survicios a atras EPS IPS para hacer lo ntima”.

El tribunal ha reiterado que el presidente debe informar sobre las acciones adoptadas para cumplir con la orden de retractación y excusas públicas, así como abstenerse de cualquier manifestación que pueda afectar los derechos de Jaime Miquel González Montaño.
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Situaciones como estas, ya ha tenido relevancia anteriormente, pues el sistema judicial a le ha solicitado al jefe de Estado que haga rectificaciones, pida disculpa, y/o corrija algunas imprecisiones en sus mensajes, por lo que han sido varias las órdenes que ha recibido de corregir varias de sus intervenciones, no obstante, en ocasiones ha hecho caso omiso, desacata la orden y cuentan con los mensajes desatinados, que continúan vulnerando el buen nombre de las personas que lo han acusado y por las que se han emitido dichas determinaciones.
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