
La defensa de Santiago Uribe Vélez radicó ante el Tribunal Superior de Antioquia un recurso de impugnación especial luego de que esa corporación revocara la absolución emitida en noviembre de 2024 y condenara al procesado a 28 años y 3 meses de prisión por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir, dentro del expediente por el caso del grupo conocido como “Los 12 Apóstoles”.
El escrito fue presentado por el abogado Jaime Enrique Granados Peña, que actúa como defensor de Uribe Vélez. En la comunicación dirigida a la Sala de Decisión Penal, Granados informó que acudía “a fin de interponer impugnación especial en contra de la sentencia proferida por la Sala, el pasado 25 de noviembre de 2025, dentro del asunto de la referencia”.
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En el recurso, dirigido al magistrado René Molina Cárdenas, el abogado reiteró la necesidad de obtener “lo más pronto posible, el link de acceso al expediente digital”, con el fin de preparar la sustentación del mecanismo extraordinario.
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La defensa había anticipado que se acogería a este recurso tras la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Antioquia, cuando la corporación decidió, por unanimidad, revocar la absolución que favorecía a Uribe Vélez y declarar su responsabilidad en la conformación y liderazgo del grupo armado ilegal.
En un comunicado previo, el equipo jurídico señaló que consideraba la decisión como “injusta de un ciudadano inocente” y anunció que, “dentro de los términos y canales legales, la defensa técnica y material de Santiago Uribe Vélez interpondrán y sustentarán la impugnación especial a fin de que el caso sea conocido por la honorable Corte Suprema de Justicia”.
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¿Qué sigue tras la interposición del recurso?
La impugnación especial es un mecanismo extraordinario que procede contra sentencias de segunda instancia y cuya competencia recae en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Con la radicación del recurso, el Tribunal Superior de Antioquia deberá remitir el expediente a esa instancia, solo si se cumplan los requisitos de admisibilidad.
Dado que el tribunal negó la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria, la orden de captura se emitirá cuando la sentencia quede en firme. Mientras tanto, se deberá verificar que el recurso cumpla con las condiciones legales para ser enviado a la Corte Suprema, a donde llegarán también las pruebas y los elementos que sirvieron de base para la condena.
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Alcances del fallo que ahora podría ser objeto de revisión

En su decisión de 307 páginas, el Tribunal Superior de Antioquia sostuvo que existía “certeza racional acerca de la responsabilidad penal en cabeza de Santiago Uribe Vélez en la conformación y dirección del grupo criminal” en el norte de Antioquia durante la primera mitad de la década de 1990. Además, señaló que “existen múltiples menciones y señalamientos” sobre la presunta participación de Uribe Vélez en actividades del grupo, así como referencias a la hacienda La Carolina como punto de reunión y entrenamiento de hombres armados.
La sentencia también revocó las conclusiones del juzgado de primera instancia, al considerar que este no valoró integralmente los testimonios que mencionaban al procesado como líder o miembro principal del grupo ilegal, ni el resto del acervo probatorio.
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En paralelo, el tribunal compulsó copias a la Fiscalía para investigar los homicidios atribuidos al grupo Los 12 Apóstoles, señalando en el fallo que “se ordenará que se realicen las investigaciones correspondientes a fin de determinar la posible responsabilidad penal de Santiago Uribe Vélez en todas las muertes presuntamente cometidas por el aparato organizado de poder que dirigió”.

La decisión final sobre el recurso extraordinario dependerá entonces, primero, de la admisión en el Tribunal Superior de Antioquia, y posteriormente en su curso ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que deberá determinar si confirma, modifica o revoca la sentencia emitida en segunda instancia.
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