Juicio Nicolás Petro: defensa del hijo del presidente, podrá usar documentos, declaraciones de Day Vásquez y otros archivos clave como pruebas

El juicio contra el exdiputado del Atlántico se reanudará el 16 de diciembre de 2025

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Defensa del hijo del presidente, podrá usar documentos, declaraciones de Day Vásquez y otros archivos clave como pruebas - crédito @nicolaspetrob/@dayvasquezcdd/Instagram/captura de video @HombreJurista/X
Defensa del hijo del presidente, podrá usar documentos, declaraciones de Day Vásquez y otros archivos clave como pruebas - crédito @nicolaspetrob/@dayvasquezcdd/Instagram/captura de video @HombreJurista/X

La estrategia de la defensa de Nicolás Petro Burgos recibió un impulso decisivo tras la decisión del juez Segundo Especializado de Barranquilla, Hugo Carbonó, que autorizó la incorporación de una serie de pruebas documentales y testimoniales en el juicio oral que enfrenta el exdiputado, acusado por la Fiscalía General de la Nación de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

Este avance procesal permitirá a los abogados de Petro desplegar nuevos argumentos para cuestionar la acusación y buscar demostrar la legalidad de los ingresos del procesado.

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Durante la audiencia celebrada el 28 de noviembre de 2025, el juez Carbonó admitió informes y documentos que abarcan desde movimientos migratorios hasta registros financieros de Nicolás Petro Burgos, incluyendo declaraciones de renta y certificados expedidos por la Asamblea del Atlántico.

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Audiencia preparatoria del juicio contra Nicolás Petro, en la que el juez decidió admitir como prueba el celular entregado por Day Vásquez a la Fiscalía - crédito Audiencia Nicolás Petro
El juicio contra el exdiputado del Atlántico se reanudará los días 16 y 19 de diciembre de 2025 - crédito Audiencia Nicolás Petro

El magistrado explicó que estos elementos, agrupados en lo que la defensa denomina “bloque cuatro”, resultan relevantes para la hipótesis de la defensa, que sostiene la licitud de los ingresos del exdiputado. En palabras de Carbonó, “los elementos probatorios y anexos corresponden a los que se ha denominado, en el orden interno, el bloque cuatro. Resultan pertinentes estas pruebas correspondientes al bloque cuatro, desde la perspectiva de la teoría de la defensa, en lo concerniente, exactamente, a una presunta licitud de los ingresos del procesado, en su teoría, en lo cual se vale de la trazabilidad de actividades económicas del mismo”.

El juez consideró que la pertinencia de estas pruebas radica en su potencial para demostrar la ausencia de los denominados verbos rectores en la conducta atribuida a Petro Burgos, es decir, los elementos esenciales que configuran los delitos imputados. Carbonó precisó: “Siendo que, en el juicio, también le servirán para controvertir elementos de pruebas y exámenes periciales de los cuales la Fiscalía se valió y los traerá a juicio. Desde esa perspectiva, el juzgado los encuentra pertinentes y conducentes”.

Day Vásquez realizó varias entrevistas con medios de comunicación sobre las presuntas actividades ilícitas de Nicolás Petro - crédito Carlos Ortega
Day Vásquez realizó varias entrevistas con medios de comunicación sobre las presuntas actividades ilícitas de Nicolás Petro - crédito Carlos Ortega

Otro aspecto relevante de la audiencia fue la aceptación de las declaraciones de Daysuris Vásquez, exesposa de Nicolás y considerada testigo clave en el proceso. La defensa podrá utilizar sus manifestaciones públicas, tanto en medios de comunicación como en redes sociales, para intentar impugnar su credibilidad, refrescar su memoria y evidenciar posibles contradicciones. Entre los medios citados por la defensa se encuentran W Radio, Semana y Los Informantes, además de las declaraciones que Vásquez rindió ante la Fiscalía.

Por otro lado, el juez Hugo Carbonó admitió el escrito de acusación contra Daysuris Vásquez por una posible violación de datos personales. Además, se aceptó la participación de varios testigos clave, entre ellos Máximo Noriega Rodríguez —cuyas declaraciones extrajudiciales también serán consideradas—, Samuel Santander Lopesierra y Laura Ojeda.

¿Qué pruebas fueron excluidas del caso?

El juez de Barranquilla admite como testigos a varios cantantes vallenatos en el caso de Nicolás Petro Burgos - crédito Colprensa
El principio de oportunidad entre Petro y la Fiscalía fue excluido - crédito Colprensa

El desarrollo del proceso judicial contra Nicolás Petro Burgos también experimentó un giro relevante cuando el juez Hugo Carbonó definió el conjunto de pruebas que serian excluidas en la etapa final del juicio.

Entre las decisiones más destacadas figura el descarte de todo lo relacionado con el fallido principio de oportunidad entre el hijo del presidente colombiano y la Fiscalía General de la Nación, lo que implica que no se considerará el interrogatorio en el que Nicolás reconoció su responsabilidad en los delitos imputados, ni su admisión de haber recibido fondos de Turco Hilsaca y Hombre Marlboro para la campaña Petro Presidente 2022.

La determinación del juez también dejó fuera otros elementos probatorios. No serán tenidos en cuenta los certificados emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los cuales afirmaban que Nicolás Petro no realizó aportes a la campaña presidencial de 2022. De igual manera, se excluyó la prueba pericial psiquiátrica que hacía referencia a una supuesta mendicidad crónica de Day Vásquez.

Luego de determinar el material probatorio que será usado en el proceso legal, el juez Carbonó anunció que el juicio contra el exdiputado del Atlántico se reanudará los días 16 y 19 de diciembre de 2025.

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