El abogado Alejandro Carranza, defensor del presidente Gustavo Petro, solicitó al Consejo de Estado revocar el fallo que restringió las alocuciones del mandatario.
En un documento de doce páginas, revelado por W Radio y Semana, el abogado Carranza indicó que la decisión del alto tribunal “puede erigirse un filtro administrativo sobre la palabra presidencial, con capacidad de encender o apagar en tiempo real la comunicación del jefe de Estado, y si ese filtro es compatible con la Constitución, con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con la propia jurisprudencia interamericana”.
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Para la defensa de Petro, “la sentencia condiciona el ejercicio de su libertad de expresión a la autorización previa de un órgano administrativo, lo expone al riesgo permanente de que su voz sea interrumpida en vivo por una entidad técnica y, en la práctica, somete una función esencial del mandato presidencial a comunicar, explicar, rendir cuentas— al permiso de una autoridad no electa”.

Alejandro Carranza aseguró que la decisión del Consejo de Estado no “reguló un formato de comunicación”, sino una supuesta alteración en el equilibrio de poderes.
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Además, señaló que la sentencia convierte a la Comisión de Regulación y Comunicaciones (CRC) como un “tribunal de alocuciones presidenciales”.
“La sentencia convierte a la CRC, creada como regulador económico y técnico del sector de las TIC, en una especie de ‘tribunal de alocuciones presidenciales’, con poder para decidir si el Presidente puede dirigirse al país por televisión y hasta cuándo puede hacerlo”, se lee en el recurso presentado por Alejandro Carranza, revelado por W Radio y Semana.
La defensa del presidente Gustavo Petro sostuvo que la decisión judicial se fundamenta en una apreciación poco sólida de los hechos, ya que al emplear el término “uso desmedido” en relación con las alocuciones no se define de manera clara qué significa “desmedido” ni se establece un parámetro de comparación.
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Carranza señaló que la CRC actuó más allá de sus atribuciones, incurrió en censura previa, vulneró los derechos políticos del presidente y sobrepasó los límites de la tutela que falló en su contra. Por este motivo, la defensa solicita la nulidad de esa sentencia.

En su decisión, el Consejo de Estado indicó que se produjo una afectación al derecho fundamental a la información en las tutelas presentadas por algunos ciudadanos en relación con las alocuciones del mandatario.
Por tal motivo, el alto tribunal ordenó a la Comisión de Regulación y Comunicaciones (CRC) implementar mecanismos de control previo sobre estas intervenciones, con la capacidad de rechazarlas o interrumpirlas en tiempo real.
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Las limitaciones que impuso el Consejo de Estado
La Sección Tercera del Consejo de Estado fijó condiciones precisas para que el presidente Gustavo Petro pueda realizar alocuciones oficiales. Estas directrices deberán ser supervisadas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
Entre los principales requisitos figura la obligación de que cada intervención presidencial cuente con una justificación clara, relacionada con situaciones urgentes. Además, la frecuencia de estas alocuciones no debe convertirse en una práctica habitual por parte del mandatario.

Otro criterio destacado establece que la intervención debe concentrarse en temas y marcos de tiempo bien definidos. La solicitud presentada ante la CRC debe especificar con exactitud el tema a tratar, sin recurrir a generalidades. También es imprescindible precisar la hora exacta de inicio y finalización, asegurando que la duración no sea excesiva.
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Tras conocerse la decisión, el presidente Petro expresó en su cuenta de X que considera esta medida un acto de censura y recordó la importancia de defender la libertad de expresión, principio consagrado en la Constitución.
Según Petro, la actuación del Consejo de Estado podría afectar el historial de defensa de derechos fundamentales y la vigencia de la Constitución de 1991.
“Ojalá al Consejo de Estado no se le ocurra dejar su historia, que comenzó, en el caso mío, reivindicando la convención americana de derechos humanos, y tome la historia del consejo que dicta la censura en Colombia. Juramos que respetaríamos la constitución de 1991 (sic)”, señaló.
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