
Debido a las similitudes que tiene en varios aspectos con el caso Andrés Colmenares, todo lo ligado al asesinato del estudiante Jaime Esteban Moreno se ha convertido en un tema al que los colombianos le están dando seguimiento.
Ricardo Rafael González Castro, segundo capturado por golpear hasta morir a Moreno Jaramillo, se declaró inocente por el cargo de homicidio agravado en condición de coautor que le imputó la fiscalía.
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Esta decisión ha generado interés porque es lo mismo que realizó el otro implicado en el crimen, Juan Carlos Suárez Ortiz, que tampoco aceptó los cargos en su contra.
Debido a que juristas han mencionado que la fiscalía ha cometido varios errores en el caso, se presume que la decisión de no asumir su responsabilidad por el asesinato sería una estrategia marcada por parte de las defensas de González Castro y Suárez Ortiz.

Que habría detrás de la decisión de no aceptar cargos
En diálogo con Infobae Colombia, el abogado penalista Rogelio Roldán tomó la postura de defensor para explicar lo que pueden estar pensando los representantes de los agresores de Jaime Esteban Moreno Jaramillo.
Para Roldán, lo primero que se debe tener en claro es que si los imputados no tienen antecedentes de gravedad, es posible que puedan aspirar a tener una rebaja de la pena final.
“Si yo fuera el defensor de los posibles atacantes, yo tomaría en cuenta diversas estrategias en las que se debe tener en cuenta el panorama fiscal, que los rotuló con el cargo de homicidio agravado, que podría tener una pena de 33 a 50 años. La pregunta que se debe tener es la de ir a juicio o aceptar un preacuerdo, lo segundo es bueno si no tienen cargos o antecedentes y con ello el juez se movería en la pena mínima”.
Si el proceso sigue ligado a la acusación de homicidio agravado y los imputados hubieran aceptado los cargos, Roldán explicó que podrían haber recibido un castigo de 16 años de prisión.

Sin embargo, luego de analizar los videos que se han expuesto sobre el caso, el jurista indicó que no considera que exista una intención marcada de asesinar a la víctima, por lo que la defensa estaría buscando que el crimen sea tipificado como un homicidio preterintencional.
“Después de haber visto el video, vemos que todo se generó en el entorno de una riña, en la que le conectaron algunos golpes. Allí se deben analizar los puntos del homicidio como conducta independiente y los que se diferencian de los demás tipos. La principal diferencia es la intención del sujeto activo, la intención va en buscar un objetivo que es matar”.
Debido a que no se ha hablado ampliamente sobre esa categorización del crimen, Rogelio Roldán explicó lo que se debe tener en cuenta para ello y los posibles castigos.
“Preterintencional es de causar una lesión, pero por falta de prever mejor, o una causa ajena, el resultado fue más allá. La intención nunca fue la de matar y la pena se vería disminuida en unas proporciones, de una tercera parte a la mitad. Sería de 16.5 a 33 años, o si es simple, sería de ocho a 25 años”.

Sobre lo que podría seguir en el caso, el penalista anticipó una negociación entre la defensa y la fiscalía para que se maneje una imputación por homicidio preterintencional en el que la pena final, si los agresores aceptan cargos, sería de menos de nueve años de cárcel.
“Aún no se ha hecho la acusación, entre defensa y fiscalía pueden llegar a diferentes acuerdos, incluso se puede hacer un ajuste de legalidad para retirar los cargos de homicidio agravado y dejarlo en preterintencional, que si es aceptada con un preacuerdo tendrán la rebaja ya mencionada de hasta el 50%”.
Por último, desde su experiencia afirmó que si la fiscalía no retrocede y el juicio se maneja desde un homicidio agravado, hay posibilidades, en caso de que la defensa se maneje bien, de que el caso termine con algún tipo de absolución.
“Si la fiscalía no tiene voluntad de negociar, la opción que queda es tener un juicio oral, en el que la defensa desdibujará la intención dirigida de la situación, si no se demuestra la intención, ese homicidio terminará en preterintencional o una absolución en la que el despacho llegaría a una conducta menor de la que busco inicialmente la fiscalía”.
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