Abren incidente de desacato contra Gustavo Petro: no se retractó de señalamientos contra el fiscal que investigó a su hijo Nicolás Petro

Una jueza de Bogotá inició un incidente de desacato contra el presidente colombiano tras la denuncia del fiscal Mario Burgos, que reclamó por una retractación incompleta respecto a señalamientos del mandatario

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Gustavo Petro, presidente de Colombia (2022-2026) - crédito Luisa González/REUTERS
Gustavo Petro, presidente de Colombia (2022-2026) - crédito Luisa González/REUTERS

La jueza Tania Inés Jaimes Martínez admitió un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro, a partir de la solicitud del fiscal delegado Mario Andrés Burgos Patiño, adscrito a la Unidad de Delitos Ambientales.

El proceso responde al presunto incumplimiento de una orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que pedía al mandatario retractarse de declaraciones en contra del fiscal Burgos Patiño.

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Noticias RCN reveló el documento judicial que instruye “admitir el incidente de desacato formulado por el accionante Mario Andrés Burgos Patiño en contra de Gustavo Francisco Petro Urrego, presidente de la República”.

Fiscal Mario Andrés Burgos
Fiscal Mario Andrés Burgos fue la persona que investigó a Nicolás Petro - crédito Fiscalía

“PRIMERO: Admitir el incidente de desacato formulado por el accionante Mario Andrés Burgos Patiño, fiscal 52 delegado ante el Tribunal, adscrito a la Unidad de Delitos Ambientales, en contra de Gustavo Francisco Petro Urrego, presidente de la República”, se lee en el documento.

La providencia ordena dar traslado al jefe de Estado, fijando un plazo de tres días para que presente las explicaciones que considere pertinentes.

“SEGUNDO: CORRER TRASLADO de conformidad con lo establecido en el artículo 129, inciso 3º del C.G.P. del escrito presentado por el accionante, a la parte accionada para que en el término de tres (3) días manifieste lo que estime conveniente. El traslado se surtirá mediante auto que debe salir en estado el día 28 de agosto de 2025 y auto de obedecimiento por el notificador a despacho”, se lee en el documento revelado por el citado medio.

El fallo también dispone la notificación personal a Petro para que “cumpla cabalmente el fallo de tutela” en un periodo de dos días desde la notificación. Además, advierte que, en caso de inobservancia, el presidente puede ser sancionado con arresto o multa conforme al artículo 27 del decreto 2591 de 1991.

“TERCERO: NOTIFICAR PERSONALMENTE al señor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO en su calidad de PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA para que haga cumplir cabalmente el fallo de tutela, dentro de los dos días siguientes a la notificación de este auto de 2020″, se lee en el documento.

Documento - crédito @NoticiasRCN/X
El fallo también dispone la notificación personal a Petro para que “cumpla cabalmente el fallo de tutela” en un periodo de dos días desde la notificación - crédito @NoticiasRCN/X

La jueza instruyó que se fije el estado en secretaría, se notifique y se continúen las diligencias procesales vinculadas al incidente.

El presidente Gustavo Petro ya había publicado una declaración en la que acataba una orden judicial que le exige retractarse por llamar “narcofiscal” a Mario Andrés Burgos Patiño, integrante de la Fiscalía General de la Nación.

A pesar de cumplir con la disposición, Petro mantuvo sus críticas tanto hacia la Fiscalía como hacia el funcionario, a quien volvió a señalar por presuntas omisiones en investigaciones importantes.

La orden de retractación fue emitida por el Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá y confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que determinó que las afirmaciones del presidente afectaron los derechos al buen nombre, honra, dignidad e integridad de Burgos.

En su mensaje de retractación, Petro reconoció la presunción de inocencia del fiscal Burgos y acató la decisión del Tribunal de Cundinamarca - crédito @petrogustavo/X
En su mensaje de retractación, Petro reconoció la presunción de inocencia del fiscal Burgos y acató la decisión del Tribunal de Cundinamarca - crédito @petrogustavo/X

El tribunal afirmó que la libertad de expresión no es ilimitada y subrayó que el presidente no puede imputar delitos sin respaldo probatorio, ya que sus declaraciones influyen en la percepción pública sobre el sistema judicial.

En el comunicado, Petro reconoció que Burgos cuenta con investigaciones, pero carece de condenas o sanciones en su contra y está amparado por la presunción de inocencia, conforme a la Constitución.

Sin embargo, el presidente sostuvo que sus palabras anteriores fueron opiniones críticas dentro del debate democrático y el control político que ejerce su cargo, reiterando su respeto por la independencia judicial.

Petro también cuestionó los límites impuestos a su derecho de dirigirse a la nación, haciendo referencia a la coexistencia de órdenes judiciales contradictorias: una que le obliga a retractarse públicamente y otra que restringe sus intervenciones presidenciales salvo en casos de urgencia nacional.

Planteó si resulta proporcional limitar la voz del jefe de Estado en asuntos referidos a la justicia y advirtió sobre el riesgo de censura institucional. Defendió su obligación de informar con transparencia y aclaró que durante su gobierno no se ha censurado a la prensa ni restringido la libertad de expresión, subrayando la importancia del debate público para la democracia.

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