El Tribunal Superior de Bogotá revocó este martes 21 de octubre la condena por soborno en actuación penal que pesaba sobre el expresidente Álvaro Uribe Vélez, en el proceso relacionado con el exparamilitar Carlos Enrique Vélez Ramírez.
La decisión, que representa un giro en uno de los casos judiciales más seguidos de Colombia, se fundamentó en la ausencia de pruebas que vincularan a Uribe como determinador del delito y en la falta de dolo directo, según detallaron los magistrados. Además, el tribunal ordenó abrir una investigación contra Vélez Ramírez por posible falso testimonio.
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La diligencia, que se realizó de manera virtual para las partes y presencial para los magistrados, puso en primer plano el papel de testigos como Carlos Enrique Vélez y Juan Guillermo Monsalve, cuyas declaraciones han sido determinantes en el proceso.
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La audiencia representa un momento decisivo en un caso que ha sacudido los cimientos de la justicia y la política colombiana.

La sesión, que comenzó a las 8:02 a.m., dirigida por los magistrados Manuel Antonio Merchán, Alexandra Ossa y Leonor Oviedo, quienes asumieron la responsabilidad de analizar la sentencia emitida en primera instancia por la jueza Sandra Liliana Heredia.
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En su fallo, la jueza Heredia concluyó que Uribe, a través de su abogado Diego Cadena, ofreció dádivas a internos como Monsalve y Vélez, con el objetivo de que se retractaran de sus declaraciones que lo vinculaban con la creación del bloque ‘Metro’ de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
La fiscal Marlenne Orjuela, de acuerdo con lo recogido por El Tiempo, logró demostrar que estos ofrecimientos buscaban alterar el curso de la justicia.
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Durante la audiencia, el magistrado Merchán precisó que el análisis se centraría en tres aspectos fundamentales: las solicitudes de nulidad presentadas por la defensa, las exclusiones de pruebas solicitadas y la determinación final sobre la culpabilidad de Uribe.
El Tribunal también dejó claro que el término prescriptivo del caso no se había extinguido, ya que el pasado 10 de octubre la Sala Penal abordó el expediente y adoptó una decisión al respecto.
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La decisión del tribunal no solo absolvió a Uribe del delito de soborno en actuación penal en el evento de Vélez Ramírez, sino que también ordenó investigar a este último por posible falso testimonio.
Además, la absolución se extendió a los hechos relacionados con Eurídice Cortés Velasco, alias Diana. No obstante, aún queda pendiente la decisión final sobre el delito de fraude procesal, por lo que el proceso judicial continúa abierto.
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El magistrado Merchán explicó que “las pruebas practicadas no acreditan el vínculo doloso exigido para calificar a Álvaro Uribe Vélez como determinador de una conducta punible”.
El tribunal consideró errónea la aplicación del dolo eventual en la condena de primera instancia, ya que la figura de la determinación penal exige dolo directo.
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La sala advirtió que “la aplicación del dolo eventual como fundamento de la condena constituye un yerro dogmático, pues la figura de la determinación penal exige dolo directo”.

Por el momento, no se han reportado públicamente otros cargos del proceso original que hayan sido confirmados en su contra tras esta audiencia. La decisión deja sin efecto la condena inicial e inhabilitación para ejercer cargos públicos. La Fiscalía aún tiene la opción de apelar la decisión ante la Corte Suprema de Justicia.
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Finalmente, la investigación contra Álvaro Uribe por soborno se inició en 2018 cuando la Corte Suprema de Justicia detectó posibles intentos de influir en testigos presos, como Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez, a través del abogado Diego Cadena.
El caso surgió tras la decisión de la Corte de archivar una denuncia presentada por Uribe contra el senador Iván Cepeda por presunto uso de testigos falsos.
En lugar de continuar con esa acusación, el tribunal abrió un proceso contra el expresidente, luego de que Cepeda aportara pruebas que lo vinculaban con la conformación de grupos paramilitares.
Según la acusación, los testigos habrían recibido beneficios o presiones para modificar sus declaraciones y favorecer a Uribe, hechos que podrían constituir soborno en actuación penal y fraude procesal.
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