La determinación del Tribunal Superior de Bogotá de declarar ilegales las interceptaciones telefónicas contra el expresidente Álvaro Uribe y el abogado Diego Cadena ha cobrado especial relevancia dentro del contexto judicial colombiano. Esta decisión, emitida el 21 de octubre de 2025, llevó a la absolución del expresidente Uribe del cargo de fraude procesal, eliminando así el segundo proceso penal importante que enfrentaba el exmandatario.
En la sentencia, el Tribunal fundamentó la nulidad de las grabaciones utilizadas por la Fiscalía, aduciendo su obtención irregular y, por tanto, su invalidez como pruebas en el proceso. Esta resolución conlleva que, según la instancia judicial, la inocencia de Álvaro Uribe en los hechos que se le atribuían quedó plenamente ratificada.
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El abogado Víctor Mosquera, defensor de Uribe Vélez, celebró el fallo y subrayó que, desde 2018, la defensa había advertido sobre la existencia de una grave violación al derecho a la privacidad del exmandatario, una situación que fue documentada por organismos internacionales de derechos humanos.
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Según Mosquera, el relator especial para la independencia de jueces y abogados de Naciones Unidas alertó al Estado colombiano sobre estas irregularidades. Además, doctrinantes como Sergio Marquicio y Matías Herdegen, junto a otros especialistas en derecho penal, coincidieron en que las interceptaciones realizadas eran ilegales y, por tanto, ilícitas.
El abogado enfatizó que “hoy se hace justicia y el Tribunal Superior de Bogotá determina y excluye las pruebas que fueron ilícitamente obtenidas respecto de las interceptaciones ilegales sobre el número de teléfono del celular del expresidente Álvaro Uribe Vélez”, en referencia a la resolución judicial.
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El proceso judicial, que se extendió por siete años, estuvo marcado por dos solicitudes de preclusión y por advertencias del propio tribunal a la fiscalía para que recabara más pruebas, requerimiento que, según la defensa, no fue atendido.
Mosquera señaló que la acusación contra Uribe Vélez se sustentó en pruebas que, desde el inicio, carecían de validez, ya que quienes realizaron las interceptaciones ilegales conocían la identidad del expresidente y no actuaron en consecuencia.
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“Fue en el juicio donde se demostró que desde el día uno las personas que interceptaron ilegalmente al expresidente Álvaro Uribe Vélez conocían plenamente su identidad y no hicieron absolutamente nada”, afirmó el abogado.
La jueza de primera instancia, según la defensa, sostuvo teorías políticas y contradictorias para justificar la acusación, argumentando que las interceptaciones eran legales por haber sido ordenadas por un juez. No obstante, Mosquera recalcó que dichas órdenes correspondían a un proceso distinto en el que Uribe Vélez no figuraba como parte, y que no existía justificación para interceptar esa línea telefónica.
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“Se le olvidó que habían sido ordenadas en un proceso distinto donde el expresidente no hacía parte. Se le olvidó decir que no estaban ni siquiera argumentadas de por qué esa línea tenía que ser interceptada”, explicó el abogado.
El fallo del Tribunal Superior de Bogotá no solo absuelve al expresidente Álvaro Uribe Vélez, sino que también establece un precedente nacional e internacional sobre la excepcionalidad de las interceptaciones telefónicas y la necesidad de que estas se ajusten a criterios de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad. Mosquera concluyó que “la privacidad del expresidente Álvaro Uribe Vélez fue vulnerada” y que la condena previa se basó en inferencias que, a su juicio, violaron cualquier razonamiento válido por parte de un operador judicial.
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Esta decisión generó múltiples reacciones en el país, políticos de quienes apoyaron al político en todo el proceso y estaban convencidos de su inocencia, así como, de los sectores que durante años siguieron el proceso y deseaban que la condena contra en líder de uno de los partidos políticos más influyentes del país siguiera en firme.
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