
El Juzgado 58 Administrativo del Circuito de Bogotá ordenó a la Unidad Nacional de Protección (UNP) y a la Policía Nacional reforzar el esquema de seguridad del abogado y precandidato presidencial Abelardo de la Espriella, así como el de su familia.
La medida deberá cumplirse de manera inmediata y busca garantizar sus derechos fundamentales a la vida, la integridad y la seguridad personal.
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La decisión judicial se produjo tras la acción de tutela interpuesta por De la Espriella, quien denunció presuntas omisiones por parte de la UNP en la asignación de medidas de protección y afirmó que su esquema había sido reducido de forma injustificada.
El precandidato argumentó que su vida y la de sus familiares estaban en riesgo, especialmente después del asesinato de Miguel Uribe Turbay, hecho que reactivó las alertas en torno a la seguridad de los aspirantes a la presidencia.

En su fallo, el juez Fabián Eduardo Vega ordenó que el nuevo esquema de protección incluya un vehículo blindado, un escolta asignado por la UNP y siete hombres de protección a cargo de la Policía Nacional.
No todo fue para de la Espriella
Sin embargo, el despacho judicial también encontró inconsistencias en los argumentos de De la Espriella.
Según el análisis del expediente, fue el propio abogado quien decidió desistir voluntariamente de las medidas de protección que le habían sido otorgadas por la UNP desde febrero de 2022.
En enero de 2023, De la Espriella solicitó formalmente el retiro de su esquema de seguridad —compuesto por cuatro escoltas y un chaleco blindado— y firmó un acta de entrega el 6 de febrero de ese año, pese a las advertencias de la entidad sobre los riesgos de dicha decisión.

El juzgado precisó que la terminación de su esquema de seguridad no obedeció a una decisión unilateral de la UNP, sino al ejercicio del derecho de desistimiento del propio beneficiario.
De hecho, la Resolución 5711 del 26 de julio de 2023 cerró de manera definitiva su expediente de protección, dentro de un procedimiento administrativo regular.
El juez Vega subrayó que “resulta extraño a la lealtad y a la buena fe procesales que, aun conociendo que él mismo desistió de la protección otorgada por la UNP y que tal desistimiento se tradujo en el retiro de su esquema mucho antes de su inscripción como precandidato presidencial, se omita tal información en el escrito introductorio y, al contrario, se afirme que la decisión adoptada en julio de 2023 por la Administración se ejecutó en septiembre de este año”.
Pese a este contexto, el fallo concluye que tanto la UNP como la Policía Nacional incurrieron en una omisión al no demostrar la implementación efectiva de las medidas de protección aprobadas recientemente por el Comité de Coordinación y Recomendación de Medidas de Protección en el Proceso Electoral (Cormpe) en agosto de 2025.
En consecuencia, el juzgado ordenó ejecutar de inmediato las medidas recomendadas por ese comité.

La UNP, por su parte, ha rechazado públicamente las declaraciones de De la Espriella sobre una supuesta reducción de su seguridad y negó que el presidente Gustavo Petro haya dado instrucciones para modificar su esquema.
La entidad calificó dichas afirmaciones como “desinformación que erosiona la confianza en las instituciones” y recordó que los esquemas de protección para precandidatos son evaluados y ajustados mensualmente por el Cormpe, instancia que fue fortalecida tras el magnicidio de Miguel Uribe Turbay.
Actualmente, la UNP enfrenta una avalancha de solicitudes de protección de candidatos y precandidatos a la presidencia, lo que ha tensionado su capacidad operativa. Según la entidad, cerca de un centenar de aspirantes cuentan con esquemas asignados o en evaluación.
El fallo podrá ser impugnado dentro de los tres días siguientes a su notificación y, en caso de no ser recurrido, será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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