Revelan salvamento de voto de magistrada de la JEP sobre las sanciones propias impuestas al último Secretariado de las Farc

La magistrada Zoraida Chalela advirtió sobre deficiencias en la argumentación del fallo que sanciona a exguerrilleros, señalando que no se detalló cómo sus aportes ayudaron a esclarecer secuestros y otros crímenes

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Bogotá. 28 de enero de 2021. Logo JEP. (Colprensa - Álvaro Tavera)
La primera sentencia de la JEP contra las extintas Farc ha sido considerada como insuficiente y cuestionable - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

El reciente fallo de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que impone sanciones propias a los miembros del último Secretariado de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc-EP) por la política de secuestros que perpetraron en todo Colombia, generó opiniones diversas en la opinión pública. Pues, los ocho sancionados no estarán en prisión, pese a que cometieron crímenes de lesa humanidad, homicidios, secuestros, y desapariciones forzadas.

La decisión de la JEP establece que los exintegrantes del Secretariado de las Farc deberán cumplir sanciones restaurativas durante ocho años, enfocadas en proyectos destinados a la reparación de las víctimas. Estas iniciativas incluyen la restauración ecológica, el desminado humanitario, la búsqueda de personas desaparecidas y la preservación de la memoria de las víctimas de secuestro. El objetivo central de estas medidas es satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política.

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“Esta justicia les exige mucho más a los responsables que estar encerrados en cárceles: tuvieron que reconocer públicamente sus crímenes, aportar verdad, dar la cara a las víctimas y ahora deberán trabajar en favor de ellas a la luz de las comunidades, con el compromiso de no repetir. Eso nos fortalece como sociedad”, explicó el magistrado Camilo Suárez Aldana, ponente de la decisión judicial, citado por la JEP.

Farc-EP
Los exintegrantes del Secretariado de las Farc no pagarán cárcel por sus crímenes de lesa humanidad - crédito Colprensa

La postura de la magistrada Chalela

Las sanciones han sido consideradas como un sinónimo de impunidad y catalogadas como una falta de respeto con las víctimas, según algunos políticos que no están alineados con la justicia restaurativa. Pero no son los únicos que han cuestionado la determinación de la Jurisdicción. En la misma JEP hubo dudas sobre la aplicación de esa primera sentencia.

Según reveló Blu Radio, esto se evidenció en las observaciones expresadas en el salvamento parcial de voto de la magistrada Zoraida Chalela. En su análisis, la magistrada cuestionó la aparente falta de desarrollo y justificación en algunos apartados de la sentencia, en particular en lo relativo a la valoración de los aportes de verdad realizados por los ex jefes guerrilleros en los casos de secuestro.

En el salvamento de voto, la magistrada Zoraida Chalela dio a conocer su respaldo a la decisión principal de la sentencia, que consiste en reprochar los secuestros, privaciones de la libertad y otros crímenes cometidos por las Farc-EP contra más de 21.000 personas a cambio de beneficios de todo tipo.

La magistrada Zoraida Anyul Chalela advirtió  una aparente falta de desarrollo y justificación en algunos apartados de la sentencia contra el Secretariado de las Farc - crédito Luisa González/Reuters
La magistrada Zoraida Anyul Chalela advirtió una aparente falta de desarrollo y justificación en algunos apartados de la sentencia contra el Secretariado de las Farc - crédito Luisa González/Reuters

“Hago explícito mi apoyo a la que es probablemente la decisión central de la Sentencia TP-SeRVR-RC-ST-No.001-2025 de 16 de septiembre de 2025: reprochar los secuestros, privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes perpetrado por las FARC-EP (…). Los integrantes del último Secretariado de esta guerrilla son responsables de este patrón macrocriminal y deben cumplir con la sanción propia que les corresponde en aras de satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia”, se lee en el documento citado por el mencionado medio.

No obstante, la magistrada señaló que la sentencia presenta deficiencias en la explicación de ciertos aspectos fundamentales. En particular, consideró que el fallo debió detallar de manera más amplia las razones por las cuales la JEP estima que los ex jefes guerrilleros contribuyeron efectivamente a la verdad en los casos de secuestro. Según su criterio, la sentencia debería haber demostrado de forma concreta cómo la información aportada por cada uno de los ocho comparecientes permitió esclarecer hechos específicos y contribuir al entendimiento de los hechos victimizantes.

La JEP impone penas restaurativas y proyectos concretos para responsables del secuestro. El dolor, la esperanza y la reconstrucción de comunidades se entrelazan en este proceso - crédito Europa Press
La JEP impone penas restaurativas y proyectos concretos para responsables del secuestro. El dolor, la esperanza y la reconstrucción de comunidades se entrelazan en este proceso - crédito Europa Press

La sentencia debió ejemplificar, con claridad y suficiencia, la manera en la que su compromiso con la verdad efectivamente se materializó y, en consecuencia, permitió tanto el esclarecimiento del patrón bajo análisis, otros hechos del conflicto armado bajo el conocimiento de otras instancias del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”, detalló la togada.

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