
La entrada en vigor del decreto 0007 de 2024 en Bucaramanga marca un cambio significativo en la regulación del consumo de sustancias psicoactivas y bebidas alcohólicas en espacios públicos.
Desde el 5 de enero de 2024, la administración municipal, encabezada por el exalcalde Jaime Andrés Beltrán, estableció una prohibición estricta que abarca un perímetro de 60 metros alrededor de centros educativos, instalaciones deportivas, parques y zonas históricas de interés cultural o público, restringiendo el consumo durante las 24 horas del día y los siete días de la semana.
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La medida, según lo dispuesto por Beltrán, responde a la prioridad de proteger los derechos de la infancia y la adolescencia en la ciudad. El mandatario subrayó que los derechos de los niños “están por encima de todo” y anunció que la Policía Metropolitana de Bucaramanga recibió instrucciones para actuar “con todo el peso de la ley” frente a quienes sean sorprendidos en actividades de microtráfico. En palabras del alcalde, el objetivo es “devolverles los parques a los niños”.
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El decreto especifica que la restricción no solo se limita al consumo, sino que también abarca la distribución, facilitación, ofrecimiento o comercialización de sustancias psicoactivas, tanto naturales como sintéticas, incluyendo la dosis personal. Además, la prohibición se extiende al consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en los espacios señalados.

Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Santander declaró una nulidad parcial al decreto que firmó el ahora exalcalde Beltrán que prohibía el consumo de sustancias psicoactivas en parques. En el fallo, la entidad señaló que incumple con la ley colombiana.
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“Primero: Revocar parcialmente la sentencia de fecha 17 de marzo de 2025, proferida por el Juzgado Décimo Quinto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga, conforme las razones expuestas en la parte motiva de esta decisión”, se lee en el documento.
Y agregó: “En consecuencia, se dispone a declarar la nulidad parcial del párrafo primero del artículo 3 del Decreto 0007 de 2024, en cuanto prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas durante las veinticuatro (24 horas del día y los siete (7) días de la semana, por desconocer el derecho al libre desarrollo de la personalidad delos consumidores. Según lo establecido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-127 de 2023”.
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De igual manera, exigió a la Alcaldía emitir horarios de restricción del consumo de drogas, así como los espacios con el fin de evitar que los niños, niñas y adolescentes de la ciudad se expongan al consumo de sustancias ilícitas.

“Tercero: Ordenar la Alcaldía Municipal de Bucaramanga que, de conformidad con lo expuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia C-127 de 2023 con el protocolo expedido por el Ministerio de Justicia y del Derecho, determine los horarios y espacios específicos en los que se restringirá el consumo de sustancias psicoactivas, considerando aquellos momentos en que sea previsto la concurrencia de niñas, niños y adolescentes”.
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Tribunal Administrativo de Santander suspende tasa especial de seguridad en el departamento

El Tribunal Administrativo de Santander tomó la decisión de suspender provisionalmente la ordenanza que establecía una sobretasa especial para el fortalecimiento de la seguridad multidimensional en la región, lo que generó incertidumbre sobre el futuro del cobro mensual dirigido a los hogares de los estratos 4, 5 y 6, así como a los sectores comerciales e industriales del departamento.
Esta medida cautelar, dictada tras una demanda de nulidad simple, detiene temporalmente la recaudación de fondos que la gobernación planeaba destinar a programas de protección comunitaria en el área metropolitana de Bucaramanga y Barrancabermeja.
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La acción judicial fue impulsada por Christian Avendaño, representante a la Cámara por el partido Alianza Verde, en conjunto con los concejales de Bucaramanga, Carlos Parra y Camilo Machado, y el diputado Danovis Lozano. Según explicó Avendaño, el grupo presentó la demanda ante el Tribunal Administrativo de Santander con el objetivo de frenar la ordenanza promovida por el gobierno seccional.
En el documento, solicitaron que, antes de que se tomara una decisión de fondo —proceso que podría extenderse durante varias semanas—, se adoptara una medida cautelar de emergencia para evitar la aplicación inmediata de la sobretasa.
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