El 15 de agosto de 2025, el abogado Diego Cadena, que en su momento representó los intereses del expresidente Álvaro Uribe Vélez, fue hallado culpable del delito de soborno en actuación penal por el ofrecimiento de beneficios jurídicos al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve. De acuerdo con el juez, el profesional en Derecho hizo dichos ofrecimientos en medio de un proceso penal en el que estaba involucrado el exmandatario Uribe, y buscaba favorecerlo.
“La forma en que procedió teniendo el conocimiento y la capacidad de comportarse conforme a derecho (…) se impone fallo condenatorio en contra de Diego Javier Cadena Ramírez (…) como coautor penalmente responsable del delito de soborno en actuación penal por los hechos relacionados con el ofrecimiento de beneficios jurídicos a Juan Guillermo Monsalve Pineda”, precisó el juez en la audiencia en la que dio a conocer el sentido del fallo.
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Para entonces, también fue absuelto de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal por hechos relacionados con el exparamilitar Carlos Enrique Vélez Ramírez, alias Víctor.
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Sentencia contra Diego Cadena: siete años de privación de la libertad
Más de un mes después, el 30 de septiembre de 2025, en el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, se realizó la lectura oficial de la sentencia condenatoria proferida contra el abogado por el delito por el cual fue hallado culpable. Cadena fue condenado a 84 meses de prisión (siete años) por soborno en actuación penal y se le concedió la prisión domiciliaria.

“Negar a Diego Javier Cadena Ramírez la suspensión condicional de la ejecución de la pena, prevista en el artículo 63 del Código Penal (…). Conceder a Diego Javier Cadena Ramírez la prisión domiciliaria, prevista en el artículo 38 del Código Penal, en los términos señalados”, detalló el juez en la audiencia.
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El abogado también deberá pagar una multa equivalente a 375 salarios mínimos legales mensuales vigentes y, como pena accesoria, quedará inhabilitado para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal (84 meses).
Por otro lado, se reiteró la absolución de Cadena de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal por hechos relacionados con alias Víctor.
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Tras conocerse la sentencia, el delegado de la Fiscalía presentó el recurso de apelación de manera inmediata: “Considera que el abogado Cadena Ramírez estaría involucrado en otros eventos delictivos en los que habría prometido dádivas, regalos, asesorías jurídicas y dinero a otros privados de la libertad para que también modificaran sus testimonios”, indicó el ente acusador en un comunicado.
El abogado Iván Cancino, apoderado de Diego Cadena, también informó que interpondrá el recurso de apelación por escrito, en los términos de ley. Esa misma decisión tomaron el abogado Reinaldo Villalba Vargas, en representación de las víctimas, y el Ministerio Público.
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En su cuenta de X, Cancino se pronunció informando que la defensa del hoy condenado en primera instancia recurrirá a todos los recursos de ley para lograr la absolución del abogado. Aseguró que es inocente de todos los cargos por los cuales fue investigado y aquel por el cual fue sentenciado a siete años de privación de la libertad.
“La condena a @DiegoCadenaLaw es de 84 meses, no se captura y será en domiciliaria. Pero apelaremos. Iremos a casación, a donde toque hasta que sea absuelto de todo cargo. Diego es INOCENTE”, escribió.
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La condena de Cadena responde a hechos ocurridos en febrero de 2018, cuando el hoy sentenciado pidió al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve retractarse de señalamientos que hizo contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez ante la Corte Suprema de Justicia, con el fin de favorecerlo. A cambio, le ofreció “una acción de revisión de la condena en su contra y la realización de trámites para su incorporación a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)”.
Las peticiones que habían hecho la Fiscalía y la defensa
En su momento, la Fiscalía General de la Nación, como ente acusador, pidió que fuera sentenciado a 84 meses de prisión, petición que fue acogida por el juez. Y, previo a conocer el tiempo de privación de la libertad establecido por el togado, el abogado Iván Cancino, como defensa del procesado, solicitó que la privación de la libertad de su cliente fuera en su domicilio, solicitud que también fue tomada en cuenta por el juez.
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“En este orden de ideas, la defensa del señor Cadena Ramírez solicita respetuosamente a su despacho que la pena privativa de la libertad se haga efectiva, primero bajo la modalidad de prisión domiciliaria. Lo anterior, porque el delito, el cual se ha dictado condena, que es soborno en actuación penal, contempla una pena mínima de seis años, requisito indispensable y cumplido para la procedencia de la medida”, detalló.
Por otro lado, recordó que Cadena tiene un arraigo social sólido, materializado en varios negocios que tiene en Colombia y que, según explicó, generan varios puestos de trabajo e impulsan el desarrollo del país.
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“Su oficina sí sigue abierta, no con él representando a nadie ni asesorando, pero sí manteniendo el empleo de los profesionales que trabajan con él sin tener ninguna injerencia, repito, en asesoría, manejo o representación de los negocios”, precisó.
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