
Cerca de 90.000 colombianos cometieron errores en su declaración de renta en 2024 en cumplimiento del año gravable 2023, según datos recientes de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). La cifra evidencia la magnitud de un problema que puede acarrear consecuencias económicas y legales para los contribuyentes. E
En el periodo de declaración de renta 2025, que se presentará entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, la corrección oportuna de estos errores resulta fundamental para evitar sanciones y complicaciones futuras.
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Dentro de las inconsistencias más frecuentes se encuentran la incorrecta inclusión de dependientes y la mala aplicación de la exención del 1% por facturas electrónicas, según reportó la entidad. Otro error habitual es la falta de pago tras la presentación de la declaración en el portal oficial, lo que puede derivar en la acumulación de intereses moratorios.

Procedimiento para la corrección declaración de renta
El procedimiento para corregir errores en la declaración de renta está claramente definido por la Dian:
- Identificar con precisión el error cometido, ya sea en los ingresos, deducciones, datos personales u otros aspectos relevantes.
- ingresar a la plataforma Muisca de la Dian con su usuario y contraseña.
- Seleccionar la opción “corrección de declaración” y elegir el formulario correspondiente al año gravable que requiere ajuste.
- Al diligenciar la nueva declaración, es necesario modificar los datos pertinentes y señalar en la casilla respectiva que se trata de una “Declaración de Corrección”, además de registrar el número del formulario original.
- Si la presentación se hace de manera virtual, la firma electrónica y el envío completan el proceso. En caso de optar por la vía presencial, el contribuyente debe imprimir el formulario, firmarlo y presentarlo en una entidad autorizada.
Se debe tener en cuenta que cuando la corrección implica un mayor valor a pagar, corresponde cancelar la diferencia junto con los intereses moratorios y la sanción por corrección, conforme a la normatividad vigente.
Qué dispone la Dian para corregir los errores
La entidad tributaria dispuso varios canales para facilitar la corrección de errores. Los contribuyentes pueden acudir de forma presencial a la Dirección Seccional correspondiente, ya sea de manera personal, por medio de un representante legal o mediante un tercero autorizado, siempre con una solicitud expresa de corrección y agendamiento previo.
También existe la opción virtual, mediante el servicio de PQRS, o la presentación de una solicitud escrita dirigida a la dependencia de Recaudación, en la que se expliquen las razones del ajuste y se incluyan los datos identificativos del documento a corregir.
Plazos para la declaración de renta y sanciones tributarias
El plazo para hacer correcciones es un aspecto clave. Santiago Rodríguez Raga, experto en finanzas personales y profesor de la Universidad de los Andes, explicó a La República que “los contribuyentes pueden corregir su declaración hasta tres años después de haberla presentado. Sin embargo, la modificación puede generar sanciones”. La Dian aclara que solo es posible corregir declaraciones dentro de los términos legales y siempre que no exista una liquidación oficial previa por parte de la entidad. Si la corrección reduce el valor a pagar o incrementa el saldo a favor, se exigen requisitos y justificaciones adicionales.
Las consecuencias de no corregir errores o de incumplir los plazos pueden ser severas. El abogado Juan Santiago Rodríguez Prieto, docente de la Universidad Nacional y exfuncionario de la Dirección de grandes contribuyentes, advirtió a Portafolio que “las sanciones impuestas por la Dian varían según la conducta del contribuyente, pero pueden llegar a representar hasta el 100 % del impuesto originalmente debido, duplicando la carga fiscal”.
Además, los intereses de mora se calculan diariamente sobre los valores no pagados. El incumplimiento puede acarrear embargos a cuentas bancarias, bienes o rentas, sin necesidad de orden judicial, debido al proceso de cobro coactivo.
Las sanciones por corrección varían según el momento y la naturaleza del error. Según Rodríguez Raga, la sanción puede ser del 10% sobre la diferencia entre el monto inicial y el corregido, superar el 20% si la Dian detecta la inconsistencia antes que el contribuyente, o alcanzar alrededor del 5% por cada mes de retraso después de la fecha límite.

Topes para declarar renta
La normativa tributaria experimentó cambios recientes que afectan el proceso de declaración de renta para el año fiscal 2024. Se ajustaron los topes de ingresos y patrimonio que determinan la obligación de declarar. Ahora, deben presentar declaración quienes:
- Tengan un patrimonio bruto superior a $211.792.500
- Ingresos brutos anuales mayores a $65.894.000,
- Gastos con tarjeta de crédito, compras, consumos o movimientos financieros que superen los $65.894.000.
Además, la Dian intensificará el control sobre personas con signos de riqueza no acordes con sus ingresos declarados y sobre usuarios de billeteras digitales como Nequi, Daviplata y Dale, que hagan transacciones superiores a 210,50 unidades de valor tributario (UVT), lo que equivale a $10.482.689,50.
Para evitar sanciones y complicaciones, los expertos recomiendan revisar cuidadosamente la información antes de presentar la declaración, cumplir con los plazos y utilizar los canales oficiales de la Dian para cualquier corrección. La atención a los detalles y el seguimiento de los procedimientos establecidos son fundamentales para mantener la situación tributaria en regla.
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