
El 3 de septiembre de 2025 comenzó el segundo día del juicio contra Nicolás Petro Brugos, hijo del presidente de la República, Gustavo Petro, por los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Durante la diligencia, Alejandro Carranza, abogado defensor, presentó ante el juez y la Fiscalía General de la Nación el material probatorio que incluye una serie de videos de Day Vásquez, expareja del exdiputado del Atlántico, para demostrar que su cliente no tenía a su nombre bienes de carácter fundamental para el proceso.
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“Mientras estábamos nosotros en juicio, allá se encontraban de fiesta y mientras decían que los bienes los tenía Nicolás, entonces, su señoría, pues no había prestigiamiento en el principio de oportunidad y no lo ha habido”, explicó Carranza.
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Con los videos en manos de las autoridades, el togado sugirió al juez del caso que Vásquez engañó supuestamente a la justicia colombiana al mencionar que la persona en potestad de los bienes adquiridos con dinero ilícito era Nicolás Petro.
Luego de la diligencia, Carranza publicó en su cuenta de X un mensaje en el que justicia sus acciones alegando que “lo que hicimos en la audiencia no fue un show ni un ataque personal, sino un ejercicio de técnica procesal: acreditar una circunstancia pública y relevante. Los videos provinieron de sus propias redes sociales, no de una invasión a su intimidad”.
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En reacción al material audiovisual, Vásquez señaló que el uso de su imagen sin autorización es una violación a su privacidad. Además, alegó que la expuso a nivel nacional, por lo que exigió respeto a su integridad.
“Señor, usted no está autorizado para utilizar ni videos, ni mis fotos… Pueden ser públicos mil veces, pero eso no le da derecho a exhibirme y mucho menos en una audiencia preparatoria. RESPETEEEE”, señaló.
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Fiscalía señaló a la defensa de Nicolás Petro de vulnerar la intimidad de Day Vásquez

La fiscal Lucy Marcela Laborde enfatizó que los videos en cuestión, donde aparece Day Vásquez junto a amistades en una piscina, presuntamente en una vivienda de Tubará adquirida por la entonces pareja, no fueron incluidos en el traslado ni en el descubrimiento probatorio.
Según sus palabras, “se violaron garantías y derechos fundamentales, tales como el derecho a la intimidad de la señora Daysuris del Carmen Vásquez Castro, toda vez que se expuso un video de ella que, reitero, no hace parte del acervo probatorio de este proceso”. Esta declaración subraya la preocupación de la Fiscalía por el respeto a la privacidad de Vásquez, quien aparece en las grabaciones presentadas por el abogado Alejandro Carranza.
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En paralelo, la fiscal se opuso a la solicitud de la defensa de excluir la declaración que Day Vásquez rindió en su domicilio ante el ente acusador. Laborde sostuvo que dicha declaración fue voluntaria y que no existió ruptura de la cadena de custodia cuando la expareja de Nicolás Petro entregó su teléfono celular.
A este respecto, la fiscal precisó que “no hubo una violación del domicilio de la señora Daysuris del Carmen Vázquez Castro, pero esta no es la oportunidad para informarle eso a su señoría; ella lo explicará en juicio”, y añadió que Vásquez no manifestó en ningún momento que su domicilio hubiera sido vulnerado, señalando que en la declaración publicada por la defensa se le veía tranquila.
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El procurador Henry Francisco Bustos respaldó la postura de la Fiscalía, al considerar que la declaración de Day Vásquez fue entregada de manera voluntaria en su propio domicilio.
En su intervención, Bustos afirmó: “Lo cierto es que existió una entrega voluntaria por parte de Daysuris a la Fiscalía General de la Nación. Y eso tiene una relevancia muy importante, que ya vamos a analizar. Entonces, el señor defensor sostiene que eso fue ilegal, y fue ilegal simplemente porque, según él, fue ilegal recibir la declaración, lo cual ya vimos que no es cierto”.
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De este modo, la Procuraduría General de la Nación desestimó los argumentos de la defensa sobre una supuesta ilegalidad en la obtención del testimonio.
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