El Ministerio del Trabajo impuso de una multa de $500.018.560 a Carbones del Cerrejón (CDC) por el reporte extemporáneo de 29 enfermedades laborales diagnosticadas entre enero y marzo de 2023.
La empresa dispone de quince días hábiles para abonar la suma al Consorcio del Fondo de Riesgos Laborales, según lo estipulado en la resolución.
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“No existe mérito en el recurso para revocar la decisión impugnada, al no acreditar el total cumplimiento que motivó la sanción por la Dirección Territorial de La Guajira, siendo improcedente reconsiderar el valor de la sanción, ya que la misma fue tasada acorde a los criterios de proporcionalidad y razonabilidad, particularmente por el tamaño de la empresa (número de los trabajadores y valor de activos) incluyendo como atenuante el reconocimiento de la infracción desde el momento de los descargos”, establece la resolución firmada por Wilmar Rincón, director de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo.
Esta afirmación, contenida en la Resolución 0234 del 5 de noviembre de 2024, marca el cierre definitivo de un proceso sancionatorio que ha puesto en el centro del debate la responsabilidad de las grandes empresas frente a la salud de sus trabajadores.

El origen de la sanción se remonta a una investigación iniciada en enero de 2024, cuando la cartera de Trabajo detectó que Cerrejón no había reportado dentro del plazo legal los casos de enfermedades laborales diagnosticadas en su plantilla.
La normativa vigente, en particular el Artículo 2.2.4.1.7 del Decreto 1072 de 2015, exige a los empleadores informar a la autoridad laboral sobre accidentes graves, mortales y enfermedades laborales en un máximo de dos días hábiles tras el diagnóstico, sin que el reporte a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) o a la Entidad Promotora de Salud (EPS) sustituya esta obligación.
El propósito de esta exigencia es fortalecer la vigilancia epidemiológica y permitir la elaboración de estadísticas fiables, herramientas esenciales para la formulación de políticas públicas en materia de salud laboral.
Durante la investigación, Cerrejón argumentó que los retrasos respondieron a “olvidos involuntarios” y no a una “actuación de mala fe”, postura que mantuvo en los recursos presentados contra el acto administrativo sancionatorio.
No obstante, la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo desestimó estos argumentos y ratificó la sanción, subrayando que la infracción consistió en el incumplimiento de los plazos legales, no en la omisión absoluta del reporte.

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, enfatizó la gravedad de la conducta: “Cada enfermedad laboral de un trabajador o trabajadora obedece a condiciones o exposiciones a factores de riesgo. Estamos frente a 29 incumplimientos de la misma norma, lo cual denota un actuar descuidado por parte de la empresa frente a sus obligaciones legales”.
El monto de la multa se calculó con base en 10.624 UVT vigentes en 2024, con un valor unitario de $47.065, lo que arroja la cifra exacta de $500.018.560. Además de la sanción económica, la resolución ordena a Cerrejón implementar un plan de mejoramiento para corregir las irregularidades detectadas en materia de seguridad y salud en el trabajo.
El proceso de revisión realizado por el Ministerio del Trabajo reveló que la empresa no solo incurrió en retrasos durante el primer trimestre de 2023, sino que presentó informes extemporáneos sobre enfermedades laborales correspondientes a los años 2015 a 2022. Esta situación fue identificada tras una gestión de revisión ante la ARL, lo que evidenció un patrón de incumplimiento acumulado.
La resolución, que garantiza el debido proceso a la empresa sancionada, deja sin efecto cualquier posibilidad de recurso adicional para evitar el pago de la multa. El director de Riesgos Laborales, Wilmar Rincón, precisó que Cerrejón no podrá acceder a mecanismos para eludir la sanción impuesta por el Ministerio del Trabajo.

En el entorno de la sanción, la cartera laboral reiteró el llamado a todos los empleadores del país para que cumplan estrictamente con el Decreto 1072 de 2015, que establece la obligación de reportar incidentes laborales ante la autoridad competente en un plazo máximo de dos días hábiles.
El ministro Sanguino instó a las empresas a “adoptar las medidas efectivas necesarias para proteger y promover la salud de la población trabajadora, examinar riesgos, hacer seguimiento y verificación de equipos y elementos de protección personal para mitigar las consecuencias de eventos futuros y velar por el cuidado integral de su salud y bienestar”.
La sanción impuesta a Cerrejón se convierte en un precedente relevante para el sector empresarial, al subrayar la importancia del cumplimiento riguroso de las obligaciones legales en materia de salud y seguridad laboral.
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