
Para 2025, millones de colombianos den cumplir con la obligación de presentar su declaración de renta, un trámite que genera inquietud en buena parte de la población por las fuertes sanciones a quienes no lo hagan a tiempo o lo elaboren con errores. El proceso anual es esencial dentro del sistema tributario del país, ya que recopila y muestra de modo detallado los ingresos, egresos, inversiones y patrimonio de cada contribuyente durante el año gravable, lo que funciona como una radiografía financiera en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
El informe presentado a las autoridades permite determinar si el contribuyente tiene o no responsabilidad de pago ante el impuesto de renta y, de ser el caso, calcular el valor a cancelar. La importancia del trámite radica en que la información suministrada será revisada por la entidad tributaria para establecer con precisión la carga tributaria, no solo para personas naturales, sino también para jurídicas, grandes contribuyentes y quienes tengan bienes en el exterior.
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Como medida para agilizar el cumplimiento de esta obligación y reducir errores o demoras, la Dian puso en funcionamiento la declaración de renta sugerida. Según esta entidad, se trata de “una ayuda tecnológica que diligencia parte de la declaración usando la información exógena reportada por terceros”, como bancos, empresas, fondos de pensiones o entidades financieras.

En la práctica, el sistema compila los datos que otros actores reportaron sobre cada contribuyente y crea un borrador con los movimientos financieros del año correspondiente, cuya finalidad es facilitar la revisión y el diligenciamiento. Dicha herramienta está disponible para las personas naturales que, durante 2024, cumplieron alguna de las condiciones que la ley exige para declarar:
- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500.
- ingresos superiores o iguales a $65.891.000.
- consumos con tarjetas de crédito.
- consignaciones bancarias.
- depósitos o inversiones financieras.
- compras y consumos que alcancen o superen ese mismo umbral.
Los contribuyentes que se encuentran en estos topes deben revisar si la Dian les generó el borrador de declaración sugerida.
Cómo saber si se puede hacer la declaración de renta sugerida
El acceso a la declaración sugerida se hace desde el portal transaccional de la Dian. Allí, el usuario debe:
- Ingresar con su información personal y su firma electrónica.
- Consultar si tiene activa esta opción.
- En caso afirmativo, revisar la declaración antes de oficializarla.

Esto es fundamental porque los datos llenados con anterioridad pueden contener errores, omisiones o clasificaciones incorrectas dadas por los reportes de terceros, por lo que el contribuyente tiene la responsabilidad final de verificar que todo corresponda a los valores reales de los ingresos, gastos, deudas o patrimonio
El contenido del borrador puede incluir información sobre:
- Patrimonio bruto.
- Deudas.
- Rentas de pensiones recibidas dentro y fuera del país.
- Dividendos y participaciones.
- Ingresos por ganancias ocasionales en Colombia o en el exterior.
- Anticipos de renta liquidados en el año anterior.
- Saldo a favor anterior.
- Retenciones aplicadas durante el año gravable.
Qué se deben revisar en la declaración de renta sugerida
Es importante que al revisar la declaración sugerida, cada persona contraste la información allí consignada con los certificados de ingresos y retenciones, estados bancarios, comprobantes de compra y demás documentos soportes. Toda inconsistencia debe ser corregida o completada antes de presentar la declaración de manera formal.

Se debe tener en cuenta que el uso del borrador sugerido es opcional. Quien prefiera, puede presentar la declaración de renta desde cero, siempre dentro de los plazos oficiales definidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El recibo del borrador no significa que la obligación de declarar haya desaparecido y tampoco otorga más tiempo para presentar el trámite: los vencimientos se mantienen según el calendario, que para este año va desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre, dependiendo del último dígito del NIT.
Responsabilidad es individual
La Dian enfatiza que “la responsabilidad de la declaración es individual”, por lo que no presentar el formulario dentro del plazo o hacerlo con errores puede significar multas, intereses por mora y revisiones adicionales.
Si no aparece la declaración sugerida en el perfil, pero el contribuyente cumple los umbrales, se recomienda preparar la declaración por cuenta propia o solicitar asesoría de un contador.
A medida que el proceso avanza y el número de contribuyentes aumenta, la digitalización y las herramientas sugeridas buscan disminuir errores y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aunque la obligación de verificar y corregir la información antes de dar por presentada la declaración sigue siendo personal y obligatoria.
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