
El viernes 15 de agosto el abogado Diego Cadena Ramírez, involucrado en el caso que se adelanta en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por fraude procesal, conoció la decisión del juez tercero Penal de Circuito de Función de Conocimiento de Bogotá.
El juez calificó como “extraño” el comportamiento del abogado quien, en febrero de 2018, visitó en tres oportunidades al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda, para que firmara un documento que debía ser enviado de manera urgente a la Corte Suprema de Justicia.
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Tras el análisis probatorio realizado, el juez advirtió que en los encuentros que sostuvo Cadena con Monsalve en la cárcel La Picota jamás se mencionó la palabra “soborno”. Sin embargo, el abogado sí manifestó la posibilidad de brindarle una asesoría a Monsalve con el fin de que su caso pasara a conocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), lo que hubiese derivado en la posibilidad de una rebaja de condena y hasta la posibilidad de gozar de libertad condicional.

Por otra parte, el juez absolvió a Cadena de los mismos cargos en la situación del también desmovilizado Carlos Enrique Vélez Areíza, alias Víctor, alegando duda razonable.
Pese a que las pruebas incriminaban a Cadena en lo referente a su conducta durante las visitas a los dos miembros de grupos paramilitares, el juez le otorgó al procesado la posibilidad de defenderse en libertad. Según explicó, Cadena estuvo presente en todas las audiencias de su caso y concluyó que no había indicios de fuga, afectación al proceso penal o riesgo para la sociedad de su parte.

Posteriormente, el togado confirmó que la audiencia de lectura de sentencia contra Cadena se realizará el próximo 30 de septiembre, a las 2:00 p. m., siendo la misma de carácter presencial.
Fiscalía pidió condena de ocho años de prisión para Cadena

En medio de la audiencia, el delegado del ente acusador le pidió al juez tercero de conocimiento de Bogotá que emitiera una condena de 84 meses de prisión – equivalente a cerca de siete años – contra Cadena, argumentando que para fijar el monto de la condena se debe tener en cuenta la posición del abogado en su sociedad, sus estudios académicos y la afectación a la administración de justicia.
Lo anterior, tomando en cuenta que se presentaron pruebas en las que, supuestamente, el licenciado ejerció presiones para que Monsalve se retractara de los señalamientos realizados en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
El fiscal delegado Daniel Hernández y la procuradora Adalgiza Neira Palacio insistieron en la demostración de responsabilidad penal y en la existencia de pruebas suficientes en las interacciones de Cadena con alias Víctor, pero la decisión judicial insistió en la duda razonable sobre la veracidad de los hechos.
“Es esa incertidumbre incide no solamente en la configuración del delito de soborno en actuación penal, sino que trasciende al delito de fraude procesal. En consecuencia, al igual que frente al soborno en actuación penal, surge una duda razonable sobre la configuración del punible de fraude procesal, lo que impone en virtud del principio de presunción de inocencia consagrado en el artículo 29 de la constitución política y en el artículo séptimo de la ley 906 de 2024, la emisión de un fallo absolutorio por estos punibles”, expresó textualmente el juez.
La condena a Cadena llega dos semanas después de la impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez, el 1 de agosto de 2025, a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
Dicha sentencia fue emitida por la jueza 44 penal del circuito, Sandra Liliana Heredia, fallo que fue apelado por su defensa, motivo por el que la decisión ahora correrá a cargo del Tribunal Superior de Bogotá.
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