Mindefensa analiza seguridad de Uribe tras fallo que ordena su reclusión en casa por decisión judicial

El jefe de esa cartera, general retirado Pedro Sánchez, explicó que el Ejecutivo actuará dentro de los márgenes legales establecidos y que se respetará la autonomía de la justicia

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FOTO DE ARCHIVO. El ministro de Defensa de Colombia, Pedro Sánchez, habla durante una entrevista con Reuters en Bogotá, Colombia, 16 de marzo, 2025. REUTERS/Luisa González

Tras la orden judicial que determinó que el expresidente Álvaro Uribe Vélez deberá cumplir una medida de prisión domiciliaria, el Ministerio de Defensa anunció que adoptará las acciones que correspondan, en coordinación con otras entidades del Estado, para atender este nuevo contexto.

El jefe de esa cartera, general retirado Pedro Sánchez, explicó que el Ejecutivo actuará dentro de los márgenes legales establecidos y que se respetará la autonomía de la justicia.

Pedro Sánchez, ministro de Defensa
Pedro Sánchez, ministro de Defensa Nacional de Colombia - crédito Colprensa

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“Nosotros, como en cualquier caso, como en cualquier evento, cumplimos la Constitución y la ley. Lo que diga la ley”, indicó.

El ministro subrayó que, debido a la trayectoria del exjefe de Estado, su situación de seguridad ha sido motivo de atención constante. En ese sentido, aseguró que las garantías deben mantenerse.

| crédito Álvaro Uribe Vélez/YouTube
| crédito Álvaro Uribe Vélez/YouTube

“El señor expresidente Álvaro Uribe Vélez siempre ha estado amenazado, como lo estarán todos nuestros expresidentes o los presidentes, porque en algún momento combatieron la criminalidad, y genera muchas amenazas. Se le debe garantizar absolutamente todo”, señaló el alto funcionario.

Frente a las acciones específicas de protección, Sánchez explicó que el análisis no será competencia exclusiva del Ministerio de Defensa y que otras autoridades también participan en ese proceso.

“Ya el dispositivo corresponde a un proceso de análisis un poco más profundo que va de la mano de la UNP y de todas las decisiones judiciales que se tomen”, precisó.

Logo de la Unidad Nacional
Logo de la Unidad Nacional de Protección - crédito UNP

También fue consultado por el alcance de la ley de paz total y si esta tendría algún tipo de implicación para personas condenadas o investigadas. El ministro respondió que su función no incluye pronunciamientos sobre ese tipo de decisiones y reiteró que la política de defensa se guía por la legalidad. “La administración de justicia le corresponde a otro ente. Yo solo puedo referirme a que como Ministerio de Defensa acertamos la constitución y la ley y cumplimos lo que diga la ley”, puntualizó.

La sentencia contra Uribe fue dictada por la jueza 44 de conocimiento de Bogotá, quien determinó que el exmandatario debía iniciar el cumplimiento de la sanción de forma inmediata, aun si el fallo no ha quedado en firme. La decisión judicial sostiene que existen razones que justifican esa medida.

“Álvaro Uribe Vélez es merecedor de la prisión domiciliaria. Ha de advertirse que se hace necesario que el acusado inicie la ejecución de su sanción, previo a que la decisión proferida cobre firmeza al superarse con creces los requisitos nominales de necesidad”, se lee en el documento de 1.114 páginas.

El Juzgado 44 Penal de
El Juzgado 44 Penal de Bogotá, a cargo de la jueza Sandra Liliana Heredia rechazó la petición de Uribe de nulidad del proceso en su contra - crédito captura de pantalla audiencia CSJ

Según la jueza, las conductas objeto del proceso comprometen el funcionamiento del sistema judicial y por tanto requieren una respuesta que preserve la institucionalidad. Además, expresó que hay razones para aplicar una medida inmediata que limite la libertad del acusado.

“Inicialmente, tenemos que la privación de la libertad inmediata resulte necesaria para asegurar la preservación de la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos. Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisión de delitos respecto al implicado y los nacionales, sino que también evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad pese a una condena cuando no se cumplen los requisitos para ello y la presunción de inocencia ya ha sido desestimada”, argumentó.

La funcionaria judicial también tuvo en cuenta el nivel de reconocimiento del exmandatario y su rol en la vida pública nacional. “Se trata de una persona que goza de un reconocimiento público y social, referente para los grandes círculos del país. De ahí que permitir que continúe el ejercicio de su libre locomoción pese a la transgresión ocasionada, considerarían la idea errada de que la igualdad ante la ley no preexiste en el ordenamiento, ergo, para sostener el poder disuasivo del imperio, de la ley y la confianza y la institucionalidad se hace imperiosa”, añadió.

Más adelante, la jueza planteó que el fallo busca reafirmar el principio de legalidad y proteger la credibilidad de la justicia. “Se trató de un agravio que amerita una postura ejemplarizante de garantizar que la administración de justicia no sea objeto de manipulación ni de desviación de su propósito legítimo, garantizando el respeto por la verdad y la legalidad que le asiste a la justicia”.

Aunque se reconoció que Uribe ha respondido a los llamados judiciales, la sentencia señala que desde las etapas iniciales se observaron estrategias para aplazar el juicio. A juicio del despacho, esto influyó en la decisión sobre la medida privativa de libertad.

Finalmente, se resaltó que el acusado cuenta con reconocimiento internacional y actividad pública, lo que podría facilitar su salida del país. Tras comprobar los requisitos exigidos por la norma penal, se concluyó que la prisión domiciliaria era procedente.