
El ministro del Interior, Armando Benedetti, expresó fuertes críticas hacia el presidente del Senado de no permitir que la plenaria del Legislativo resolviera una apelación sobre la tutela que buscaba revivir la consulta popular hundida el 14 de mayo.
Según Benedetti, esta acción constituye una irregularidad en el manejo del proceso legislativo.
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De acuerdo con lo publicado por el propio Benedetti en su cuenta de X, cuestionó la legalidad de la decisión tomada por Cepeda, señalando que las apelaciones deben ser resueltas por la plenaria del Congreso y no por el mismo funcionario que emitió la decisión inicial.
En su mensaje, Benedetti afirmó: “Ja ja ja. El que hace la trampa resuelve si fue trampa o no fue trampa. Efraín Cepeda, que fue elegido senador desde 1991, no sabe que las apelaciones se resuelven por la plenaria y no por el mismo funcionario que profirió la decisión apelada”.

El ministro también argumentó que Cepeda estaba impedido para tomar decisiones sobre este asunto debido a las múltiples declaraciones públicas que realizó entre el 14 y el 20 de mayo, fechas clave en el desarrollo de este caso.
Según Benedetti, estas declaraciones podrían comprometer la imparcialidad del presidente del Congreso, lo que, en su opinión, refuerza la idea de que se trató de una “trampa”.
El trasfondo de esta controversia radica en la consulta popular que fue hundida el pasado 14 de mayo. Aunque no se especificaron los detalles de la consulta en el mensaje de Benedetti, su apelación buscaba revertir la decisión inicial.
Sin embargo, el proceso al parecer fue detenido por la decisión de Cepeda, lo que generó un enfrentamiento político entre ambos funcionarios.
Juez de Bogotá asegura que el derecho al debido proceso fue vulnerado en el caso de la senadora Pizarro

Un juez del Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá ordenó al presidente del Senado, Efraín Cepeda, resolver en un plazo de 48 horas la apelación presentada por la senadora María José Pizarro respecto al cierre de la votación de una consulta popular.
Según el fallo, se vulneró el derecho fundamental al debido proceso de la senadora al no habérsele notificado oficialmente la decisión sobre su recurso.
Este fallo ha generado una serie de declaraciones y confusiones entre altos funcionarios del Gobierno y legisladores.
De acuerdo con el documento judicial, la tutela no ordena repetir la votación de la consulta popular ni establece que hubo fraude en el proceso, como afirmó el presidente Gustavo Petro durante un evento oficial.
En sus declaraciones, el mandatario aseguró que un juez había determinado la existencia de fraude en el Senado y ordenado repetir la votación en un plazo de 48 horas.
Sin embargo, el fallo únicamente exige que se resuelva y notifique la apelación de Pizarro, presentada el 14 de mayo de 2025, sobre el cierre de la votación.
El presidente Petro también instó a los senadores a tomar una decisión “con tranquilidad” y “con libertad absoluta”, subrayando que la consulta popular no es una proposición cualquiera, sino una convocatoria al “constituyente primario” para decidir sobre derechos fundamentales.
Por su parte, el ministro del Interior, Armando Benedetti, respaldó las declaraciones del mandatario y acusó al presidente del Senado de haber cometido irregularidades en la votación.
A través de su cuenta en la red social X, Benedetti afirmó que el fallo judicial confirmaba que los derechos de Pizarro habían sido vulnerados y reiteró sus acusaciones de fraude y “trampas” en el proceso.
El fallo judicial, emitido el 6 de junio, establece que el Senado debe resolver el recurso de apelación presentado por Pizarro y notificarle oficialmente la decisión. En respuesta, Pizarro compartió el fallo en sus redes sociales y afirmó que el Congreso debe reabrir el debate sobre la consulta popular.

El presidente del Senado, Efraín Cepeda, también se pronunció sobre el tema, calificando la apelación de Pizarro como “jurídicamente improcedente, extemporánea y carente de objeto válido”.
Según un documento emitido por la Presidencia del Senado el 20 de mayo, la apelación no cumplía con el marco legal vigente. No obstante, el juzgado señaló que no se acreditó que este documento hubiera sido notificado formalmente a la senadora, lo que motivó la decisión judicial de ordenar su resolución y notificación.
El fallo, se centra en garantizar el derecho al debido proceso de la senadora Pizarro, que busca que se reconsidere el cierre de la votación de la consulta popular.
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