Flip respaldó fallo contra prácticas de empresas de telefonía móvil y advirtió sobre desinformación: estas son las claves para entender la decisión

La fundación desmintió la información falsa que ha circulado sobre el fallo y condenó los ataques dirigidos contra la organización El Veinte y la jurista Ana Bejarano, que lideró la demanda

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Esta sentencia afecta directamente prácticas
Esta sentencia afecta directamente prácticas comerciales que favorecían el acceso sin costo solo a determinadas aplicaciones como WhatsApp o Facebook - crédito Cristobal Hererra/EFE/EPA

La Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) respaldó la histórica decisión de la Corte Constitucional que prohíbe los esquemas de zero rating, mediante los cuales operadores de telecomunicaciones ofrecen acceso gratuito solo a ciertas aplicaciones.

La entidad desmintió mensajes falsos difundidos en redes sociales y rechazó las agresiones contra la organización El Veinte y la abogada Ana Bejarano, impulsora de la demanda que llevó al fallo.

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En un comunicado oficial, la Flip destacó la importancia del reciente fallo de la Corte Constitucional como un avance fundamental en la protección de los derechos humanos en el entorno digital. La sentencia prohíbe los esquemas de zero rating, prácticas en las que empresas de telecomunicaciones establecen acuerdos para que ciertas aplicaciones o plataformas sean accesibles sin consumir datos del usuario.

Según la Flip, esta decisión contribuye a la protección de los derechos humanos en el entorno digital, pues fortalece el derecho a informarse y la libertad de elección de los usuarios frente a las aplicaciones preestablecidas por operadores móviles“.

La decisión tendrá efectos dentro
La decisión tendrá efectos dentro de un año, para dar tiempo a los operadores de ajustar sus políticas a las nuevas condiciones legales - crédito Corte Constitucional

El comunicado también enfatizó la circulación de información errónea sobre el fallo, aclarando puntos clave para evitar confusiones:

  • “La gente no se va a quedar sin WhatsApp. En otros países se ha comprobado que, al implementar estas medidas, se posibilita un mejor y mayor acceso a Internet, porque se incentiva la competencia por calidad y precio".
  • “La demanda de El Veinte no va en contravía de los intereses de la ciudadanía, pues el zero rating crea una Internet segmentada y aumenta las brechas económicas entre quienes pueden pagar el servicio completo y quienes no".
  • “Esto está alineado con lo dicho por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) y por las sentencias de la Corte Constitucional que han hablado de la protección del acceso a internet como un derecho fundamental”.

Además, la Flip respaldó el trabajo de El Veinte, la organización que presentó la demanda que derivó en esta sentencia, y rechazó categóricamente las agresiones en su contra. La entidad también hizo un llamado para que la Corte Constitucional publique pronto el texto completo del fallo y pidió a las autoridades regulatorias y al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que implementen la sentencia de manera transparente, participativa y con enfoque en la protección de los derechos de acceso a Internet.

¿Qué implica la prohibición del ‘zero rating’?

El fallo obliga a las empresas de telecomunicaciones a eliminar los beneficios de datos gratuitos exclusivos para ciertas apps, promoviendo así la igualdad entre plataformas - crédito X

El presidente de la Corte Constitucional y ponente del fallo, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, explicó que la sentencia no obliga a los operadores a dejar de ofrecer planes con beneficios adicionales, pero sí exige que sean los usuarios quienes elijan libremente: “Lo más importante es que el usuario tenga la posibilidad de escoger tranquilamente y pueda a su turno, disponer de todos los mecanismos en igualdad de condiciones para acceder a un servicio que es esencial hoy en día”.

Por su parte, el exsecretario general de la Presidencia Víctor Muñoz ofreció una explicación sencilla a través de su cuenta en X:

“Vamos a explicar lo que hizo Ana Bejarano con su demanda ante la corte con las app zero rating (como WhatsApp e Instagram) y las telcos. Imagina que Frisby hace un acuerdo con Colombiana para ofrecer una gaseosa gratis con cada combo de pollo que compres. Cada vez que pides tu comida, te dan una Colombiana sin costo adicional. Pero a Ana Bejarano, una defensora de los derechos digitales, esto no le parece justo. Según ella, las personas deberían tener la libertad de elegir qué gaseosa quieren gratis, ya sea Colombiana, Pepsi, Coca-Cola o cualquier otra marca, sin que una sola empresa tenga ventaja”.

Muñoz explicó que la Corte Constitucional falló en esa línea: si una empresa quiere ofrecer un beneficio gratuito, debe hacerlo sin favoritismos. En términos de telecomunicaciones, esto significa que las operadoras no pueden brindar acceso gratuito solo a una o unas pocas aplicaciones (como WhatsApp) y no a otras.

La sentencia está alineada con
La sentencia está alineada con recomendaciones internacionales que consideran el acceso a internet un derecho fundamental vinculado a la libertad de expresión y el derecho a la información - crédito Imagen ilustrativa Infobae

“El problema es que Colombiana ya no podría pagar a Frisby para que su gaseosa sea la única gratis, y Frisby no está dispuesto a cubrir el costo de regalar gaseosas de todas las marcas a todos sus clientes. Como resultado, Frisby decide que, de ahora en adelante, si quieres una gaseosa, tendrás que pagarla de tu propio bolsillo”, añadió.

Aplicando esta analogía al ámbito digital, el exfuncionario señaló que, aunque la demanda de Ana Bejarano buscaba proteger la igualdad y la libertad de elección, en la práctica, esta decisión podría implicar que millones de usuarios enfrenten mayores costos para continuar usando aplicaciones esenciales en su vida cotidiana.

Ante este panorama, lanzó una pulla contra los demandantes asegurando que: “Cuando uno está desconectado de la realidad nacional y su odio a las grandes telcos y tecnológicas, terminan llevando a afectar a los más vulnerables”.

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