
Para verificar antecedentes, procesos legales o requerimientos pendientes, es usual que en sus labores de control y prevención en calle, agentes de la Policía soliciten documentos a los transeúntes.
De ahí que negarse acarree consecuencias, como la imposición de una multa, de acuerdo con lo establecido en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
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Ahora bien, según dijo un vocero de la Policía en entrevista con Noticias Caracol, los uniformados no pueden aplicar el comparendo si el ciudadano se muestra dispuesto a identificarse.
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Es válido enseñar la cédula en físico, pero también una fotografía o la versión digital, que se encuentra en la aplicación móvil de la Registraduría.

En caso de no presentar ninguna o negarse al procedimiento, el uniformado podrá aplicar una multa de tipo 4, por 32 salarios mínimos diarios legales vigentes que, en el 2025, equivalen a $1.361.408 COP.
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Otras faltas que podrían generar sanciones económicas a los ciudadanos, durante sus interacciones con la Policía, de acuerdo con el artículo 35, de la Ley 1801 del 2016 son:
- Irrespetar a las autoridades de Policía.
- Incumplir, desacatar, desconocer o impedir la función o la orden de Policía.
- Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a un procedimiento de identificación o individualización.
- Negarse a entregar información veraz sobre lugar de residencia, domicilio o actividad cuando sea requerida.
- Ofrecer resistencia a la aplicación de una medida o a la utilización de un medio de Policía.
- Agredir o lanzar objetos o sustancias que representen peligro a las autoridades.
- Utilizar de forma inadecuada el sistema de número único de seguridad y emergencia.
¿Cuáles son las multas que más se imponen en por faltas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia?
Las multas más frecuentes por faltas al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en Colombia corresponden a infracciones relacionadas con el orden público, la tranquilidad y la convivencia social. Según datos oficiales de la Policía Nacional y el Ministerio del Interior, actualizados en el 2024, estas sanciones se aplican principalmente por comportamientos que afectan la convivencia ciudadana en espacios públicos.
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Entre las infracciones más comunes, figuran el consumo de bebidas alcohólicas en lugares prohibidos, la alteración del orden público mediante ruido excesivo y la venta ambulante no autorizada. De acuerdo con el informe de la Policía Nacional sobre seguridad ciudadana 2023-2024, las multas por consumo de alcohol en espacios públicos representan cerca del 30 % de las sanciones aplicadas, lo que las convierte en la infracción más recurrente.

El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana establece que el consumo de alcohol en sitios no autorizados puede acarrear multas que oscilan entre 1 y 10 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), dependiendo de la gravedad y reincidencia.
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Otra infracción común corresponde a las multas por generación de ruidos molestos en horarios no permitidos. El Código regula los niveles de ruido para preservar el descanso y bienestar de los vecinos, y la Policía impone sanciones cuando se supera el límite establecido, especialmente en zonas residenciales. Este tipo de multas constituye cerca del 20 % del total, con montos que también varían entre 1 y 5 SMDLV, según el contexto y la reincidencia.

Las autoridades también reportan un alto número de sanciones por venta ambulante ilegal, que afectan la movilidad y el orden en espacios públicos. Estas multas se ubican en torno al 15 % de las infracciones y pueden alcanzar hasta 10 SMDLV. La Alcaldía de Bogotá ha reforzado los controles para disminuir esta práctica, que suele ir acompañada de otros problemas de convivencia.
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Finalmente, las multas por infringir normas sobre el uso de espacios públicos, como estacionar en sitios no autorizados o no recoger excremento de mascotas, entraron tambipen en el listado. Según el Ministerio del Interior, estas infracciones suman cerca del 10 % de las multas totales, con montos que varían según la autoridad territorial.
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