
El debate sobre la transmisión en vivo de los consejos de ministros del presidente Gustavo Petro llegó al Consejo de Estado, que deberá determinar si estas emisiones vulneran derechos fundamentales como la libertad de información y la posibilidad de elegir libremente los contenidos televisivos. La Sección Tercera de esta alta corte admitió una acción de tutela presentada por una abogada que, por razones de privacidad, decidió mantener su identidad en reserva. La demanda busca frenar la emisión de estos eventos en horario estelar a través de los canales públicos y privados del país.
De acuerdo con la acción judicial, las transmisiones, que han sido ordenadas por la Casa de Nariño, afectan el derecho de los ciudadanos a seleccionar los contenidos que desean consumir y podrían estar excediendo los límites establecidos para el uso de los medios de comunicación por parte del Gobierno. En este contexto, el Consejo de Estado vinculó al proceso a los principales canales de televisión del país, entre ellos Caracol Televisión, Canal RCN y Canal Uno, este último operado por particulares, aunque de propiedad estatal.
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El caso, que está siendo tramitado en el despacho del vicepresidente del Consejo de Estado, Alberto Montaña Plata, también pone en el centro de la discusión el impacto que estas transmisiones tienen en los canales privados. Estas cadenas tendrán la oportunidad de expresar su posición respecto a los cambios en sus parrillas de programación y los compromisos publicitarios que se ven afectados por la emisión de los consejos de ministros.
Aunque los canales privados solo han transmitido uno de estos eventos, el primero realizado el 4 de febrero, el debate jurídico se centra en si el uso del espectro electromagnético para estas emisiones constituye una extralimitación por parte del presidente. En esa ocasión, el Consejo de Ministros se extendió por más de seis horas, de las cuales al menos dos fueron transmitidas en directo por Caracol Televisión y Canal RCN. Este evento generó críticas y aplausos en igual medida: mientras algunos lo calificaron como un abuso de los medios de comunicación, otros lo consideraron una estrategia innovadora de comunicación política.
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El marco legal y las restricciones al uso de la televisión por parte del Gobierno
La controversia también reavivó el debate sobre los límites legales del uso de los medios de comunicación por parte del Ejecutivo. La Ley 182 de 1995, que regula el servicio de televisión en Colombia, permite al Gobierno nacional acceder a los canales de televisión para dirigirse al país “en cualquier momento”. Sin embargo, esta disposición fue modificada por la Corte Constitucional en 2001, cuando eliminó la frase “sin ninguna limitación” de la normativa, argumentando que el uso ilimitado de la televisión por parte del presidente podría quebrantar el orden constitucional.
Además, la Ley 63 de 1923 establece que las sesiones del Consejo de Ministros deben ser absolutamente reservadas, prohibiendo la divulgación de los temas tratados y los nombres de los ministros involucrados en cada asunto. Esta normativa fue citada por juristas que consideran que la transmisión pública de estas reuniones podría estar vulnerando la ley.
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Hasta la fecha, se han transmitido cuatro consejos de ministros bajo el mandato de Gustavo Petro. El primero, realizado el 4 de febrero, marcó un precedente al ser emitido en horario estelar y por canales privados. Durante este evento, que se extendió por más de seis horas, se evidenció una crisis interna en el gabinete, relacionada con la llegada de Armando Benedetti como jefe de despacho presidencial, que posteriormente asumió el cargo de ministro del Interior.

El segundo Consejo de Ministros televisado tuvo lugar el 3 de marzo y fue transmitido únicamente por medios públicos, sin la participación de los canales privados. Este evento comenzó después de las 7:00 p. m., evitando así el horario de mayor audiencia en las cadenas privadas. El tercero, que se realizó el 10 de marzo, cuando Petro condecoró con la Medalla al Valor a 29 integrantes de la fuerza pública que participaron en la operación Perseo, en el cañón del Micay, comenzó a las 9:15 p. m. y terminó en horas de la madrugada del día siguiente.
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Finalmente, el cuarto Consejo de Ministros, celebrado el 25 de marzo, coincidió con un partido de fútbol entre Colombia y Paraguay, lo que también limitó su difusión a los medios públicos.
El Consejo de Estado deberá ahora decidir si las transmisiones de los consejos de ministros constituyen una vulneración de los derechos ciudadanos o si se enmarcan dentro de las facultades legales del presidente para dirigirse al país a través de los medios de comunicación.
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