
En la tarde del jueves 6 de febrero de 2025, se conoció que la Corte Constitucional anuló una disposición clave de la Ley 2272 de 2022, con la que eliminó la posibilidad de que el Acuerdo de Paz, incluso los parciales, ingresen automáticamente al bloque de constitucionalidad.
La decisión del alto tribunal impide que los pactos alcanzados entre el Ejecutivo y los grupos armados adquieran un estatus vinculante sin la aprobación del Congreso, fortaleciendo el control democrático sobre las negociaciones de paz.
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La determinación de la Corte ha generado diversas reacciones, especialmente entre los sectores de oposición.
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Una de las voces más críticas ha sido la de la senadora del partido Centro Democrático María Fernanda Cabal, que aseguró que la anulación de la norma no constituye un revés para el Gobierno, sino que revela la finalidad de la política: un “pacto criminal” para favorecer el narcotráfico y el terrorismo en el país.
“Un pacto criminal”
A través de su cuenta en la red social X, la senadora María Fernanda Cabal reaccionó enérgicamente al fallo de la Corte Constitucional al asegurar que la Paz Total no es más que una estrategia del Gobierno para ceder el territorio nacional a grupos armados ilegales bajo la figura de ceses bilaterales.
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“No es un golpe a la Paz Total porque eso no existe. Aquí lo único que hubo fue un pacto criminal para decretar despejes de enormes porciones del territorio con los llamados ceses bilaterales que permitieron que se llenara de narcotráfico y terrorismo el país”.
La congresista también advirtió que el presidente Petro y su equipo de negociadores no pueden pasar por alto la Constitución y la ley, y reiteró su expectativa de que la justicia declare la nulidad de las mesas de negociación, argumentando que estas carecen de sustento jurídico.
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“Petro y sus activistas no pueden violar la Constitución y la Ley que juraron respetar. Espero que pronto se declare la nulidad de las mesas de negociación que carecen de sustento jurídico, como lo afirmé en proceso ante el Consejo de Estado”, concluyó Cabal.

El fallo de la Corte Constitucional y sus implicaciones
La Corte Constitucional, en una decisión con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, declaró inconstitucional la disposición que otorgaba un estatus automático de norma jurídica a los acuerdos de paz alcanzados con los grupos armados.
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La norma, contenida en el artículo 8 de la Ley de Paz Total, estipulaba que “las disposiciones de carácter humanitario contenidas en los acuerdos de paz, incluidos los parciales, hacen parte del Derecho Internacional Humanitario (DIH)”.
Para la Corte, este precepto concedía facultades excesivas a los negociadores de paz del Gobierno, permitiéndoles establecer reglas con efectos jurídicos sin la supervisión del Congreso.
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Según el alto tribunal, esto vulneraba los principios de supremacía constitucional y separación de poderes, ya que los acuerdos no pueden ser reconocidos automáticamente como normas de DIH sin el trámite legislativo correspondiente.

“La Corte enfatizó en la naturaleza política de los acuerdos de paz y subrayó que su implementación normativa se debe realizar a través de los procedimientos dispuestos para tal fin, lo que incluye la intervención del Congreso de la República. La norma demandada otorgaba poderes excesivos a los negociadores, pues las disposiciones que allí se acuerden entran directamente al ordenamiento jurídico, lo cual supone eludir el control democrático y legislativo”, indicó la Corte en su comunicado.
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La decisión de la Corte Constitucional representa un obstáculo para la estrategia de paz del Gobierno Petro, que busca establecer acuerdos con diversos grupos armados bajo el marco de la Paz Total.
Ahora, cualquier pacto alcanzado en las mesas de negociación deberá seguir los procedimientos constitucionales y pasar por el Congreso antes de adquirir rango legal.
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