
El debate sobre la denominada expropiación administrativa, incluida en el Decreto 108 de conmoción interior, ha reavivado tensiones en Colombia.
Este mecanismo, que según el Gobierno busca atender emergencias sociales como el retorno de desplazados y la estabilización territorial, enfrenta críticas por su posible impacto en los derechos de propietarios.
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Como destaca Caracol Radio, “la figura vuelve al debate público por habilitar la expropiación administrativa bajo criterios establecidos en la Ley 1523″.
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Ahora, bajo el liderazgo de la nueva ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, las explicaciones se centran en los objetivos de utilidad pública en el contexto de la conmoción interior en el Catatumbo.
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Según expresó Carvajalino en entrevista con Caracol Radio, “la expropiación no es una confiscación; es una enajenación forzosa en la que se indemniza al propietario a valor comercial y se pone el terreno al servicio de objetivos de emergencia”. Destacó además que este mecanismo se contempla desde hace décadas en la ley colombiana.
El principal cuestionamiento radica en el momento en el que interviene la justicia. Algunos representantes del Congreso, como Katherine Miranda, han señalado el riesgo de que el control judicial ocurra únicamente posterior a la expropiación, lo que podría implicar una demora en resarcir daños a los propietarios afectados.
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En un contexto marcado por la crisis en el Catatumbo, que afecta actualmente a más de 52.000 desplazados, la ministra Carvajalino justificó la activación de este decreto. Argumentó que la medida busca hacer expedita la adquisición de tierras necesarias para estabilizar estas comunidades afectadas. “Lo que necesitamos es que los procesos de adquisición de tierras en curso se agilicen para garantizar un retorno seguro y la estabilización de los reincorporados y poblaciones desplazadas”, explicó la ministra en diálogos con el medio mencionado.
Uno de los puntos delicados de este debate es el impacto que la expropiación podría tener en pequeños campesinos.

“Nosotros hemos sacado tres decretos con medidas distintas: el Decreto 106, que habla sobre las normas en el marco del financiamiento; el Decreto 107, que protege la producción agropecuaria, en particular las cadenas productivas agroalimentarias; y el Decreto 108, que está generando la polémica”, explicó la ministra en conversaciones con La Fm.
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Además de la explicación de esos decretos, los programas del gobierno están orientados principalmente a adquirir grandes predios ineficientemente explotados. Sin embargo, Carvajalino defendió que los procesos actuales no afectarán a pequeños propietarios.
En su intervención, aclaró: “No se trata de buscar tierras nuevas ni de arrebatar lotes a campesinos pequeños, sino de finalizar procesos pendientes que beneficien a víctimas del conflicto y reincorporados”, explicó en Caracol Radio.
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Además de la cuestión agraria, el decreto también introduce una controvertida facultad para la Agencia de Desarrollo Rural (ADR): esta entidad podrá realizar contrataciones directas con organizaciones sociales para garantizar la seguridad alimentaria.

Según explicó Carvajalino a Caracol Radio, estas medidas buscan evitar un desabastecimiento alimentario en la región. “Las contrataciones directas están previstas en la Ley 80 durante emergencias y aquí su propósito es asegurar el funcionamiento de los ciclos agroalimentarios en tiempos de cosecha y siembra”, afirmó.
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Pese a estas aclaraciones, persisten dudas en el ámbito político. Representantes de la región del Catatumbo han cuestionado la viabilidad de la medida, alegando que no existen grandes extensiones de tierra en la zona para implementar una redistribución significativa.
El Gobierno, no obstante, sostiene que su objetivo en este territorio no abarca la reforma agraria tradicional, sino la estabilización de las comunidades afectadas. En este sentido, Carvajalino explicó que muchas de las adquisiciones previstas en el Catatumbo ya se encontraban en trámite bajo programas destinados a víctimas del desplazamiento y reincorporados. Esto, según la ministra, “reduce los riesgos de afectaciones inesperadas a campesinos locales”.
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La conversación sobre este decreto llega en un contexto electoral que suscitó advertencias sobre posibles riesgos de corrupción en la ejecución de medidas en emergencia. La ministra defendió la transparencia del proceso, recordando que la contratación directa está delimitada por leyes vigentes que buscan garantizar los sistemas agroalimentarios en crisis. Señaló que, aunque la medida es temporal, será fundamental para mitigar el impacto humanitario y evitar crisis alimentarias mayores.
Esto es la expropiación administrativa
La expropiación administrativa es un mecanismo por el cual el Estado puede privar a una persona de la propiedad de un bien sin necesidad de un proceso judicial, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como la indemnización y la destinación del predio a fines de interés público.
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En el contexto de los decretos emitidos bajo el estado de conmoción interior declarado por el presidente Gustavo Petro, la expropiación administrativa se justifica como una medida para acelerar la adquisición de tierras con el objetivo de garantizar el retorno y la estabilización de las víctimas del desplazamiento forzado, así como la reincorporación de excombatientes en el Catatumbo.
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