
La Corte Constitucional declaró el incumplimiento general frente al componente de suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) fijada por el Gobierno nacional para el 2025, que fue del 5,36%, según lo explicó el Ministerio de Salud en diciembre de 2024.
Según el fallo emitido por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 del alto tribunal, la cual protege el derecho a la salud en el país, la cartera tendrá que crear un mecanismo de reajuste que deberá aplicar a la UPC de 2024 y 2025, así como a las vigencias futuras.
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“El Ministerio de Salud no ha avanzado en la superación de las fallas identificadas en el sistema de información al interior del sistema de salud detectadas desde el Auto 411 de 2016, las cuales impiden calcular una UPC suficiente”, se lee en el fallo.
También, la Corte indicó que el fallo cobija al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que garantice los recursos necesarios, “para que el Ministerio de Salud cumpla con los mandatos vigésimo primero y vigésimo segundo de la Sentencia T-760 de 2008″, el cual se contemplaría una suma aproximada de 20 billones de pesos.

La UPC es el valor anual que se reconoce por cada uno de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud (Sgsss) para cubrir las prestaciones del Plan Obligatorio de Salud (POS), en los regímenes contributivo y subsidiado. Es decir, la Corte estableció que el dinero enviado del Gobierno para la salud de los colombianos está siendo insuficiente para cubrir la prestación del servicio.
“Declarar el incumplimiento general en relación con el componente de suficiencia de la UPC en ambos regímenes, contenido en las órdenes vigésima primera y vigésima segunda impartidas en la Sentencia T-760 de 2008 [y] Declarar la insuficiencia de la UPC de 2024”, señaló la Corte Constitucional.
Entre la justificación dada por el alto tribunal, se menciona que las frecuencias de uso de los servicios en salud registradas no son confiables, y que la información empleada para efectuar el cálculo en ambos regímenes no es suficiente ni de calidad.

“Valoradas las pruebas recibidas y lo expuesto en la sesión técnica de 5 de abril de 2024, la Corte concluyó que el Ministerio no ha demostrado la suficiencia de la UPC (...) reajustar la metodología de cálculo de la UPC de las próximas vigencias, incluida la de 2025.”, aseguró el alto tribunal.
A su vez, la Corte instó al Gobierno para que actualice el mecanismo para fijar la UPC, al mencionar que debe tener en cuenta varios factores como la siniestralidad, la inflación, las destinaciones específicas y las inclusiones y el rezago existente en su valor.
“Se mantiene el retroceso en la orden de equiparar el valor de la UPC del régimen subsidiado en un 95 % al valor de la UPC del régimen contributivo, pues desde 2022 las primas para ambos regímenes cuentan con una diferencia de 13,02 %. Con ello se incumple lo ordenado en el Auto 411 de 2016, en razón a que el Ministerio debía realizar dicha equiparación, hasta que no demostrara la suficiencia de la UPC”, dijo la Corte en el fallo.
Finalmente, la Corte resaltó que en la mesa de trabajo creada desde el ministerio de Salud, “se deberá analizar el rezago existente en el valor de la UPC a partir del 2021 para efectuar el reajuste de la prima por cada vigencia desde ese periodo, a saber, 2021, 2022 y 2023. Además, se deberá establecer la forma cómo se reconocerá a las EPS el reajuste de la UPC de 2024, e indicar los porcentajes y fechas máximas de pago”.
La Corte Constitucional aclaró que esta decisión tuvo un salvamento de voto, que fue del magistrado Vladímir Fernández Andrade.
El llamado de atención de la Corte Constitucional pone de manifiesto la necesidad de realizar cambios estructurales en el sistema de salud colombiano, con el objetivo de garantizar su sostenibilidad y de ofrecer servicios de calidad a la población.
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