Si los motociclistas no cumplen con esta nueva condición no podrán circular por Colombia en el 2025

Los fabricantes e importadores tendrán un plazo de 36 meses para adaptar sus modelos a las nuevas normativas. Aquellos que no cumplan con los requisitos establecidos enfrentan sanciones, lo que podría afectar tanto la comercialización de las motocicletas como la seguridad vial en el país

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Desde el 2023, los fabricantes
Desde el 2023, los fabricantes e importadores tuvieron 36 meses para adaptar sus motocicletas a los nuevos estándares de seguridad, bajo riesgo de sanciones si no cumplen con los requisitos - crédito Colprensa

A partir de 2025, las motocicletas nuevas que se comercialicen en Colombia deberán cumplir con estrictos estándares de seguridad vehicular establecidos por el Ministerio de Transporte, a través de la resolución 20223040062115, emitida en 2022.

Esta normativa, que otorga un plazo de 36 meses para que fabricantes e importadores adapten sus modelos a los nuevos requisitos técnicos, tiene como objetivo mejorar la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito en el país.

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Según lo dispuesto en la resolución, las motocicletas con cilindraje mayor a 50 centímetros cúbicos (cc) y menor a 150 cc, o con una potencia nominal superior a 4 kilovatios (kW) y hasta 11 kW, deberán incorporar sistemas de frenado CBS (Combined Braking System) o ABS (Anti-lock Braking System).

Estos sistemas son fundamentales para evitar el bloqueo de las ruedas durante el frenado, lo que ayuda a mantener el control de la motocicleta en situaciones de emergencia.

En el caso de las motocicletas con cilindraje igual o superior a 150 cc, o con una potencia nominal mayor a 11 kW, la normativa establece que deberán contar exclusivamente con sistemas de frenado ABS.

Las motocicletas de 150 cc
Las motocicletas de 150 cc o más deberán contar exclusivamente con sistemas de frenado ABS para mejorar la seguridad en las vías colombianas - crédito Shutterstock

El Ministerio de Transporte ha fijado un cronograma claro para la implementación de estas medidas. A partir de los 36 meses desde la publicación de la resolución (en el 2022), todas las motocicletas que cumplan con las especificaciones técnicas deberán estar equipadas con los sistemas de frenado requeridos.

Además, se ha establecido que, transcurridos 54 meses desde la entrada en vigor de la normativa, todas las motocicletas con cilindraje superior a 125 cc deberán contar obligatoriamente con un sistema de frenado ABS.

Durante el primer año de vigencia de la resolución, se permitirá la comercialización de motocicletas nuevas que hayan sido fabricadas o importadas antes de la fecha de inicio del reglamento técnico.

No obstante, los fabricantes e importadores estarán obligados a conservar y presentar la documentación que acredite que estos vehículos fueron producidos o ingresados al país antes de la fecha límite establecida.

Las motocicletas con cilindraje mayor
Las motocicletas con cilindraje mayor a 50 cc y menor a 150 cc deberán incorporar sistemas de frenado CBS o ABS a partir de 2025, como parte de la nueva normativa de seguridad vial - crédito EFE

La adopción de estos sistemas de frenado busca no solo mejorar la seguridad de los conductores y pasajeros, sino también reducir la incidencia de accidentes de tránsito en el país.

Las motocicletas que no cuenten con los sistemas de frenado necesarios quedarán fuera del mercado a partir de las fechas estipuladas en la normativa.

Esto significa que ciertos modelos que no se ajusten a los nuevos estándares no podrán ser comercializados en Colombia. Además, los fabricantes o importadores que no se adapten a los nuevos requisitos podrían ser sancionados con multas y hasta la prohibición de vender productos que no cumplan con las disposiciones de la resolución.

El incumplimiento de la normativa afectaría directamente la disponibilidad de motocicletas en el mercado, lo que podría generar dificultades para los consumidores que deseen adquirir modelos que no hayan sido actualizados.

Por lo tanto, los fabricantes y comercializadores deberán adaptarse rápidamente para evitar estas sanciones y garantizar que sus productos cumplan con las normativas de seguridad vigentes.

Los precios del Soat para el 2025

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ha anunciado un ajuste en las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) para 2025, que afectará de manera especial a las motocicletas.

A pesar de la disminución en la siniestralidad general en el país, las motocicletas han registrado un aumento del 18,8% en su tasa de siniestralidad, lo que ha puesto en alerta a las autoridades.

Para las motocicletas y otros vehículos de dos o tres ruedas, como los motocarros, que se encuentran en las categorías de tarifas diferenciales, se mantendrá un descuento del 50% sobre el precio del Soat establecido en 2022.

Este beneficio afecta a motos de menos de 100 cc, motos de 100 cc hasta 200 cc, ciclomotores y otros vehículos con características específicas de capacidad, motor y uso.

El 94% de los vehículos en estas categorías se benefician de este subsidio, lo que significa que sus propietarios pagan un valor inferior al riesgo cubierto por el seguro.

Un simulador en línea permitirá
Un simulador en línea permitirá a los usuarios calcular el valor exacto de las nuevas tarifas del Soat - crédito Superintendencia Financiera de Colombia

Aunque este descuento representa un alivio para los motociclistas, el incremento tarifario general del 5,81% en las categorías de tarifas diferenciales podría afectar a los propietarios de estos vehículos.

Sin embargo, el ajuste busca equilibrar el sistema, ya que la SFC proyecta que el crecimiento del parque automotor asegurado, combinado con el aumento de los costos promedio por víctima, podría generar presiones sobre la sostenibilidad del Soat.

El aumento en la siniestralidad de las motocicletas y el costo por víctima, que ha subido de 2,8 millones de pesos en 2023 a 2,9 millones en 2024, plantea un desafío adicional.

Sin embargo, el ajuste tarifario para 2025, que también incluye una reducción del 8,68% para otras categorías no diferenciales, refleja los esfuerzos de la SFC para mantener la suficiencia de los recursos destinados a la atención de las víctimas de accidentes de tránsito.

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