
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el exalcalde de Roldanillo, Valle del Cauca, Jorge Mario Escarria Rodríguez, por presuntas irregularidades en la suscripción de un contrato durante la pandemia de covid-19.
La investigación está centrada en un acuerdo firmado en abril de 2020, por un valor cercano a los $57 millones, destinado a la compraventa de víveres para la atención de familias afectadas por las medidas de prevención del nuevo coronavirus.
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Según el organismo de control, Escarria Rodríguez expidió un decreto el 26 de marzo de 2020, con el que posteriormente justificó un acto administrativo del 23 de abril del mismo año. Dicho contrato fue suscrito para la distribución de canastas familiares en el municipio, pero al parecer no se definieron de manera clara las condiciones de entrega de los productos, lo que, según la Procuraduría, contraviene los principios fundamentales de planeación, economía y responsabilidad que deben regir la contratación pública.
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Uno de los aspectos más graves que señala el ente de control es que el exalcalde no especificó la población beneficiaria de los víveres, lo que podría haber generado la entrega inadecuada de estos recursos.
A pesar de que se mencionó un número de 1.144 familias beneficiarias, la Procuraduría asegura que este dato se estableció de forma improvisada, sin contar con estudios de focalización adecuados, lo que violaría el ordenamiento legal y los procedimientos para garantizar una distribución justa y eficiente de los recursos.
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La Procuraduría calificó provisionalmente esta posible falta como gravísima, señalando que Escarria Rodríguez podría haber incurrido en culpa gravísima por no haber tomado las medidas necesarias para garantizar la correcta ejecución del contrato y el cumplimiento de la normativa.
Como consecuencia de esta falta, el exalcalde podría enfrentar una sanción disciplinaria severa, que podría incluir la destitución de su cargo, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos por un tiempo determinado, de acuerdo con las disposiciones legales sobre contratación estatal y responsabilidad fiscal.
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La Procuraduría también advirtió que el exmandatario podría ser objeto de investigaciones adicionales si se establecen otras irregularidades en su gestión durante el periodo de emergencia sanitaria.

Procuraduría tomó más acciones contra los exalcaldes
El exalcalde de Soacha, Cundinamarca, Juan Carlos Saldarriaga, ha sido suspendido por seis meses por la Procuraduría General de la Nación, en relación con una presunta falta grave ocurrida en 2021, cuando estaba al frente del municipio. La sanción responde a su responsabilidad en el incumplimiento de las normas sanitarias durante el Festival del Sol y de la Luna, un evento masivo realizado en plena pandemia de Covid 19. Según el fallo, Saldarriaga habría expuesto a los asistentes al riesgo de contagio al no tomar las medidas necesarias para prevenir la propagación del virus.
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La Procuraduría ha argumentado que la actuación del exalcalde contravino el principio de moralidad, dado que su conducta puso en riesgo no solo la salud pública, sino también la confianza de los ciudadanos en la capacidad del gobierno local para gestionar una crisis sanitaria. Al ignorar las restricciones y medidas preventivas establecidas por las autoridades, Saldarriaga comprometió valores fundamentales como la ética, la honestidad y la buena fe, aspectos que deben regir la conducta de cualquier servidor público.
El fallo también precisa que la responsabilidad disciplinaria de Saldarriaga se encuentra relacionada directamente con su papel como alcalde durante 2021, cuando decidió no implementar las medidas de bioseguridad requeridas para garantizar la salud de los asistentes al evento, en clara violación de las directrices gubernamentales sobre el manejo de la pandemia.
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A pesar de esta suspensión, Saldarriaga tiene la opción de apelar la decisión ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Elección Popular en Bogotá. El exalcalde tiene un plazo de diez días, contados a partir de la notificación de la providencia, para presentar su recurso de apelación.
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