Estos son los pasos para resolver conflictos si su propiedad está siendo invadida o dañada

Impedir el ingreso o disfrute del bien, instalar servicios públicos de forma ilegal o dañar las propiedades, son algunas de las conductas que la ley considera perturbación de la posesión

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El embargo es una “medida cautelar que recae sobre los bienes de una persona (denominada deudor) que no ha cumplido con alguna obligación o que le adeuda algo a otra persona (denominada acreedor) - crédito Freepik
La ley colombiana protege el derecho de posesión de bienes inmuebles, permitiendo a los poseedores disfrutar y disponer de ellos sin necesidad de ser los titulares legales - crédito Freepik

La posesión de un bien inmueble en Colombia es un derecho protegido por la ley que otorga al poseedor la facultad de disfrutar, usar y disponer de un bien sin necesidad de ser el titular legal del mismo; sin embargo, esta posesión puede verse alterada o perturbada por terceros, lo que genera una serie de inquietudes legales para quienes se ven afectados.

Ante estos casos, el sistema judicial colombiano ofrece mecanismos claros para proteger la posesión y garantizar el acceso y disfrute de dichos bienes.

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¿Qué comportamientos constituyen perturbación de la posesión?

La ley colombiana establece una serie de comportamientos que pueden ser considerados como perturbación de la posesión, entre los que se incluyen:

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  • Impedir el ingreso o disfrute del bien por parte del titular de la posesión.
  • Omitir el cerramiento o el mantenimiento de propiedades y fachadas de edificaciones.
  • Instalar servicios públicos en inmuebles ocupados ilegalmente.
  • Alterar o interrumpir la posesión mediante ocupaciones ilegales.
  • Provocar daños materiales o no reparar los daños que afectan el inmueble, causando molestias a los vecinos.

Así se busca garantizar que quienes poseen un bien, ya sea de forma formal o informal, puedan ejercer su derecho sin ser perturbados por terceros.

Aunque la legislación vigente (artículo 594 del Código General del Proceso) establece que la vivienda, cuando es patrimonio familiar, es inembargable - crédito Freepik
Para resolver una perturbación de la posesión, el primer paso es presentar una solicitud por escrito ante la Inspección de Policía dentro de los cuatro meses siguientes al incidente - crédito Freepik

Si bien los procedimientos pueden ser complejos, la ley ofrece herramientas claras para la defensa de la posesión, protegiendo así los derechos de los ciudadanos frente a alteraciones ilegales de su propiedad.

¿Qué hacer si su posesión está siendo alterada?

La ley colombiana ofrece un procedimiento legal específico para resolver estos conflictos a través de una querella por perturbación de la posesión, un proceso que puede ser iniciado ante la Inspección de Policía correspondiente al lugar de los hechos. A continuación, se detallan los pasos a seguir:

  • Presentación de la solicitud ante la Inspección de Policía

El primer paso para resolver cualquier perturbación de la posesión es presentar una solicitud por escrito ante la Inspección de Policía dentro de los cuatro meses siguientes al hecho que ha generado la alteración.

En esta solicitud, se debe describir de manera clara y precisa lo sucedido, señalando las circunstancias y los detalles que respaldan la perturbación de la posesión, además, se debe incluir una petición formal para que el inspector de Policía ordene al infractor cesar las actividades que están afectando la posesión del solicitante.

A la solicitud, se deben adjuntar las pruebas pertinentes que respalden los hechos, tales como fotos, videos, testimonios o documentos que certifiquen la alteración; también se deben proporcionar los datos de contacto del solicitante y del infractor para facilitar la comunicación.

Las asambleas de copropietarios son convocadas por el administrador y se realizan por lo menos una vez al año - crédito Colprensa
Tras presentar la querella, el inspector de Policía convoca a una audiencia de conciliación con el objetivo de llegar a un acuerdo entre las partes involucradas - crédito Colprensa
  • Audiencia de conciliación

Una vez presentada la querella, el inspector de Policía debe convocar a ambas partes a una audiencia de conciliación en un plazo no mayor a cinco días.

El objetivo de esta audiencia es que las partes lleguen a un acuerdo que resuelva el conflicto sin necesidad de continuar con el proceso judicial, por lo que si se llega a un acuerdo, el asunto se considera resuelto.

Sin embargo, si la conciliación no tiene éxito, el inspector de Policía continuará con el procedimiento, inspeccionará el inmueble en disputa con el apoyo de un perito y analizará las pruebas presentadas por ambas partes y tomará una decisión basada en estos elementos y en las normativas legales correspondientes.

  • Medidas correctivas y sanciones

En caso de que el inspector de Policía determine que los derechos del solicitante han sido vulnerados, puede imponer una serie de medidas correctivas al infractor, como por ejemplo:

  • La restitución del bien inmueble al poseedor original.
  • La protección de la posesión, que puede incluir la construcción o el cerramiento de inmuebles.
  • La reparación o mantenimiento de los bienes que fueron alterados.
  • La imposición de una multa general de tipo 3, equivalente a 16 salarios mínimos legales vigentes.

Es menester acotar que que los costos asociados al proceso incluyen los honorarios de los peritos involucrados en la inspección y los de un abogado en caso de que se decida contratar uno para representar al solicitante.

Cuándo se puede terminar un contrato de arrendamiento - crédito Frank Saavedra
El proceso judicial incluye costos asociados a honorarios de peritos y abogados, los cuales pueden ser cobrados al infractor en caso de no cumplir con las medidas establecidas por el inspector - crédito Frank Saavedra
  • Efectos del incumplimiento y el derecho de acceso

Si la persona que está alterando la posesión no se presenta a la audiencia de conciliación o no cumple con la resolución del inspector, este procederá a resolver el caso a favor del solicitante, considerando como probados los hechos presentados.

En situaciones de incumplimiento por parte del infractor, la autoridad podrá llevar a cabo las medidas ordenadas directamente y luego cobrar los costos al infractor.

  • Plazo para presentar la querella

El solicitante tiene un plazo de hasta cuatro meses desde el momento en que se registraron los hechos de perturbación o alteración para presentar la querella ante la Inspección de Policía. Este plazo es crucial, ya que después de vencido este término, el solicitante pierde el derecho de acceder a este mecanismo legal.

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