
La decisión de la jueza 44 Penal con Función de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, que decretó como prueba técnica las interceptaciones telefónicas que ordenó la Corte Suprema de Justicia de las comunicaciones del expresidente Álvaro Uribe Vélez, y el abogado Diego Cadena, ocurridas durante 2018, no fue bien recibida por personas allegadas al ex jefe de Estado, en el proceso en su contra por soborno, fraude procesal y soborno en actuación penal.
“Se habilita a este estrado judicial para estudiar la admisibilidad de las escuchas de las líneas telefónicas de Diego Cadena Ramírez, Juan José Salazar, Fabián Rojas Puerta, Luz Marina Pineda Muñoz, mamá de Juan Guillermo Monsalve, y Álvaro Uribe Vélez”, precisó la togada, que también avaló como testigos a tres investigadores que se encargaron de adelantar las grabaciones de las conversaciones telefónicas, para conocer de las conductas del ex primer mandatario.
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Sobre el particular, una de las reacciones que causó mayor impacto fue la de la senadora y precandidata presidencial por el Centro Democrático María Fernanda Cabal, que a través de sus redes sociales no dudó en calificar esta determinación como una violación a los derechos del exmandatario. E invocó, en su defensa del político antioqueño de 72 años, un artículo de la Convención Americana de Derechos Humanos; la misma que en su momento ha mencionado Petro.
“Viola el art. 8vo de la Convención Americana de DDHH. Ni más ni menos que las garantías judiciales. Tanto garantismo para delincuentes y cero para el presidente Uribe”, expresó la congresista, que ha seguido de cerca el caso contra el que es considerado su mentor político y ha pedido, del mismo modo, garantías para que se adelante un juicio justo en contra del expresidente, que llevó las riendas del país entre 2002 y 2010 y que ha sido acusado de presuntos nexos con paramilitares.

Decisión clave en el caso contra Álvaro Uribe Vélez
En el juicio contra el expresidente, la jueza Heredia indicó que las evidencias que contienen estas grabaciones son, a su juicio, necesarias para avanzar en el proceso, para “establecer la ocurrencia o no de los hechos que están relacionados en el escrito de acusación”. Del mismo modo, para la jueza es claro que la “Fiscalía determinó con precisión la pertinencia e intervención de los investigadores”, por lo que ingresarán los registros de las grabaciones de las conversaciones de Uribe.
Es preciso decir que sobre este asunto, el expresidente ha expresado sus reparos, pues insiste en que estuvo interceptado de manera ilegal entre el 7 de marzo y el 9 de abril de 2018. “Solamente me desconectaron el 9 de abril. La orden ilegal la mantuvieron. Nada ha pasado contra los responsables. Sin embargo, tengo un proceso penal. Nunca pedí mentir ni callar”, escribió el expresidente en su cuenta de X el 26 de diciembre de 2023, cuando empezó a hacer énfasis en su inocencia.

Cabe destacar que, la jueza 44 también autorizó la participación en el juicio de varios testigos clave, como el ex jefe paramilitar Salvatore Mancuso; Juan Guillermo Monsalve, exintegrante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y que es considerado el testigo estrella en el caso; los ex paras Pablo Hernán Sierra y Juan Carlos Sierra, y el senador del Pacto Histórico, Iván Cepeda Castro, que en este expediente fue declarado como víctima del presunto accionar del expresidente.
Heredia también dio vía libre para tener en cuenta el testimonio de Carlos Fernando Vélez Mejía, hijo del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, pues en su declaración ante Corte Suprema, este sujeto dijo que ofreció dinero y asesoría jurídica para cambiar su declaración y favorecer a Uribe Vélez, con respecto a las versiones que hablaban de sus vínculos con estructuras paramilitares en Antioquia; en acusaciones que continúan haciéndose en contra del exmandatario.
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