
El miércoles 16 de octubre, en la Comisión Séptima del Senado, se desarrolló el debate de control político al superintendente Nacional de Salud, Luis Carlos Leal, en el que debía dar explicaciones sobre la circular 0011-5 de 2024 en relación con la atención a menores de edad trans.
El superintendente explicó que el polémico documento busca garantizar el derecho a la salud de las personas trans y no binarias, aclarando que la Superintendencia de Salud no es la entidad responsable de sancionar la mala praxis en el sector, sino que trabaja en pro de proteger los derechos de los usuarios.
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Asimismo, negó que gracias a dicha circular se emitan órdenes para la realización de intervenciones quirúrgicas de reasignación de género o esterilización en menores de edad. “La Superintendencia de Salud no está por encima de la Corte Constitucional, por lo que reconoce que hay 11 grupos focales definidos en distintas sentencias, incluyendo las infancias y adolescencias trans”, sostuvo el superintendente.
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El funcionario también se defendió citando la sentencia 760 de 2008, que protege a los pacientes frente a las negativas de las EPS para autorizar tratamientos. Asimismo, hizo referencia a la sentencia T918 de 2012, que obliga al Estado y al Ministerio de Salud a autorizar cirugías de reasignación de sexo, incluidas desde 2021 en el Plan de Beneficios en Salud (PBS).
En medio de dicho debate, la senadora del Pacto Histórico, Martha Peralta, intervino en defensa del superintendente, al asegurar que la población Lgbtiq+ ha sido víctima recurrente de la homofobia al “ponerlos como burla”, y destacó que algunos opositores “creen que porque el superintendente (Luis Carlos Leal) es de la población LGBTIQ+ quiere volvernos maricas al resto de los hijos y al resto de la población del país. No señores, se equivocan, eso no es así “, apuntó.
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Detalles de la polémica circular
La Superintendencia Nacional de Salud emitió la Circular Externa 2024150000000011-5 de 2024, firmada por el superintendente el 20 de septiembre de 2024, pero fechada del 29 de mayo de 2023, donde se establecieron directrices claras para garantizar que las personas trans recibieran atención médica adecuada, oportuna y libre de discriminación, eliminando así las barreras históricas que dificultaban su acceso a servicios de salud de calidad.
Uno de los elementos más destacados fue la participación activa de organizaciones sociales que representaban a la población trans en Colombia. Estas organizaciones aportaron recomendaciones clave que fueron incorporadas en la normativa final.
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La circular impartió trece instrucciones a las Entidades de Aseguramiento en Salud (EAS), con el fin de mejorar los tiempos de respuesta y eliminar trabas administrativas que habían dificultado el acceso a servicios esenciales como terapias hormonales, cirugías de afirmación de género y atención integral en salud mental. Además, asignó quince instrucciones específicas a las entidades territoriales en niveles departamental, distrital y municipal, centradas en la implementación de mecanismos de control y seguimiento sobre los servicios de salud ofrecidos a esta población.
Entre los actores que debían cumplir con estas directrices se incluyeron tanto instituciones públicas, privadas y mixtas de salud, como los gestores farmacéuticos, con el objetivo de aplicar un enfoque diferencial que reconociera las particularidades de las personas trans y brindara una atención más humanizada y cercana.
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Dicho documento generó especial molestia en algunos sectores, especialmente religiosos del país; incluso, el activista cristiano Jonathan Silva, denunció por prevaricato al superintendente al considerar que con la emisión de la circular se estaba extralimitándose en sus funciones.
“Lo hemos denunciado en la Fiscalía y hoy estaremos presentando una queja disciplinaria ante la Procuraduría para que lo investigue y lo sancione. Vamos a llegar hasta las últimas consecuencias (...) Cuando se meten con nuestros niños, no nos vamos a quedar callados”, dijo en su momento Silva.
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