
Sigue avanzando el calendario tributario y en cuanto a declaración de renta, ya se conocen las cédulas de las personas naturales en Colombia que deben presentarla.
De acuerdo con la legislación colombia, quienes no realicen su declaración en las fechas establecidas enfrentarán sanciones económicas, como estipula el artículo 639 del Estatuto Tributario. La multa mínima será de 10 Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale a $471.000, dado que el UVT para 2024 está fijado en $47.065.
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Además, la empresa Siigo, especializada en software contable, advierte que los contribuyentes que evadan su responsabilidad podrían enfrentar sanciones adicionales, como el 20% de sus ingresos o consignaciones bancarias de la última declaración presentada.
¿A qué ciudadanos, según su cédula, les corresponde del 26 al 22 de octubre de 2024?
El calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) establece que para el año en curso, las personas naturales deben declarar renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre. Este periodo aplica a quienes cumplan con ciertos criterios financieros, como tener un patrimonio bruto superior a $190.854.000 al 31 de diciembre de 2023, o ingresos brutos anuales que superen los $59.377.000.
Ahora, para los que deben declarar entre el 16 y el 22 de octubre, el calendario se organiza según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT). Así, el 16 de octubre corresponde a los NIT terminados en 87 y 88, el 17 de octubre a los terminados en 89 y 90, y así sucesivamente hasta el 22 de octubre, que incluye los NIT terminados en 95 y 96.
El incumplimiento de las fechas de declaración no solo conlleva multas, sino que también puede resultar en sanciones adicionales si la declaración se presenta fuera del plazo. En tal caso, la sanción es del 5% del impuesto a cargo, incrementándose con cada mes o fracción de mes de retraso.
Declaración de renta de Gustavo Bolívar genera polémica: recibe críticas por no entregarla
Gustavo Bolívar, director de Prosperidad Social en Colombia, presentó una tutela contra el magistrado Felipe Alirio Solarte Maya, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Esta acción legal fue realizada por un fallo que favoreció al concejal uribista de Bogotá, Daniel Briceño, quien exige que Bolívar haga pública su declaración de renta. Bolívar argumentó que esta decisión vulnera sus derechos al debido proceso.

El conflicto se centra en una propiedad en Miami, que Bolívar transfirió simbólicamente a su hijo, Santiago Bolívar, por un valor de 10 dólares. Este traspaso, realizado cuando Bolívar era senador, generó cuestionamientos sobre si el valor comercial de la propiedad, estimado en más de tres millones de dólares, debería haberse incluido en su declaración de renta.
La abogada Claudia Liliana Quijano, jefa de la Oficina Asesora Jurídica del DPS, presentó la tutela en nombre de Bolívar, alegando que la orden del magistrado Solarte Maya excede lo estipulado por la normativa que regula la publicación de declaraciones de renta, informó Infobae.
Quijano sostuvo que se deben garantizar los derechos de Bolívar al debido proceso, defensa y contradicción. La controversia comenzó cuando Briceño interpuso una tutela por la negativa inicial de Bolívar a entregar una copia de su declaración de renta.

Bolívar explicó que la transferencia de la casa, realizada mientras aún era senador, fue un movimiento estratégico para que su hijo pudiera gestionar una hipoteca y así enfrentar las deudas acumuladas durante su carrera política. Actualmente, la propiedad está registrada a nombre de una empresa de la cual Bolívar y su hijo son copropietarios, según detalló el funcionario.
El concejal Briceño había solicitado la declaración de renta de Bolívar, quien se negó a entregarla. Ante esta negativa, Briceño presentó una tutela que fue fallada a su favor por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, obligando a Bolívar a hacer pública su declaración. En respuesta, Bolívar interpuso una tutela contra el magistrado Felipe Alirio Solarte Maya, y argumentó que se había vulnerado su derecho al debido proceso.
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